¿Es deducible el coworking en el IRPF?
Sí, el gasto de coworking es deducible en el IRPF si eres autónomo, pero solo cuando cumple una condición clave: que esté directamente relacionado con tu actividad profesional. Para Hacienda, no importa tanto dónde trabajes, sino si ese gasto es necesario para generar tus ingresos. Si usas el coworking como tu lugar habitual de trabajo, estamos ante un gasto claramente afecto a la actividad.
En la práctica, esto significa que puedes deducirte la cuota mensual del coworking como gasto en estimación directa, reduciendo así el beneficio sobre el que pagas impuestos. Por ejemplo, si pagas 220 € al mes por tu espacio de coworking, esos 220 € restan directamente de tus ingresos a la hora de calcular el IRPF, siempre que el uso sea profesional.
Ahora bien, Hacienda es muy clara en un punto: el coworking no puede tener un uso personal relevante. Si lo utilizas de forma esporádica o más como un espacio ocasional que como centro real de trabajo, la deducción puede ponerse en duda. Por eso, cuanto más habitual y necesario sea para tu actividad, más sólida será la deducción frente a una posible revisión.
En resumen, sí puedes deducirte el coworking en el IRPF, y además suele ser uno de los gastos más fáciles de justificar frente a Hacienda, especialmente si lo comparas con trabajar desde casa. En el siguiente apartado veremos qué requisitos concretos debes cumplir para que esta deducción no te dé problemas.
¿Puedo deducir el IVA del coworking?
Una vez claro que el coworking puede deducirse en el IRPF, el siguiente paso lógico es preguntarte por el IVA. Y aquí la respuesta es clara: sí, puedes deducir el IVA del coworking, siempre que cumplas las condiciones que exige Hacienda para el IVA soportado en gastos profesionales.
La clave está en que el servicio de coworking esté sujeto y no exento de IVA y que lo utilices para el desarrollo de tu actividad. Normalmente, las cuotas de coworking incluyen un IVA del 21 %, que puedes recuperar en el modelo 303. Por ejemplo, si pagas 242 € al mes, de los cuales 42 € son IVA, esos 42 € son deducibles y reducen el IVA que tienes que ingresar a Hacienda.
Eso sí, Hacienda no perdona los detalles: solo podrás deducir el IVA si tienes una factura completa a tu nombre o al de tu negocio, con tu NIF y el IVA desglosado. Los tickets, recibos simples o facturas incompletas no sirven para deducir IVA, aunque el gasto sea real.
En resumen, el IVA del coworking es deducible sin problemas cuando el uso es profesional y la factura es correcta. De hecho, frente a otros gastos más conflictivos, el coworking suele ser uno de los gastos con menor riesgo fiscal, siempre que se haga bien desde el principio.
Requisitos legales y fiscales para que Hacienda acepte la deducción
Después de ver que el coworking puede deducirse tanto en el IRPF como en el IVA, llegamos al punto más importante del artículo: qué exige exactamente Hacienda para aceptar la deducción sin problemas. Aquí es donde muchos autónomos fallan, así que presta atención porque esta tabla es clave.
A continuación tienes la tabla más clara y completa con todos los requisitos que debes cumplir para deducirte el coworking con seguridad 👇
| Requisito | Qué exige Hacienda exactamente | Por qué es importante | Riesgo si no se cumple |
|---|---|---|---|
| Uso profesional del coworking | El espacio debe utilizarse principalmente para tu actividad económica | Hacienda solo permite deducir gastos vinculados a generar ingresos | Pueden rechazar el gasto por considerarlo personal |
| Factura completa | Factura con tu nombre o razón social, NIF, concepto detallado, base imponible e IVA desglosado | Es obligatoria para deducir tanto IRPF como IVA | Sin factura, la deducción no es válida |
| IVA desglosado | El IVA debe aparecer claramente separado en la factura | Sin IVA desglosado no puedes deducirlo en el modelo 303 | Pierdes la deducción del IVA |
| Pago justificable | Pago mediante transferencia, tarjeta o domiciliación | Permite demostrar la realidad del gasto | El efectivo genera sospechas y riesgo fiscal |
| Relación con la actividad | El coworking debe tener sentido con lo que haces (reuniones, trabajo diario, clientes) | Refuerza que el gasto es necesario | Hacienda puede cuestionar la necesidad del gasto |
| Registro contable correcto | El gasto debe estar registrado en tus libros de gastos | Es obligatorio en estimación directa | Puede dar lugar a regularizaciones |
| Periodicidad coherente | Cuotas mensuales o recurrentes | Demuestra uso habitual y profesional | Un uso puntual es más difícil de justificar |
| Contrato o condiciones del servicio | No es obligatorio, pero muy recomendable | Refuerza la prueba del uso profesional | Menor defensa ante una inspección |
| Actividad sujeta a IVA | Debes realizar una actividad que repercuta IVA | Solo así puedes deducir IVA soportado | Si tu actividad está exenta, no podrás deducir el IVA |
Conclusión clave de este apartado:
Si tienes factura completa, uso profesional real y un pago justificable, el coworking es uno de los gastos más sólidos y defendibles ante Hacienda. De hecho, suele generar menos conflictos que otros gastos habituales del autónomo como el coche o la vivienda.
Caso real de deducción del coworking como autónomo
Después de ver qué requisitos pide Hacienda, la mejor forma de entender cómo funciona esta deducción es con un ejemplo real y sencillo. Imagina que eres diseñador gráfico autónomo y trabajas desde un coworking de forma habitual porque allí atiendes clientes y desarrollas tu actividad diaria.
Pagas una cuota mensual de 250 € + 52,50 € de IVA, es decir, un total de 302,50 € al mes. El coworking te emite una factura completa, a tu nombre y con el IVA correctamente desglosado. Además, el pago se realiza por domiciliación bancaria, por lo que el gasto queda perfectamente justificado.
En este caso, los 250 € se deducen como gasto en el IRPF, reduciendo directamente el beneficio sobre el que tributas. Por otro lado, los 52,50 € de IVA se deducen en el modelo 303, restándose del IVA que cobras a tus clientes. Si mantienes este gasto durante todo el año, estarías deduciendo 3.000 € en IRPF y 630 € de IVA, una diferencia muy relevante en tu carga fiscal.
Este ejemplo refleja por qué el coworking es uno de los gastos más eficientes y seguros para un autónomo: es fácil de justificar, claro para Hacienda y tiene un impacto directo en el ahorro fiscal.


