5 claves sobre la declaración de la renta con fondos monetarios
- Solo tributan al reembolsar: si no vendes tus participaciones, no tienes que pagar impuestos ni declararlos.
- Los traspasos entre fondos están exentos: puedes mover tu dinero sin tributar, siempre que sigas las condiciones.
- Declara en las casillas correctas: usa las casillas 1624 a 1645 del modelo 100 para informar ganancias o pérdidas.
- Evita errores típicos: como declarar traspasos como reembolsos o olvidar fondos extranjeros.
- Aprovecha la fiscalidad a tu favor: planifica reembolsos y usa pérdidas para compensar otras ganancias.
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Fiscalidad de los fondos monetarios en España
Entender cómo tributan los fondos monetarios es clave si inviertes en ellos y te toca hacer la declaración de la renta. Aunque puedan parecer productos sencillos, su tratamiento fiscal tiene varios matices que conviene tener claros para no cometer errores ni pagar de más.
¿Cómo tributan los fondos monetarios?
Los fondos monetarios, al igual que el resto de fondos de inversión, tributan solo cuando se reembolsa total o parcialmente la inversión. Es decir, mientras mantengas el dinero en el fondo, no tienes que pagar impuestos por las ganancias acumuladas, lo que supone una gran ventaja fiscal respecto a otros productos.
Cuando se realiza el reembolso (es decir, cuando vendes tus participaciones), se genera una ganancia o pérdida patrimonial que tributa en la base del ahorro del IRPF. Esto significa que:
- Si has ganado dinero, pagarás impuestos según los siguientes tramos:
- 19 % hasta 6.000 € de ganancia.
- 21 % entre 6.000 € y 50.000 €.
- 23 % entre 50.000 € y 200.000 €.
- 27 % de 200.000 € a 300.000 €.
- 28 % si superas los 300.000 €.
- Si has perdido dinero, puedes compensar esas pérdidas con otras ganancias patrimoniales o rendimientos del capital mobiliario, con un límite del 25 %.
¿Tienen retención los fondos monetarios?
No. Los fondos de inversión, incluidos los monetarios, no están sujetos a retención en el momento del reembolso. Esto quiere decir que, a diferencia de un depósito o de una cuenta remunerada, cuando recuperas tu dinero no se te retiene nada automáticamente. Pero ojo: eso no significa que no tengas que declararlo, simplemente que la liquidación del impuesto se hace directamente en la renta.
Diferencias si el fondo es extranjero
Si inviertes en un fondo monetario domiciliado fuera de España, también tributa como ganancia patrimonial, pero sí puede estar sujeto a retenciones en origen (en el país donde se gestiona el fondo). Además, Hacienda no recibe automáticamente la información de estos fondos, así que eres tú quien debe asegurarse de declararlos correctamente, incluyendo los rendimientos y las posibles retenciones soportadas.
Clave para el inversor
La principal ventaja de los fondos monetarios es que no tributan mientras no vendas. Esto te permite decidir cuándo quieres pagar impuestos y planificar tus movimientos de forma más eficiente. Además, puedes traspasar el dinero entre fondos sin tributar, siempre que se mantenga dentro de productos de inversión colectiva regulados en España o en la UE.
¿Cuándo y cómo declarar los fondos monetarios en la renta?
Una vez entendido cómo tributan los fondos monetarios, el siguiente paso es saber en qué momento se deben declarar y cómo hacerlo correctamente en el modelo 100 de la declaración del IRPF. Porque, aunque no haya retención automática, Hacienda quiere que informes de cada movimiento que suponga una ganancia o pérdida.
El momento clave: el reembolso
Solo tienes que declarar los fondos monetarios cuando realizas un reembolso total o parcial. Es en ese momento cuando se genera la ganancia o pérdida patrimonial, y ahí es donde entra la obligación fiscal. Si no vendes, no declaras. Así de simple.
En cambio, si haces un traspaso de un fondo monetario a otro (siempre que ambos estén registrados en España o la UE), no se genera tributación y, por tanto, tampoco se incluye en la declaración.
¿Dónde se declara en el modelo 100?
A la hora de hacer la declaración, tendrás que informar de la ganancia o pérdida en las casillas correspondientes a transmisiones de acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva.
Aquí tienes la mejor tabla para que sepas exactamente cómo declararlo:
Concepto | ¿Se declara? | ¿Cuándo? | Casilla en el modelo 100 (IRPF 2024) | Notas clave |
---|---|---|---|---|
Reembolso total/parcial de un fondo monetario | ✅ Sí | En el ejercicio del reembolso | Casillas 1624 a 1645 | Incluye datos de compra y venta, fechas y ganancia/pérdida. |
Traspaso entre fondos monetarios | ❌ No | No aplica | No aplica | Si se hace correctamente, no hay impacto fiscal ni se refleja en la renta. |
Reembolso de fondo extranjero | ✅ Sí | En el ejercicio del reembolso | Casillas 1624 a 1645 | Puede requerir declaración adicional en el modelo 720 si se superan los 50.000 €. |
Ganancia patrimonial por fondo monetario | ✅ Sí | En el ejercicio del reembolso | Misma sección (Base del ahorro) | Se calcula la diferencia entre el valor de venta y el valor de adquisición. |
Pérdida patrimonial por fondo monetario | ✅ Sí | En el ejercicio del reembolso | Misma sección | Puede compensarse con otras ganancias y rendimientos. |
Documentación necesaria
Para hacer este apartado bien, ten a mano estos documentos:
- Certificado fiscal del broker o banco custodio: ahí aparecen las ganancias o pérdidas totales, con todos los movimientos detallados.
- Justificantes de compra y venta de participaciones, especialmente si has hecho aportaciones en distintas fechas.
- Si es un fondo extranjero, posibles certificados de retención en origen.
Tener todo esto claro y bien organizado es clave para evitar errores, sanciones o requerimientos por parte de Hacienda.
Traspasos entre fondos monetarios y su implicación fiscal
Después de ver cuándo y cómo declarar los fondos monetarios, es momento de hablar de uno de los aspectos más potentes y menos conocidos de estos productos: los traspasos entre fondos. Y es que, usados con inteligencia, pueden ayudarte a diferir el pago de impuestos durante años.
¿Qué es un traspaso y en qué se diferencia de un reembolso?
Un traspaso consiste en mover el dinero de un fondo de inversión a otro sin pasar por tu cuenta corriente, es decir, sin que el dinero “salga” a tu nombre. Técnicamente se considera una transmisión directa entre fondos y, por tanto, no se genera tributación.
Esto es muy distinto a un reembolso, donde vendes tus participaciones, recibes el dinero, y luego decides si invertirlo en otro fondo o no. En ese caso, sí hay impacto fiscal porque has realizado una ganancia (o pérdida) patrimonial.
¿Cuáles son las condiciones para que el traspaso esté exento?
Para que un traspaso entre fondos monetarios no tribute, deben cumplirse estas condiciones:
- Ambos fondos deben estar registrados en España o en otro país de la Unión Europea.
- El traspaso debe hacerse directamente desde una entidad a otra sin pasar por una cuenta intermedia a tu nombre.
- Debe realizarse entre fondos de inversión colectiva, es decir, no aplica entre fondos y otros productos como planes de pensiones o acciones.
Si se cumple lo anterior, el traspaso está exento de tributación y no se declara en la renta.
Ventajas fiscales de los traspasos
Esta opción permite una estrategia muy interesante para inversores que quieren mover su dinero sin pagar impuestos cada vez que ajustan su cartera:
- Diferimiento fiscal: no pagas impuestos hasta que decides reembolsar finalmente el dinero.
- Optimización de la cartera sin impacto fiscal: puedes rotar entre fondos monetarios, de renta fija, mixtos o de renta variable según el mercado, sin tributar por cada cambio.
- Acumulación compuesta: al no tributar, puedes reinvertir el 100 % de los beneficios y aumentar el efecto del interés compuesto.
¿Cómo se reflejan estos traspasos?
Aunque no se declaran en la renta, sí quedan registrados en el historial fiscal del inversor. Tu broker o entidad gestora conserva la información de la fecha y valor de adquisición de las participaciones originales, lo cual será clave el día que decidas hacer un reembolso.
Errores comunes al declarar fondos monetarios y cómo evitarlos
Una vez entiendes cómo tributan los fondos monetarios y cómo funcionan los traspasos, llega la parte más delicada: evitar los errores al hacer la declaración. Y es que un pequeño fallo puede costarte una sanción o hacer que pagues más de lo que deberías. Aquí te explico los errores más habituales y cómo puedes evitarlos de forma sencilla.
Error común | Por qué es un problema | Cómo evitarlo |
---|---|---|
Declarar un traspaso como si fuera un reembolso | Se tributa innecesariamente por una ganancia que en realidad no deberías declarar aún | Asegúrate de que el movimiento fue un traspaso directo entre fondos. Revisa los informes del broker. |
Olvidar declarar fondos monetarios extranjeros | Hacienda no recibe los datos automáticamente y puedes incurrir en sanción | Incluye manualmente las ganancias o pérdidas, y revisa si debes presentar el modelo 720 (si > 50.000 €). |
No incluir la pérdida patrimonial de un fondo que vendiste en pérdidas | Pierdes la oportunidad de compensarla con otras ganancias o reducir tu carga fiscal | Apunta todas las ventas con resultado negativo y asegúrate de que estén en la renta. |
Declarar sólo el rendimiento sin restar gastos o comisiones | Puedes acabar tributando por una ganancia mayor a la real | Usa los datos fiscales del broker, que ya contemplan estos ajustes. |
No usar el certificado fiscal del broker | Te obliga a calcular manualmente, lo que aumenta el riesgo de error | Descarga siempre el informe fiscal anual de tu entidad financiera y revísalo antes de hacer la renta. |
Usar valores medios incorrectos al calcular el precio de adquisición | Puede alterar el cálculo de la ganancia o pérdida patrimonial | El sistema FIFO (primero en entrar, primero en salir) es el que se aplica; asegúrate de calcularlo bien. |
No declarar un fondo porque no ha generado ganancias | Aunque no haya beneficios, si has vendido participaciones hay que declarar la pérdida | Declara siempre cualquier reembolso, gane o pierda dinero. |
Consejo extra para evitar errores
No confíes solo en el borrador de Hacienda. Aunque muchas veces viene precargado con datos de inversiones, los fondos monetarios, especialmente los extranjeros o traspasos recientes, pueden no aparecer o estar mal clasificados. Tómate el tiempo de revisarlo y ajustarlo con tus propios documentos.
Con este control de errores, te aseguras de no tener sobresaltos con la Agencia Tributaria y optimizar al máximo la fiscalidad de tus inversiones.