Cuando recibes una subvención o ayuda pública como autónomo, Hacienda la considera un ingreso más de tu actividad económica, por tanto, debes incluirla en tu declaración de la renta (IRPF). Esto significa que si te conceden una ayuda, ya sea para digitalización, inversión en equipo, o por situación extraordinaria como el cese de actividad, debes declararla como rendimiento íntegro en tu actividad profesional, salvo que esté expresamente exenta. Muchas veces se pasa por alto este detalle, pero omitirlo puede traerte sanciones o requerimientos más adelante.
Lo primero que tienes que hacer es revisar si la ayuda tiene algún tipo de exención fiscal. Algunas subvenciones, como ciertas becas o ayudas sociales muy específicas, pueden estar exentas de tributar, pero en la mayoría de los casos no es así. En el caso de las ayudas para impulsar el emprendimiento, por ejemplo, suelen tributar igual que una factura, y se deben reflejar como ingreso en el trimestre correspondiente si tributas por estimación directa, o ajustarlo en tu contabilidad si estás en estimación objetiva.
Un punto importante a tener en cuenta es cuándo se debe declarar: si la subvención está vinculada directamente a tu actividad económica, se declara cuando se concede, aunque no la hayas cobrado todavía. Por el contrario, si no está ligada a tu actividad profesional, se declara en el momento del cobro. Además, hay ayudas que no se consideran rendimiento de actividad sino ganancia patrimonial, como ocurre con algunas ayudas para rehabilitación de vivienda o eficiencia energética. En estos casos tributan distinto y conviene identificarlas bien para no cometer errores en la declaración.
Por último, si te das cuenta de que no has declarado una ayuda que deberías haber incluido, puedes presentar una declaración complementaria para corregirlo, aunque con posibles recargos. Es recomendable llevar un control claro de las ayudas solicitadas y concedidas, y tener una cuenta profesional bien separada para gestionar estos ingresos con más claridad.
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