Resumen rápido
- Comprar acciones o ETFs y mantenerlos no genera por sí solo una ganancia patrimonial en el IRPF.
- Si vendes, debes calcular y declarar la ganancia o pérdida que corresponda.
- Si recibes dividendos o determinados intereses, debes incluirlos en la declaración de la renta aunque procedan del extranjero.
- El modelo 720 es una obligación informativa diferente del IRPF y solo afecta cuando se cumplen sus requisitos y límites.
- El antiguo modelo D-6 está derogado; la información que todavía circula diciendo que todo inversor de DEGIRO debe presentarlo está desactualizada.
- El informe anual de DEGIRO es muy útil, pero conviene contrastarlo con tus operaciones y no limitarse a copiar cifras sin revisarlas.
¿Hacienda puede saber que tienes una cuenta en DEGIRO?
Sí, puede recibir información.
DEGIRO está sujeto al Common Reporting Standard o CRS, un sistema internacional de intercambio de información financiera. Según la propia plataforma, entre los datos comunicados pueden encontrarse la identidad y residencia fiscal del titular, saldos de cuentas a final de año, dividendos e intereses brutos y los importes brutos procedentes de ventas de activos.
Aquí hay un matiz importante: importe bruto vendido no significa ganancia obtenida. Si compras unas acciones por 5.000 € y posteriormente las vendes por 6.000 €, el dato bruto de la venta puede ser 6.000 €, pero eso no significa que hayas ganado 6.000 €.
La ganancia fiscal debe calcularse siguiendo las reglas del IRPF.
Por eso no conviene pensar que, si determinados datos no aparecen automáticamente como esperabas en el borrador de la renta, no tienes que declararlos. La responsabilidad de que la declaración sea correcta sigue siendo tuya.
Si además quieres revisar regulación, comisiones, ventajas y limitaciones de la plataforma antes de utilizarla, tenemos un análisis completo con nuestras opiniones de DEGIRO.
Qué tienes que declarar en la Renta si inviertes con DEGIRO
Lo importante no es cuánto dinero tienes depositado en el broker, sino qué operaciones y rendimientos has generado.
| Situación | ¿Qué debes revisar en el IRPF? | Idea clave |
|---|---|---|
| Compras acciones o ETFs y no vendes | En general, no hay ganancia patrimonial por la simple compra y tenencia | El modelo 720 puede ser una cuestión independiente |
| Vendes acciones con beneficio | Ganancia patrimonial | Se calcula comparando adquisición y transmisión |
| Vendes acciones con pérdida | Pérdida patrimonial | Puede compensarse conforme a las reglas fiscales, con limitaciones |
| Vendes ETFs | Ganancia o pérdida patrimonial | Los ETFs cotizados no disfrutan del régimen de traspasos fiscales de los fondos tradicionales en los mismos términos |
| Cobras dividendos | Rendimiento del capital mobiliario | Hay que revisar importe bruto y retenciones |
| Cobras intereses u otros rendimientos | Rendimiento correspondiente | Deben declararse aunque procedan del extranjero |
| Mantienes activos o cuentas en el extranjero | Puede afectar al modelo 720 | Es una obligación informativa distinta del IRPF |
Para acciones cotizadas, la Agencia Tributaria determina con carácter general la ganancia o pérdida por la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión.
Si quieres profundizar en esta parte, nuestra guía sobre fiscalidad de las acciones explica con más detalle cómo funciona la tributación de compraventas.
Cómo calcular las ganancias y pérdidas de DEGIRO
Uno de los errores más habituales es mirar únicamente cuánto ha subido o bajado la cartera durante el año.
Hacienda no grava la revalorización de una acción simplemente porque haya subido mientras la mantienes. En una inversión ordinaria en acciones, la ganancia o pérdida patrimonial aparece cuando se produce la transmisión.
Imagina este ejemplo hipotético:
Compras 10 acciones por 100 € cada una. Más adelante compras otras 10 acciones de la misma empresa por 120 €. Después vendes 10 acciones por 130 €.
No puedes elegir libremente las acciones de 120 € para reducir la ganancia. Para valores homogéneos se aplica el criterio FIFO: se consideran vendidas primero las acciones adquiridas primero. En este ejemplo simplificado, antes de otros ajustes fiscales o gastos computables, la ganancia sería:
10 × (130 € − 100 €) = 300 €
La Agencia Tributaria utiliza expresamente este criterio para identificar los títulos transmitidos cuando existen adquisiciones en fechas diferentes.
Ojo con vender con pérdidas y volver a comprar
Vender una posición en pérdidas y recomprarla inmediatamente no siempre permite aprovechar esa pérdida fiscal en ese mismo momento.
En determinados valores cotizados, si adquieres valores homogéneos dentro de los dos meses anteriores o posteriores a la venta con pérdidas, la integración de esa pérdida puede quedar diferida hasta que se transmitan los valores que permanecen en tu patrimonio.
Es un detalle especialmente importante para quien hace ajustes frecuentes de cartera o intenta realizar pérdidas a efectos fiscales antes del cierre del ejercicio.
Los ETFs tienen otra particularidad
No conviene tratar un ETF como si fuera un fondo de inversión tradicional.
El régimen que permite hacer determinados traspasos entre fondos sin tributar inmediatamente por la plusvalía no se aplica de la misma forma a los fondos cotizados o ETFs. Si vendes un ETF con ganancia para comprar otro, normalmente existe una transmisión que debe analizarse fiscalmente.
Cómo declarar los dividendos cobrados en DEGIRO
Los dividendos extranjeros son uno de los puntos donde más fácil es equivocarse.
Si eres residente fiscal en España, debes declarar aquí los dividendos obtenidos en el extranjero. Cuando el país de origen también ha aplicado una retención, puede entrar en juego la deducción por doble imposición internacional, respetando los límites previstos por la normativa y, cuando exista, por el convenio correspondiente. La propia Agencia Tributaria explica el tratamiento de los dividendos procedentes del extranjero.
La idea práctica es sencilla: no mires solamente el importe neto que ha llegado a tu cuenta. Debes poder identificar el dividendo bruto y las retenciones soportadas.
Por ejemplo, si una empresa extranjera distribuye el equivalente a 100 € brutos y en origen te retienen una parte, no deberías registrar sin más el dinero neto recibido como si ese fuera todo el rendimiento. Hay que tratar correctamente tanto el ingreso bruto como la retención extranjera.
En nuestra guía sobre dividendos en DEGIRO explicamos esta operativa con más detalle.
Y si inviertes en acciones estadounidenses, también merece la pena entender cómo funciona el W-8BEN en DEGIRO, porque puede influir en la retención aplicada en origen cuando se cumplen los requisitos correspondientes.
Modelo 720 y DEGIRO: cuándo tienes que prestarle atención
El modelo 720 genera bastante confusión porque suele mezclarse con la declaración de la renta, pero son obligaciones diferentes.
El IRPF sirve para declarar rentas, ganancias y pérdidas. El modelo 720 es una declaración informativa sobre determinados bienes y derechos situados en el extranjero y se articula en tres grandes bloques de información.
Para un inversor con DEGIRO suelen ser especialmente relevantes dos posibles bloques:
Cuentas financieras en el extranjero. Si la cuenta de efectivo asociada a tu operativa tiene la consideración de cuenta situada en el extranjero, hay que analizarla junto con las demás cuentas extranjeras que puedas tener.
Valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero. Aquí pueden entrar determinados valores de tu cartera cuando se cumplan los requisitos del modelo.
La cifra que debes tener presente para una primera declaración es 50.000 € por cada bloque de información, no 50.000 € por broker, acción o cuenta individual. Para las cuentas, la Agencia Tributaria analiza tanto el saldo a 31 de diciembre como el saldo medio del último trimestre.
Esto cambia mucho el resultado.
Ejemplo hipotético: imagina que tienes 42.000 € en valores sujetos a información a través de DEGIRO y otros 15.000 € en valores del mismo bloque depositados en otro intermediario extranjero. Mirar solo DEGIRO te llevaría a pensar que estás por debajo de 50.000 €, pero el conjunto ascendería a 57.000 €. Tendrías que revisar si nace la obligación de presentar el modelo.
Lo mismo ocurre con las cuentas: no debes estudiar cada plataforma extranjera de forma aislada si pertenecen al mismo bloque.
Además, después de haber presentado el modelo 720 una primera vez, no significa que necesariamente tengas que volver a presentarlo todos los años. Entre los supuestos que pueden obligar a volver a informar está que el valor conjunto correspondiente se incremente en más de 20.000 € respecto al que motivó la última declaración, además de determinadas transmisiones, cancelaciones o cambios de situación.
Puedes consultar directamente la información oficial del modelo 720 de la Agencia Tributaria y nuestra guía específica sobre DEGIRO y el modelo 720.
Consejo práctico: no decidas si tienes que presentar el 720 mirando únicamente el valor total que aparece en la pantalla principal de DEGIRO. Separa efectivo y valores, identifica qué otros activos extranjeros tienes y aplica las reglas de valoración correspondientes a cada bloque.
¿Tienes que presentar el modelo D-6 por usar DEGIRO?
No por el mero hecho de tener una cartera normal de acciones o ETFs en DEGIRO.
El antiguo modelo D-6 para inversiones españolas en valores negociables en el exterior está derogado. El régimen vigente utiliza otros modelos para determinados supuestos de inversión exterior directa, con condiciones mucho más específicas.
Esto importa porque todavía pueden encontrarse guías antiguas que indican que cualquier inversor español con valores depositados en el extranjero debe presentar el D-6.
Para un pequeño inversor que simplemente compra acciones o ETFs cotizados con DEGIRO, esa recomendación ya no es correcta.
Si posees participaciones relevantes en sociedades extranjeras o realizas operaciones que puedan considerarse inversión directa, el análisis es distinto y merece asesoramiento específico.
Qué documentos debes descargar de DEGIRO
No esperes al último día de la renta para reconstruir doce meses de operaciones.
DEGIRO permite descargar el estado de cuenta, el listado de transacciones, una valoración histórica de la cartera, el informe anual y documentación relacionada con la cuenta de efectivo. La plataforma indica además que el informe anual puede utilizarse como apoyo para preparar las declaraciones fiscales. Puedes consultar los informes fiscales disponibles en DEGIRO.
Nuestra recomendación es conservar, como mínimo, información suficiente para reconstruir compras, ventas, dividendos, retenciones, movimientos de efectivo y posiciones.
El informe anual es un punto de partida muy útil, pero no convierte automáticamente sus cifras en una declaración correcta. Por ejemplo, tus circunstancias fiscales pueden exigir aplicar FIFO, revisar operaciones realizadas en otros intermediarios o analizar pérdidas que hayan quedado sometidas a la regla de recompra.
Errores frecuentes al declarar DEGIRO a Hacienda
El error más peligroso es asumir que un broker extranjero funciona fiscalmente igual que uno que te ofrece toda la información preparada exactamente para la declaración española.
Otro fallo habitual es declarar únicamente el dinero que has retirado de DEGIRO. Retirar dinero no es lo que determina por sí solo la tributación. Puedes haber vendido con beneficio y mantener el efectivo dentro del broker, o haber cobrado dividendos sin retirar un euro.
También conviene evitar estas confusiones: considerar como beneficio todo el importe bruto de una venta comunicado mediante CRS; declarar solo el dividendo neto ignorando la retención extranjera; calcular el modelo 720 por plataforma en vez de por bloque; pensar que cualquier pérdida bursátil puede compensarse inmediatamente aunque hayas recomprado valores homogéneos; o seguir presentando el antiguo modelo D-6 porque lo indique una guía desactualizada.
El mejor hábito fiscal con DEGIRO es llevar el control durante el año, no intentar reconstruirlo todo cuando toca presentar impuestos.
¿Recomendamos DEGIRO si inviertes desde España?
Sí, DEGIRO nos parece una opción recomendada para muchos inversores que quieren comprar acciones y ETFs y valoran el acceso a mercados internacionales, siempre que acepten que utilizar un intermediario extranjero puede exigir algo más de organización fiscal.
No lo elegiríamos únicamente porque sea barato o conocido. Antes conviene valorar productos, costes, regulación, operativa y cómo encaja la gestión fiscal con tu situación.
La fiscalidad, por tanto, no nos parece un motivo suficiente para descartar DEGIRO. Pero sí es un factor que debes conocer antes de abrir la cuenta: si llevas registros ordenados y entiendes qué debes declarar, la gestión es perfectamente abordable para un inversor particular con una operativa sencilla.
Si ese perfil encaja contigo, puedes abrir una cuenta en DEGIRO desde aquí y revisar sus condiciones antes de empezar a invertir. Recuerda que invertir implica riesgo de pérdida y que una buena plataforma no sustituye una estrategia coherente ni una correcta gestión fiscal.
Conclusión
DEGIRO y Hacienda no tienen por qué ser una combinación complicada. El problema aparece cuando se mezclan obligaciones diferentes o se presupone que, por tratarse de un broker extranjero, Hacienda no recibe información.
Quédate con tres ideas: las ventas con ganancias o pérdidas y los rendimientos como dividendos deben revisarse para el IRPF; el modelo 720 es una obligación informativa separada que depende de sus propios límites; y el antiguo D-6 ya no debe presentarse por una cartera ordinaria de acciones o ETFs.
Descarga y conserva los informes de DEGIRO, controla tus precios de compra y venta, revisa dividendos y retenciones y comprueba aparte si tienes bienes en el extranjero que puedan activar el modelo 720.
DEGIRO puede seguir teniendo sentido como broker para invertir desde España. La clave no es evitar una plataforma por miedo a Hacienda, sino entender tus obligaciones antes de invertir y mantener tus registros en orden desde el principio.







