Si realizas una actividad económica sujeta a IVA, como autónomo estás obligado a presentar el modelo 303 cada trimestre, incluso aunque no hayas emitido ni recibido facturas en ese periodo. Esta declaración es la que utilizamos para liquidar el IVA: tanto el que cobramos a nuestros clientes como el que pagamos en nuestras compras y gastos deducibles. En 2025, los plazos de presentación son los habituales: del 1 al 20 de abril, julio y octubre para los tres primeros trimestres, y del 1 al 30 de enero del año siguiente para el cuarto trimestre (si domicilias el pago, la fecha límite es el día 25).
Para presentarlo, tienes que entrar en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y acceder con tu certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve. Una vez dentro, eliges la opción del modelo 303 correspondiente al trimestre que vas a declarar. Es importante tener bien organizadas tus facturas emitidas y recibidas, ya que el formulario te pedirá que indiques el IVA repercutido (el que has cobrado) y el IVA soportado (el que has pagado en tus gastos deducibles). La diferencia entre ambos es lo que tienes que ingresar, compensar o, si es el último trimestre, incluso solicitar como devolución.
Durante el proceso, asegúrate de revisar bien todos los datos antes de presentar la declaración. Si el resultado es a ingresar, puedes optar por domiciliar el pago o hacerlo mediante un NRC desde tu banco. En caso de que te equivoques, siempre puedes presentar una declaración complementaria indicando el número de justificante de la anterior. Además, si en un trimestre te sale un resultado negativo, puedes dejarlo pendiente para compensarlo en el siguiente, excepto en el cuarto trimestre, donde puedes pedir que te devuelvan ese saldo a tu favor.
Contar con una cuenta bancaria que te facilite separar los gastos personales de los profesionales puede ayudarte a tener mucho más claro el IVA que realmente estás pagando. Hoy en día hay bancos que incluso te permiten automatizar parte del control fiscal y generar informes listos para rellenar el modelo 303 sin complicaciones.
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