🧾 5 claves para hacer bien la declaración de la renta con Futuros
- Tributan como ganancias o pérdidas patrimoniales, dentro de la base del ahorro.
- Debes incluirlos siempre, incluso si operas con brokers extranjeros o si no has retirado el dinero.
- Las pérdidas se pueden compensar con otras ganancias o guardar hasta 4 años.
- Tienes que declararlos en las casillas correctas del modelo 100, según el tipo de operación.
- La documentación es clave: conserva informes del broker, justificantes y convierte todo a euros correctamente.
🔥 ¡Nuevas ofertas exclusivas de junio 2025 para ganar dinero gratis!
Freedom24: ¡Aprovecha la bajada del depósito mínimo! Ahora solo necesitas 1.000 €, para conseguir una acción gratuita valorada en hasta 800 €.
👉 Haz clic aquí para conseguir tu acción gratis
eToro: ¡Te regalan 10 $ gratis solo por abrir y verificar tu cuenta!
👉 Accede a esta promoción exclusiva aquí
¿Los Futuros tributan en España?
Sí, los futuros financieros tributan en España y es obligatorio incluirlos en tu declaración de la renta si has obtenido beneficios… o incluso pérdidas. No importa si operas mucho o poco, ni si estás en pérdidas netas: si has tenido movimientos relevantes, Hacienda espera que los declares.
¿Qué tipo de renta generan los Futuros?
Los futuros se consideran instrumentos financieros derivados. Por tanto, las ganancias o pérdidas que generes con ellos tributan como ganancias o pérdidas patrimoniales. Esto los sitúa dentro de la base imponible del ahorro, no en la general.
Esto es muy importante porque:
- No se aplican los tipos progresivos del trabajo.
- Se usan los tramos específicos del ahorro (de los que hablaremos en otro punto).
¿Tengo que declararlos siempre?
Sí. Incluso si operas con un broker extranjero que no informa automáticamente a Hacienda, sigues teniendo la obligación de declarar esos resultados. Hacienda tiene herramientas para detectar operaciones no declaradas, especialmente si mueves cantidades elevadas o haces retiradas frecuentes.
Y ojo: no se necesita hacer retirada de dinero para que haya una obligación fiscal. Si cierras una operación con beneficio o pérdida, ya existe un hecho imponible.
¿Y si tengo pérdidas?
También hay que declararlas. De hecho, hacerlo puede ayudarte a compensar otros beneficios y pagar menos IRPF. Eso sí, hay reglas y plazos que hay que seguir para hacerlo correctamente (los veremos más adelante).
¿Cómo tributan los beneficios y pérdidas por Futuros?
Una vez que sabemos que los futuros hay que declararlos, el siguiente paso lógico es entender cómo se calcula lo que realmente debes pagar (o puedes deducir) en la renta. Aquí es donde entran en juego los tramos del IRPF aplicables y las reglas específicas de tributación para este tipo de productos.
Los beneficios: ¿cuánto se paga?
Las ganancias obtenidas al cerrar posiciones en futuros se suman a tu base del ahorro, junto con otros posibles beneficios como dividendos o ventas de acciones. Esto significa que se aplica una escala de tipos impositivos reducida, mucho más favorable que la del trabajo.
Los tramos actuales de tributación en 2025 para la base del ahorro son:
- Hasta 6.000 €: 19%
- De 6.000 € a 50.000 €: 21%
- De 50.000 € a 200.000 €: 23%
- De 200.000 € a 300.000 €: 27%
- Más de 300.000 €: 28%
Esto quiere decir que cuanto más ganes, más tributas, pero de forma progresiva, aplicándose cada tipo solo al tramo correspondiente.
Las pérdidas: ¿pueden compensarse?
Sí, y esto es clave para muchos inversores. Las pérdidas por operaciones con futuros pueden usarse para compensar otras ganancias patrimoniales. Por ejemplo, si has ganado 3.000 € en acciones pero perdido 1.000 € en futuros, tributarás solo por 2.000 € netos.
Además, si tus pérdidas superan tus ganancias del año, puedes guardar esas pérdidas para compensarlas en los siguientes 4 ejercicios fiscales. Pero hay que declararlas correctamente para no perder ese derecho.
Muy importante: fecha de imputación fiscal
Las operaciones con futuros tributan en el momento en que se cierra la posición, no cuando retiras el dinero. Por eso es fundamental llevar un registro exacto de cada operación cerrada, especialmente si usas brokers que no proporcionan informes fiscales detallados.
¿Dónde incluir los Futuros en la declaración de la renta?
Ahora que ya sabes cómo tributan los beneficios y pérdidas por futuros, toca el paso más técnico: ¿en qué parte concreta del borrador o del modelo 100 tienes que incluir estas operaciones?. Este punto es clave para evitar errores que podrían llevar a una paralela de Hacienda… o a perder dinero por no compensar bien las pérdidas.
La declaración de la renta en España se hace a través del modelo 100, y los resultados obtenidos con futuros financieros deben incluirse en el apartado correspondiente a ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones.
Tipo de operación con Futuros | Casilla modelo 100 (Renta 2024) | Comentario útil |
---|---|---|
Ganancias obtenidas con futuros | Casilla 1624 | Se incluyen las operaciones cerradas con beneficio. |
Pérdidas obtenidas con futuros | Casilla 1625 | Declarar aunque no haya otras ganancias ese año. |
Compensación de pérdidas de años anteriores | Casilla 1626-1627 | Solo si declaraste esas pérdidas en su momento. |
Futuros en brokers extranjeros | Mismas casillas anteriores | Pero asegúrate de declarar la cuenta en el modelo 720/721 si toca. |
Rendimiento negativo total de derivados | Casilla 1689 | Si operaste con múltiples derivados, no solo futuros. |
¿Y si usas un broker extranjero?
Si tu broker no proporciona el desglose fiscal adaptado al modelo español, tendrás que revisar operación por operación. Necesitarás calcular la diferencia entre precio de entrada y salida, y convertirlo a euros según el tipo de cambio oficial del BCE del día de cierre. Es tedioso, pero es lo que exige Hacienda.
Además, si tienes cuentas en el extranjero que superen los 50.000 €, puede que debas presentar el modelo 720, y en algunos casos, también el modelo 721 (criptoactivos).
¿Qué documentación necesito para declarar Futuros?
Después de saber dónde declarar los futuros en el modelo 100, la siguiente pregunta es inevitable: ¿cómo preparo todo esto?. Aquí entra en juego algo crucial que muchos inversores descuidan: tener la documentación correcta para poder rellenar cada casilla con precisión… y tener respaldo en caso de que Hacienda te pida aclaraciones.
Tanto si operas con un broker español como extranjero, tienes que conservar toda la documentación que justifique las operaciones realizadas. Hacienda puede pedirte justificantes hasta 4 años después de haber hecho la declaración, así que conviene ser ordenado.
Aquí tienes la tabla definitiva para tenerlo todo bajo control:
Documento | ¿Para qué lo necesitas? | Recomendaciones clave |
---|---|---|
Informe anual de operaciones (broker) | Base para calcular ganancias y pérdidas | Asegúrate de que incluye fechas, precios, comisiones y divisa |
Historial de operaciones cerrado (trades cerrados) | Detalle necesario si no tienes informe anual adaptado | Descárgalo siempre antes del 31 de diciembre |
Extracto bancario vinculado | Justifica entradas y salidas de capital | Especialmente útil con brokers extranjeros |
Conversión a euros (tipo BCE) | Obligatorio si operas en otra divisa | Usa el tipo de cambio oficial del día del cierre de cada operación |
Modelo 720 (si aplica) | Declaración informativa de cuentas en el extranjero | Solo si superas los 50.000 € o cambias más de 20.000 € en saldos |
Modelo D6 (si aplica) | Para inversiones en valores negociables extranjeros | Se presenta en enero si tienes títulos depositados fuera |
Modelo 721 (si aplicase en futuros tokenizados) | Solo si trabajas con productos derivados en criptoactivos | En evolución normativa, conviene estar atento |
Consejo experto:
Aunque tu broker sea español y envíe datos a Hacienda, no te fíes del borrador. Revisa siempre los datos y cruza con tu propia documentación. Muchas veces el resumen que aparece en Renta WEB omite pérdidas, o no refleja bien comisiones, y eso puede afectarte fiscalmente.
Futuros con brokers extranjeros: ¿cómo se declaran?
Una vez que tienes clara la documentación que necesitas, toca abordar una de las situaciones más comunes entre los inversores activos: operar futuros a través de brokers extranjeros. Muchos lo hacen por costes, por acceso a más productos o simplemente por preferencia… pero eso no te exime de cumplir con tus obligaciones fiscales en España.
¿Hay que declarar los futuros de brokers extranjeros?
Sí, absolutamente. Aunque el broker no esté en España ni informe a la Agencia Tributaria, tú como contribuyente tienes la obligación de declarar todos los beneficios y pérdidas. Da igual si el broker es de Estados Unidos, Irlanda o Estonia: si tú resides fiscalmente en España, tus rendimientos tributan aquí.
¿Cómo se declaran?
Las ganancias o pérdidas se declaran en las mismas casillas del modelo 100 que si fueran de un broker español (casillas 1624 y 1625 principalmente). La diferencia es que tendrás que calcularlo tú manualmente si el broker no te proporciona un resumen fiscal adaptado al sistema español.
Eso implica:
- Calcular precio de compra y venta de cada operación cerrada.
- Restar comisiones.
- Convertir las cantidades a euros usando el tipo de cambio del BCE en la fecha de cierre.
¿Y qué pasa con las cuentas en el extranjero?
Si el saldo total en tus cuentas de inversión fuera de España supera los 50.000 € a 31 de diciembre o en cualquier momento del año, estás obligado a presentar el modelo 720. Y si gestionas criptoactivos derivados (que también pueden incluir futuros tokenizados), puede entrar en juego el modelo 721.
No declarar estas cuentas puede conllevar sanciones muy elevadas. Aunque se han suavizado con el tiempo, sigue siendo una de las obligaciones informativas más estrictas del sistema fiscal español.
¿Me pueden sancionar si no declaro?
Sí. Aunque Hacienda no tenga el dato de tu broker directamente, cada vez tiene más capacidad para cruzar información internacional. Y si detectan ingresos no declarados, podrían enviarte una paralela con recargo y sanción.
Consejos prácticos y errores comunes al declarar Futuros
Después de ver cómo declarar operaciones con brokers extranjeros, llega el momento de evitar los fallos más comunes que cometen muchos inversores al presentar su declaración. Aquí es donde te puedes marcar la diferencia entre pagar lo justo o acabar con un susto de Hacienda… o con más impuestos de los que realmente te corresponden.
✅ Consejo práctico | ❌ Error común | Por qué es importante |
---|---|---|
Revisa siempre el borrador de Hacienda | Confiar en que el borrador ya incluye tus operaciones | Los futuros rara vez aparecen automáticamente |
Conserva todos los justificantes fiscales | No guardar informes ni capturas de operaciones | Hacienda puede requerírtelos hasta 4 años después |
Convierte todas las cifras a euros correctamente | Usar tipo de cambio medio del año o tipo interno del broker | Legalmente se exige el cambio oficial del BCE del día de cierre |
Declara las pérdidas, incluso si no hay beneficios | Omitir pérdidas por pensar que “no hace falta” | Declararlas permite compensar en años futuros y pagar menos |
Incluye todos los movimientos, aunque no retires fondos | Pensar que si no sacas dinero del broker, no hay que declarar | El hecho imponible es el cierre de la operación, no la retirada |
Declara bien las cuentas en el extranjero si aplican | Olvidarse del modelo 720 o 721 si superas límites | No hacerlo puede acarrear sanciones graves |
Comprueba que las comisiones están bien restadas | Declarar beneficio bruto sin descontar costes operativos | Estás pagando más IRPF de la cuenta |
Consulta con un asesor si hay dudas con productos complejos | Ir a ciegas con derivados poco comunes o apalancados | Cada tipo de producto tiene su propia casuística fiscal |