Pregunta comun sobre autonomos

¿Un autónomo tiene que presentar el modelo 390?

Respuesta por:

Javier Borja Fuentes, autónomo con 5 años de experiencia.

javier borja autonomo

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Respuesta a la pregunta de autonomos

No, actualmente los autónomos no están obligados a presentar el modelo 390 si están acogidos al régimen simplificado del IVA o al sistema de SII (Suministro Inmediato de Información). Esto se debe a que Hacienda ya dispone de toda la información necesaria a través del modelo 303 que se presenta trimestralmente. Es decir, si como autónomo has cumplido con tus modelos trimestrales correctamente, en muchos casos no tendrás que presentar el resumen anual. Sin embargo, hay matices importantes a tener en cuenta.

Por ejemplo, si llevas a cabo operaciones fuera del régimen simplificado, como entregas intracomunitarias o estás en el régimen general, puede que sí tengas que presentarlo. Además, si te has dado de alta o baja en el régimen durante el ejercicio fiscal, o si eres una persona jurídica o profesional que realiza actividades con diferentes regímenes de IVA, la Agencia Tributaria te lo puede seguir exigiendo. Lo más importante es revisar cada año la orden ministerial correspondiente que regula los modelos del ejercicio fiscal, ya que es ahí donde se especifican los casos obligatorios.

Una recomendación clave que te puedo dar es que revises bien tu actividad económica y régimen fiscal antes de asumir que estás exento. He visto casos de compañeros que, por despiste, no presentaron el 390 pensando que no era necesario, y acabaron recibiendo un requerimiento de Hacienda. Lo más práctico es consultar tu caso concreto en tu borrador del modelo 303 del cuarto trimestre, donde en ocasiones ya se indica si debes presentar el modelo 390 o no. Y si usas un software de facturación o cuentas con asesoría, suelen darte este dato automáticamente para evitar problemas.

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