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Modelo 720 en MyInvestor: ¿hay que presentarlo o no?

La duda con el modelo 720 en MyInvestor suele aparecer justo cuando empiezas a tomarte en serio tus inversiones. Has oído hablar de sanciones, de declarar bienes en el extranjero y de repente te preguntas si por tener acciones o fondos ahí te estás metiendo en un lío con Hacienda sin saberlo.

La realidad es más simple de lo que parece, pero hay un matiz importante que casi nadie explica bien. No es solo si tienes que presentar el modelo 720 con MyInvestor, sino entender por qué en este caso no aplica… y en qué situaciones podrías confundirte si mezclas este broker con otros fuera de España.

Óscar López/Formiux.com

Tabla de contenidos

¿Hay que presentar el Modelo 720 con MyInvestor?

No. Por tener inversiones en MyInvestor no tienes que presentar el modelo 720.

Así de claro. Si solo operas con MyInvestor —ya sea en fondos, acciones, ETF o carteras automatizadas— no estás obligado a presentar esta declaración informativa por esas posiciones.

Lo importante aquí es no liarse: el modelo 720 no se presenta por invertir en bolsa como tal, sino por tener bienes o derechos en el extranjero. Y en el caso de MyInvestor, a efectos fiscales estás operando con una entidad española, no con un broker extranjero. Esa es la clave que cambia todo.

Por qué con MyInvestor no tienes que presentar el 720

Aquí es donde muchos se confunden: no importa tanto dónde inviertes, sino desde dónde estás invirtiendo realmente a nivel fiscal.

Con MyInvestor, operas a través de un banco español. Eso implica dos cosas clave:

  • Tus posiciones no se consideran “en el extranjero” a efectos del modelo 720
  • La propia entidad reporta la información a la Agencia Tributaria

Por eso no tienes que hacer esa declaración adicional. No es que estés evitando una obligación por un truco, es que directamente no encajas en el supuesto que obliga a presentarla.

El error habitual es pensar: “como compro acciones de EE. UU. o ETF internacionales, ya tengo bienes fuera”. Pero Hacienda no lo mira así en este caso. Lo que cuenta es que el intermediario (MyInvestor) está en España y ya informa por ti.

Traducción práctica: puedes invertir globalmente sin añadirte la carga del modelo 720 solo por usar este broker.

Cuándo SÍ podrías tener que presentar el Modelo 720 aunque uses MyInvestor

Usar MyInvestor no te “libra” del modelo 720 en todos los casos. Te lo evita solo para lo que tengas dentro de MyInvestor, pero el resto de tu patrimonio cuenta igual.

Tendrías que presentarlo si, además de MyInvestor, tienes:

Y aquí hay un punto clave que suele pasar desapercibido: el modelo 720 va por bloques (cuentas, valores, inmuebles). Si en alguno superas los 50.000 €, ya entras en obligación por ese bloque.

Para verlo claro:

Situación¿Modelo 720?
Solo MyInvestor❌ No
MyInvestor + broker extranjero✅ Sí (por el extranjero)
MyInvestor + cuenta en otro país✅ Sí
Solo activos en España❌ No

La lectura correcta es esta: MyInvestor te simplifica la vida, pero no sustituye tus obligaciones si tienes dinero fuera de España por otras vías.

Lo importante si quieres evitar el Modelo 720 al invertir

Si lo que buscas es no complicarte con declaraciones adicionales, la clave no está en los productos que compres, sino en qué tipo de entidad utilizas para invertir.

En la práctica, hay dos caminos muy claros:

  • Broker extranjero → más papeleo (posible modelo 720)
  • Broker español como MyInvestor → operativa más simple a nivel fiscal

Aquí es donde muchos se equivocan: se centran en comisiones o en qué ETF comprar, y dejan de lado algo que a largo plazo pesa mucho más: la gestión con Hacienda.

Si tu prioridad es invertir sin añadir obligaciones extra, lo más sensato es mantener tus inversiones dentro de entidades españolas que ya informan por ti. No te hace mejor inversor, pero sí te evita errores y sustos innecesarios.

Y si estás empezando o quieres simplificar lo que ya tienes, este detalle marca más diferencia de la que parece.

Preguntas frecuentes

¿MyInvestor informa automáticamente a Hacienda o tengo que declarar algo por mi cuenta?

Sí, MyInvestor informa a Hacienda de tus posiciones y movimientos, y por eso no tienes que presentar el modelo 720 por lo que tengas ahí. Ahora bien, eso no significa que no tengas que hacer nada en tu declaración de la renta: tendrás que declarar plusvalías, dividendos o rendimientos cuando corresponda. La diferencia clave es que el modelo 720 en MyInvestor no aplica porque la información ya está en la Agencia Tributaria, no porque desaparezcan todas tus obligaciones fiscales.

¿El modelo 720 con MyInvestor aplica si supero los 50.000 euros invertidos?

No. Este es uno de los errores más comunes. Superar los 50.000 € no implica automáticamente presentar el modelo 720 si ese dinero está en MyInvestor. Ese umbral solo importa cuando los bienes están en el extranjero. En este caso, aunque tengas 10.000 €, 50.000 € o 200.000 €, el modelo 720 en MyInvestor sigue sin ser obligatorio porque no se considera que tengas esos activos fuera de España a efectos de esta declaración.

¿Hay alguna situación en la que MyInvestor sí obligue indirectamente a presentar el modelo 720?

No de forma directa, pero puede haber confusión en casos concretos. Por ejemplo, si utilizas MyInvestor junto con otras plataformas extranjeras, o si tienes dinero moviéndose entre cuentas fuera de España, podrías pensar que todo entra en el mismo saco. Y no es así. El modelo 720 en MyInvestor nunca se activa por lo que tengas dentro de la plataforma, pero sí puede aparecer la obligación por otras posiciones externas. Por eso es importante separar mentalmente cada bloque y no mezclarlo todo.

Este contenido ha sido elaborado por Xavier Tarrasó y revisado por Alejandro Valencia para garantizar su exactitud.

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