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DEGIRO y el modelo 720: cuándo tienes que declararlo en España

Muchos inversores españoles empiezan a preocuparse por DEGIRO y el modelo 720 cuando su cartera empieza a crecer. Al principio todo parece sencillo: compras algunos ETFs, quizá alguna acción americana… hasta que alguien menciona Hacienda y la obligación de declarar bienes en el extranjero. Ahí aparece la duda real: ¿tener cuenta en DEGIRO significa que tienes que presentar el modelo 720?

La respuesta no es tan simple como “sí” o “no”, y aquí es donde muchos se confunden. No depende del broker en sí, sino de cuánto dinero tienes invertido fuera de España y cómo lo calcula Hacienda. Entender bien este punto es clave, porque hay inversores que presentan el modelo 720 sin necesidad… y otros que deberían hacerlo y ni siquiera lo saben. Aquí es donde conviene tener las reglas claras.

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DEGIRO y el modelo 720

Óscar López/Formiux.com

Tabla de contenidos

¿Tener una cuenta en DEGIRO obliga a presentar el modelo 720?

No. Abrir una cuenta en DEGIRO no significa que tengas que presentar el modelo 720 automáticamente. La obligación no depende del broker que utilices, sino de si tienes más de 50.000 € en bienes situados en el extranjero dentro de alguno de los bloques que controla Hacienda.

El modelo 720 se divide en tres categorías. Solo tienes que presentarlo si superas los 50.000 € en una de ellas:

  • Cuentas bancarias en el extranjero
  • Valores en el extranjero (acciones, ETFs, fondos, bonos, etc.)
  • Inmuebles fuera de España

En el caso de DEGIRO, lo habitual es que el dinero encaje en el bloque de valores en el extranjero, porque lo que tienes realmente son acciones o ETFs custodiados fuera de España.

Eso significa que:

  • Si tu cartera en DEGIRO no supera los 50.000 €, no tienes obligación de presentar el modelo 720.
  • Si supera ese importe, entonces sí nace la obligación de declararlo.

Aquí es donde muchos inversores se confunden. No se mira cuánto dinero has ingresado en el broker, ni cuánto has invertido durante el año. Lo que cuenta es el valor total de los activos en el extranjero cuando se supera ese umbral.

Por eso hay gente con cuenta en DEGIRO que nunca tiene que presentar el modelo 720… y otros que sí, simplemente porque su cartera ha crecido lo suficiente.

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Cómo saber si tu cuenta de DEGIRO supera el límite de 50.000 €

La forma correcta de comprobarlo es bastante simple: tienes que mirar cuánto valen tus activos en el extranjero a 31 de diciembre. Ese es el momento que usa Hacienda para determinar si superas el límite que activa el modelo 720.

En una cuenta de DEGIRO normalmente hay dos cosas que pueden contar:

  • Acciones o ETFs que tengas en cartera
  • Efectivo que tengas sin invertir en la cuenta

Ambos forman parte del patrimonio que tienes fuera de España, así que conviene revisarlo todo cuando hagas el cálculo.

Qué cuenta para el modelo 720Cómo se calcula
Acciones y ETFsValor de mercado a 31 de diciembre
Efectivo en la cuentaSaldo disponible a 31 de diciembre
Varios brokers extranjerosSe suman dentro del mismo bloque

Un detalle importante que muchos pasan por alto: no se calcula broker por broker.
Si tienes dinero invertido en varios brokers extranjeros, Hacienda mira el total conjunto dentro del mismo bloque.

Por ejemplo, podrías tener:

  • 35.000 € en DEGIRO
  • 20.000 € en otro broker extranjero

En ese caso sí superarías los 50.000 €, aunque ningún broker individualmente llegue a esa cifra.

La forma más práctica de comprobarlo es entrar en tu cuenta de DEGIRO a final de año y revisar el valor total de la cartera y el efectivo disponible. Con ese número ya puedes saber si te acercas al límite o si todavía estás lejos de tener que preocuparte por el modelo 720.

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Qué datos de DEGIRO necesitas para presentar el modelo 720

Cuando llega el momento de presentar el modelo 720, Hacienda no te pide movimientos ni operaciones. Lo que necesita es identificar la entidad extranjera y el valor de los activos que tienes allí.

La buena noticia es que DEGIRO facilita bastante esta parte, porque en su centro de ayuda publica un documento específico con los datos de la entidad que suelen necesitar los clientes españoles para rellenar el modelo 720.

En la práctica, los datos que tendrás que incluir son estos:

  • Entidad donde están depositados los valores (DEGIRO)
  • País donde está registrada la entidad
  • Dirección de la entidad
  • Fecha de apertura de la cuenta
  • Tipo de activo declarado (acciones, ETFs, etc.)
  • Valor de los activos a 31 de diciembre

Ese último punto es el realmente importante. Hacienda quiere saber cuánto valían tus acciones o ETFs al cierre del año, no cuánto pagaste por ellos ni cuánto dinero has transferido al broker.

Un detalle que conviene tener claro: DEGIRO no presenta el modelo 720 por ti. El broker solo facilita la información básica de la entidad y tus extractos de cuenta, pero la obligación de declararlo es siempre del inversor.

Por eso muchos inversores revisan estos datos antes de final de año. Si sabes exactamente qué información te va a pedir Hacienda, luego completar el modelo es mucho más sencillo y evitas errores típicos que aparecen cuando se intenta rellenar deprisa en el último momento.

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¿Hay que presentar el modelo 720 todos los años con DEGIRO?

No. El modelo 720 no se presenta todos los años automáticamente, aunque tengas cuenta en DEGIRO o en cualquier otro broker extranjero.

La obligación aparece la primera vez que superas los 50.000 € en uno de los bloques del modelo. Una vez lo has declarado, solo tendrás que volver a presentarlo si ocurre alguna de estas situaciones:

  • El valor total aumenta más de 20.000 € respecto a la última declaración presentada.
  • Dejas de tener esos bienes (por ejemplo, cierras la cuenta o vendes todo).
  • Cambian los datos declarados de forma relevante.

Si nada de eso ocurre, no tienes que repetir el modelo 720 cada año.

Por ejemplo, imagina este escenario:

  • Año 1 → tienes 55.000 € en acciones en DEGIRO → presentas modelo 720
  • Año 2 → tu cartera vale 62.000 € → no hay obligación de volver a presentarlo
  • Año 3 → la cartera sube a 78.000 € → ahora sí tendrías que presentarlo otra vez porque el aumento supera 20.000 €

Este es uno de los puntos que más se malinterpreta. Mucha gente piensa que, una vez presentado, hay que hacerlo todos los años, y no es así. Si el patrimonio declarado no cambia lo suficiente, no tienes que volver a informar a Hacienda.

Preguntas frecuentes

¿DEGIRO informa automáticamente a Hacienda para el modelo 720?

No. DEGIRO no presenta ni comunica el modelo 720 a Hacienda en tu nombre. Este modelo es una declaración informativa que el propio inversor residente en España tiene que presentar si supera los límites establecidos. El broker puede facilitar documentos y datos de la cuenta, pero la obligación de comprobar si superas los 50.000 € y presentar el modelo corresponde siempre al titular de la cuenta. En otras palabras: aunque utilices DEGIRO, Hacienda espera que seas tú quien revise si debe presentar el modelo 720 y lo declare correctamente.

¿Qué pasa si supero los 50.000 € en DEGIRO a mitad de año para el modelo 720?

Para el modelo 720 con DEGIRO no importa si superas los 50.000 € durante el año de forma puntual. Lo que determina la obligación es el valor de los activos en el extranjero a 31 de diciembre. Si en algún momento del año tu cartera pasó de 50.000 € pero al cierre del año está por debajo de ese límite, no nace la obligación de presentar el modelo 720. En cambio, si el 31 de diciembre tu cartera en DEGIRO sí supera ese umbral, entonces tendrás que declararlo aunque durante gran parte del año estuviera por debajo.

Si cierro mi cuenta de DEGIRO, ¿tengo que volver a presentar el modelo 720?

Puede que sí. Si en algún momento presentaste el modelo 720 por tu cuenta en DEGIRO y posteriormente vendes los activos o cierras la cuenta, Hacienda exige volver a presentar el modelo para informar de la cancelación o desaparición de esos bienes en el extranjero. Es una forma de comunicar que ya no posees esos valores fuera de España. Si nunca llegaste a superar los 50.000 € y por tanto nunca presentaste el modelo 720 por DEGIRO, entonces cerrar la cuenta no genera ninguna obligación adicional.

Este contenido ha sido elaborado por Alejandro Borja y revisado por Javier Borja para garantizar su exactitud.

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