Resumen rápido
- Los cupones de los bonos tributan como rendimientos del capital mobiliario en la base del ahorro.
- La venta o amortización del bono también suele tributar como rendimiento del capital mobiliario, no como ganancia patrimonial.
- Los tipos conjuntos de la base del ahorro son 19%, 21%, 23%, 27% y 30%, según el tramo. El 30% se aplica al importe que exceda de 300.000 €.
- En Bonos y Obligaciones del Estado, el cupón está sujeto a una retención del 19%, mientras que la transmisión o amortización no está sometida con carácter general a retención.
- Si pierdes dinero con la venta o amortización, el rendimiento negativo puede compensarse siguiendo las reglas de la base del ahorro.
- En bonos extranjeros conviene revisar la retención en origen, los datos del broker y una posible deducción por doble imposición internacional.
Cómo tributan los bonos en la declaración de la renta
Los bonos forman parte de la renta fija, y en el IRPF encajan dentro de los rendimientos obtenidos por ceder capital a terceros. Eso incluye tanto los intereses periódicos como el resultado que obtienes al vender, amortizar o reembolsar el bono.
La base legal está en la Ley 35/2006 del IRPF, que trata estas rentas como rendimientos del capital mobiliario. La Agencia Tributaria confirma expresamente este tratamiento para obligaciones, bonos, letras, pagarés y otros activos representativos de capital ajeno.
| Operación con el bono | Tratamiento habitual en IRPF | Cuándo tributa |
|---|---|---|
| Cobro del cupón | Rendimiento del capital mobiliario | En el ejercicio en que se cobra |
| Venta antes del vencimiento | Rendimiento del capital mobiliario positivo o negativo | En el ejercicio de la venta |
| Amortización o reembolso | Rendimiento del capital mobiliario | Al producirse la amortización |
| Cupón de un bono extranjero | Rendimiento del capital mobiliario | Al cobrarlo, revisando además posibles impuestos pagados fuera |
Consejo experto: aquí el error típico es pensar que “si vendo el bono con ganancia, eso ya va como plusvalía”. En acciones suele ser así. En bonos, no: la ley califica expresamente el resultado de la transmisión o amortización como rendimiento del capital mobiliario.
Cómo se declara la venta de un bono y cómo tributa el cupón
Si el bono paga cupón, ese ingreso tributa en el año en que lo cobras. No importa si el bono vence dentro de diez años: el cupón que recibes este año se declara este año.
Ejemplo práctico: compras 10.000 € en bonos con un cupón anual del 3,5%. Si cobras 350 € brutos y el intermediario practica una retención del 19%, recibirás 283,50 € netos. En la renta, sin embargo, se tiene en cuenta el rendimiento bruto y la retención funciona como un pago a cuenta, no necesariamente como el impuesto definitivo.
Si vendes el bono antes del vencimiento o esperas a la amortización, el rendimiento se calcula por diferencia entre el valor de venta o reembolso y el precio de compra, ajustando los gastos accesorios justificados de adquisición y enajenación. La Agencia Tributaria indica que el cálculo debe hacerse de forma individual por cada título o activo.
Ejemplo práctico: compras un bono por 9.700 € y lo amortizas por 10.000 €. Antes de considerar los gastos que procedan, tu rendimiento es de 300 €. Eso también se integra en la base del ahorro como rendimiento del capital mobiliario.
Además, los gastos de administración y depósito de valores negociables pueden tener la consideración de gastos deducibles en los términos establecidos por Hacienda. No ocurre lo mismo, por ejemplo, con el coste de una gestión discrecional e individualizada de la cartera.
Advertencia importante: si operas en mercado secundario, el cupón corrido puede complicar la lectura del extracto. No siempre el apunte del broker refleja de forma intuitiva qué parte corresponde al precio del bono y qué parte a intereses devengados. Cuando algo no cuadre, revisa el detalle fiscal de la operación y no te quedes simplemente con la diferencia entre el dinero que salió y el que entró.
¿En qué casilla se declaran los bonos en la renta?
En Renta WEB debes buscarlos dentro de rendimientos del capital mobiliario derivados de la cesión a terceros de capitales propios. Para una venta, amortización o reembolso, Hacienda dispone de un apartado específico para otros activos financieros, donde incluye expresamente bonos y obligaciones.
Un matiz especialmente útil: la casilla 0328 de la renta no es la casilla específica para declarar la venta de un bono. Esa numeración se utiliza para el importe global de transmisiones de acciones negociadas, que fiscalmente se tratan como ganancias o pérdidas patrimoniales. Los bonos siguen otra clasificación.
Por eso no conviene elegir una casilla solo porque aparezca en una guía antigua o porque “también sea un valor”. Busca siempre el concepto fiscal, ya que la numeración y el diseño de Renta WEB pueden cambiar entre campañas.
Fiscalidad y tributación de los Bonos y Obligaciones del Estado
Si te preguntas cómo tributan los bonos del Estado, las dos piezas clave son el cupón y el resultado de la venta o amortización.
La escala conjunta aplicable a la base del ahorro es:
- 19% hasta 6.000 €
- 21% entre 6.000 € y 50.000 €
- 23% entre 50.000 € y 200.000 €
- 27% entre 200.000 € y 300.000 €
- 30% por la parte que exceda de 300.000 €
Ese último tramo es importante porque algunas páginas informativas todavía muestran el antiguo 28%. La Ley del IRPF consolidada elevó el tipo conjunto máximo al 30% con efectos desde el 1 de enero de 2025.
En Bonos y Obligaciones del Estado hay además una diferencia práctica que conviene recordar. El Tesoro Público indica que el cupón está sujeto a retención a cuenta del IRPF del 19%, mientras que el rendimiento por transmisión o amortización no está sometido con carácter general a retención, salvo determinados supuestos.
Eso no significa que vender un bono sin retención esté libre de impuestos. Significa que puedes llegar a la declaración sin haber adelantado a Hacienda parte del impuesto correspondiente a ese rendimiento, por lo que el resultado de la renta puede ser distinto de lo que esperabas.
Comprar bonos tampoco genera por sí mismo una deducción en el IRPF. Lo relevante fiscalmente son los rendimientos obtenidos, las pérdidas que proceda computar, las retenciones y determinados gastos admitidos.
Cómo compensar pérdidas si el bono te sale mal
Si vendes o amortizas con pérdida, ese rendimiento negativo no se pierde sin más. Primero se integra con los demás rendimientos del capital mobiliario de la base del ahorro.
Ejemplo práctico: compras un bono por 10.000 € y lo vendes por 9.400 €. Tienes un rendimiento negativo de 600 €. Si ese mismo año has cobrado 500 € en cupones y no tienes otros rendimientos de este tipo, el saldo entre ambos conceptos sería de -100 € antes de considerar el resto de partidas que puedan afectarte.
Si después queda un saldo negativo de rendimientos del capital mobiliario, puede compensarse con el saldo positivo de ganancias y pérdidas patrimoniales de la base del ahorro hasta el límite del 25% de ese saldo positivo. Lo que siga pendiente puede arrastrarse durante los cuatro años siguientes.
Error común: vender con pérdidas, recomprar bonos homogéneos enseguida y pensar que el rendimiento negativo ya se puede utilizar. Si has adquirido activos financieros homogéneos dentro de los dos meses anteriores o posteriores a la transmisión, Hacienda establece una regla de diferimiento: la pérdida se irá integrando a medida que se transmitan los títulos que permanecen en tu patrimonio.
Fiscalidad de bonos extranjeros y brokers internacionales: dónde suele haber errores
La fiscalidad de bonos extranjeros sigue partiendo de la misma idea: si eres residente fiscal en España, el cupón y los rendimientos de estos activos deben tenerse en cuenta en tu IRPF español. El problema es que la operativa puede ser bastante menos cómoda.
El primer punto a revisar es la retención en origen sobre los cupones. No siempre existe, no siempre tiene el mismo porcentaje y puede depender del país del emisor y del convenio para evitar la doble imposición que corresponda.
Si una renta obtenida en el extranjero ya ha soportado un impuesto similar al IRPF, puede entrar en juego la deducción por doble imposición internacional. Hacienda establece como límite, con carácter general, la menor cantidad entre el impuesto efectivamente satisfecho fuera y el importe que resulte de aplicar el tipo medio efectivo correspondiente a esa renta.
El segundo punto es la retención española. Hay intermediarios extranjeros que no practican las mismas retenciones que encontrarías con una entidad que reporte y retenga directamente en España. Eso no elimina tu obligación fiscal: simplemente puede dejar más trabajo para la declaración.
El tercero es el reporting. Si utilizas una plataforma internacional, revisa el informe fiscal, los cupones brutos, las retenciones y las operaciones de venta una a una. Si operas con esta plataforma, nuestra guía sobre Trade Republic y Hacienda entra en ese problema con más detalle.
Y hay un cuarto asunto diferente del IRPF: determinados valores depositados o gestionados en el extranjero pueden entrar dentro de las obligaciones informativas del modelo 720 si se cumplen sus requisitos y límites. No debes asumir que tener un broker extranjero obliga automáticamente a presentarlo, pero tampoco conviene ignorarlo cuando mantienes patrimonio fuera de España. La Agencia Tributaria incluye dentro del modelo los valores representativos de la cesión de capitales propios a terceros situados en el extranjero.
Si todavía estás comparando plataformas para acceder a renta fija, merece la pena revisar nuestra selección de brokers para comprar bonos. En este tipo de inversión, un buen informe fiscal puede ahorrarte bastante más trabajo del que parece.
Diferencias frente a Letras del Tesoro, fondos y ETFs de bonos
La lógica fiscal de los bonos se parece a la de otros productos de deuda, pero no es idéntica.
Si comparas con la fiscalidad de las Letras del Tesoro, la gran idea es parecida: también generan rendimientos del capital mobiliario en la base del ahorro. La diferencia práctica está en cómo se obtiene la rentabilidad, porque las Letras no pagan un cupón periódico.
Con los bonos puedes obtener rendimiento por dos vías: los cupones y la diferencia entre el precio de compra y el importe recibido al vender o al llegar el vencimiento.
Y si lo pones frente a un ETF, la foto cambia más. En esta comparativa de bonos vs ETF de bonos puedes ver las diferencias de producto, pero fiscalmente hay una que no deberías pasar por alto: comprar un bono directamente no es lo mismo que comprar participaciones de un ETF que mantiene decenas o cientos de bonos en cartera.
Conclusión
La fiscalidad de los bonos en España no es especialmente difícil cuando separas bien cada operación. Lo importante es quedarte con tres ideas: los cupones tributan como rendimientos del capital mobiliario, la venta o amortización también suele hacerlo bajo esa misma categoría y las retenciones no siempre coinciden con el impuesto final que acabarás pagando.
Si ya inviertes en bonos, revisa tus informes fiscales y separa bien cupón, precio de adquisición, importe de venta o amortización, gastos y retenciones. Si todavía estás valorando por dónde entrar, compara producto, plataforma y facilidad fiscal, no solo la rentabilidad nominal.






















