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Régimen de Ingresos por Dividendos: ¿Afectan tus Declaraciones?

Si cobras dividendos por tus inversiones, hay algo que debes tener claro: no todo lo que entra en tu cuenta es neto, Hacienda también quiere su parte. Entender bien el régimen de ingresos por dividendos es clave para que no te pillen desprevenido en la declaración de la renta, y para que optimices tu fiscalidad desde ya. Aquí te explicamos todo lo que necesitas saber, con ejemplos reales y estrategias que funcionan.

En Finantres, siempre mantenemos nuestra independencia editorial. Nos regimos por altos estándares de integridad en todo lo que publicamos, pero este artículo puede incluir menciones a productos de nuestros socios. A continuación, te explicamos cómo obtenemos ingresos. Nuestra promesa en Finantres es asegurarnos de que todo lo que compartimos sea imparcial, preciso y confiable.

5 puntos clave

  • Los dividendos tributan como rendimientos del capital mobiliario y están sujetos a retención desde el primer euro.

  • Las personas físicas pagan entre un 19 % y un 28 %, según el importe total recibido cada año.

  • Las sociedades pueden aplicar una exención del 95 %, siempre que cumplan con los requisitos de participación mínima y duración.

  • Puedes compensar pérdidas patrimoniales con los dividendos, reduciendo así la base imponible hasta en un 25 %.

  • Elegir entre efectivo o acciones en los dividendos permite planificar tu fiscalidad, retrasando impuestos si optas por el cobro en títulos.

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¿Qué es el régimen de ingresos por dividendos?

El régimen de ingresos por dividendos es el conjunto de normas fiscales que determinan cómo deben tributar los dividendos que recibes por tus inversiones en acciones. En otras palabras, se trata de las reglas que aplican cuando cobras parte del beneficio de una empresa en la que tienes participación.

En España, los dividendos se consideran rendimientos del capital mobiliario, y están sujetos a tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Es decir, cada vez que una empresa te reparte beneficios, tienes que declararlo y pagar impuestos por ello en tu declaración de la renta.

Este régimen establece qué cantidades debes declarar, cómo se calculan las retenciones y en qué tramos se tributa. No importa si el dividendo lo recibes en efectivo o si te lo pagan en acciones (lo que se conoce como script dividend), la Agencia Tributaria lo considera una ganancia que forma parte de tus ingresos.

Además, la fiscalidad puede variar dependiendo de si eres una persona física o una sociedad, si los dividendos provienen de una empresa nacional o extranjera, o si existe algún acuerdo de doble imposición con el país de origen del dividendo.

En resumen, entender el régimen de ingresos por dividendos te permite gestionar mejor tus inversiones y evitar sorpresas en la declaración de la renta. Saber cómo y cuándo tributan estos beneficios es clave para tomar decisiones más inteligentes a la hora de invertir en bolsa.

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Tributación de los dividendos para personas físicas

Una vez que tienes claro qué son los dividendos y cómo encajan en tu declaración, el siguiente paso es saber cómo tributan exactamente si eres una persona física en España. Aquí entramos en detalle sobre cuánto tendrás que pagar y cómo gestionarlo bien ante Hacienda.

Rendimientos de capital mobiliario: bases y tipos impositivos

En el IRPF, los dividendos se consideran rendimientos del capital mobiliario, y tributan en la base del ahorro. Esto quiere decir que no se suman al resto de tus ingresos laborales, sino que van por separado y tienen sus propios tramos impositivos.

Los tipos aplicables son:

  • 19 % para los primeros 6.000 €
  • 21 % entre 6.000 € y 50.000 €
  • 23 % entre 50.000 € y 200.000 €
  • 27 % entre 200.000 € y 300.000 €
  • 28 % para lo que supere los 300.000 €
  • Y a partir de 2026, se aplicará un tipo del 30 % a rentas del capital superiores a 300.000 €

Además, si ya te han retenido un porcentaje al recibir el dividendo (suele ser un retención del 19 %), esa cantidad se descuenta de lo que te toque pagar en la declaración.

Cómo declarar los dividendos en la Renta

Declarar los dividendos es sencillo, pero hay que hacerlo bien para evitar errores. Estos ingresos van en la casilla 029 de la declaración del IRPF, dentro del apartado de rendimientos del capital mobiliario.

Tendrás que indicar:

  • El importe bruto recibido (antes de la retención).
  • La retención practicada por la empresa o el broker.

Normalmente, si usas un broker español, ellos ya informan a Hacienda de esta información. Pero si inviertes a través de un broker extranjero, tendrás que asegurarte tú de declarar correctamente tanto el ingreso como la retención.

Dividendos en efectivo vs. script dividend y derechos de suscripción

No todos los dividendos se reciben igual. En España, es muy común que las empresas ofrezcan dividendos en efectivo o lo que se conoce como script dividend, donde te dan nuevas acciones en lugar de dinero.

Tributación al cobro o a la venta

  • Si eliges el dividendo en efectivo, tributas en el momento del cobro como rendimiento del capital mobiliario.
  • Si optas por recibir acciones (script dividend), en principio no tributas al recibirlas, pero sí cuando las vendas en el futuro. En ese momento, se considera una ganancia patrimonial.

Valoración del coste y fecha de adquisición

La clave está en cómo se calcula el beneficio cuando vendas esas acciones. Para Hacienda, el valor de adquisición será el valor asignado al recibir las acciones como dividendo. Si no se especifica, se utiliza el valor de cotización del día en que se asignaron. Esto afecta directamente al cálculo de la ganancia o pérdida patrimonial que deberás declarar más adelante.

Además, si lo que recibes son derechos de suscripción, y los vendes en el mercado secundario, esa venta tributa directamente como ganancia patrimonial, y deberás declararla en el ejercicio en el que se realiza la operación.

Este tipo de dividendos pueden parecer más complejos, pero entenderlos te ayudará a optimizar tu fiscalidad y evitar sustos innecesarios con Hacienda.

Fiscalidad para sociedades (personas jurídicas)

Después de conocer cómo tributan los dividendos en manos de personas físicas, es importante entender cómo se gestionan fiscalmente cuando el receptor es una sociedad. Este escenario es habitual en empresas holding, patrimoniales o cualquier entidad que invierte en otras compañías. Aquí la normativa cambia por completo.

Régimen de exención del 95 % en el Impuesto sobre Sociedades

En España, las sociedades pueden acogerse a un régimen fiscal muy ventajoso, que permite exonerar del pago del impuesto sobre el 95 % de los dividendos recibidos. Eso sí, para beneficiarse de esta exención hay que cumplir ciertos requisitos muy concretos:

  • Tener una participación mínima del 5 % en la entidad que reparte el dividendo,
  • o que la participación tenga un valor de adquisición superior a 20 millones de euros,
  • y mantener dicha participación durante al menos un año.

Este régimen está pensado para evitar la doble imposición económica en grupos empresariales. Es decir, que la misma renta no tribute dos veces en la misma cadena de propiedad.

Si se cumplen estas condiciones, el 95 % del dividendo recibido está exento de tributación en el Impuesto sobre Sociedades. Por tanto, solo se integrará el 5 % restante en la base imponible.

Tratamiento del 5 % como gasto de gestión

Ese 5 % no exento se justifica como un gasto no deducible asociado a la gestión de participaciones en otras sociedades. Esta regla se introdujo con la reforma de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS) en 2021, y desde entonces es obligatoria para todas las empresas que apliquen la exención.

En la práctica, esto significa que aunque puedas librarte de tributar por casi todo el dividendo, siempre tendrás que tributar por un 5 % del total recibido. No se admite prueba en contra ni justificación del gasto real: es un ajuste fijo que Hacienda considera representativo del coste de gestionar estas inversiones.

Por tanto, si tu empresa cobra, por ejemplo, 100.000 € en dividendos, podrá aplicar la exención sobre 95.000 €, pero tendrá que incluir 5.000 € en su base imponible y tributar por ellos al tipo general del 25 %.

Este matiz es crucial para la planificación fiscal de las sociedades, ya que afecta al cálculo del impuesto y al diseño de estructuras corporativas, especialmente en holdings o grupos de inversión.

Estrategias para optimizar tu fiscalidad

Una vez que entiendes cómo tributan los dividendos, tanto si eres persona física como jurídica, es el momento de dar un paso más: aprender a optimizar tu carga fiscal. Hay varias estrategias legales que puedes aplicar para reducir lo que pagas a Hacienda y mejorar la rentabilidad neta de tus inversiones.

Compensación de pérdidas y ganancias

Una de las herramientas más útiles es la compensación de pérdidas patrimoniales con ganancias. Si has tenido minusvalías (por ejemplo, por vender acciones con pérdidas), puedes compensarlas con las ganancias obtenidas por dividendos y otras rentas del ahorro.

En el IRPF, puedes compensar hasta un 25 % de los rendimientos del capital mobiliario con pérdidas patrimoniales. Y si no lo utilizas todo en un año, puedes arrastrarlo durante los cuatro ejercicios siguientes.

Esto te permite ajustar tu factura fiscal año tras año, especialmente si eres un inversor activo y diversificado.

Utilizar productos fiscales: planes de pensiones y fondos de acumulación

Otra forma inteligente de optimizar es aprovechar productos que posponen o reducen la tributación:

  • Planes de pensiones: permiten reducir la base imponible del IRPF. No afectan directamente a los dividendos, pero sí reducen el total a pagar si los combinas bien.
  • Fondos de inversión de acumulación: en lugar de cobrar dividendos, reinvierten automáticamente los beneficios. Así no tributas hasta que vendas las participaciones, y puedes aprovechar el diferimiento fiscal.

Estos instrumentos son especialmente útiles si tienes una estrategia de largo plazo y quieres mantener el crecimiento compuesto sin penalizaciones fiscales inmediatas.

Planificación entre efectivo y script dividend

Cuando las empresas te dan a elegir entre cobrar el dividendo en efectivo o recibir acciones, puedes hacer una pequeña planificación fiscal:

  • Si no necesitas liquidez inmediata, optar por acciones (script dividend) puede ser interesante, ya que no tributas en ese momento, sino cuando decidas vender.
  • Si eliges el dividendo en efectivo, pagarás impuestos directamente, pero con la ventaja de tener dinero disponible para nuevas inversiones, reducir deuda o diversificar cartera.

Combinar ambas opciones de forma estratégica, según tu situación personal y fiscal, puede marcar la diferencia en lo que terminas pagando cada año. No hay una única respuesta válida, pero lo importante es tomar la decisión de forma consciente, sabiendo cómo afecta a tu tributación.

Preguntas frecuentes

Si cobras dividendos de una empresa española utilizando un broker extranjero, debes tener en cuenta que puede que no se practique la retención fiscal del 19 % en origen, lo que significa que serás tú quien deba declararlos correctamente en tu IRPF. Además, en estos casos, la Agencia Tributaria no suele recibir la información automáticamente, por lo que es esencial que anotes los importes brutos, la fecha de cobro y la divisa si no es en euros. Asegúrate de reflejarlo correctamente en tu declaración para evitar sanciones o requerimientos posteriores.
Aunque no están regulados de la misma forma que los dividendos tradicionales, si un token o criptomoneda reparte beneficios (por ejemplo, a través de staking, recompensas o ingresos por participación en proyectos), Hacienda lo puede considerar como rendimiento del capital mobiliario o ganancia patrimonial, dependiendo de la estructura del producto. Lo importante es que debes declararlos en tu IRPF, indicando el valor en euros recibido y el tipo de ingreso, y guardar siempre un justificante de la transacción por si se requiere documentación adicional.
Sí, puedes donar acciones, pero hay que tener en cuenta que la operación está sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y que la persona que recibe la donación deberá tributar en función del valor de mercado de los títulos en el momento de la donación. Además, si el donatario recibe dividendos tras la donación, será él quien tribute por esos ingresos en su declaración de la renta, no el donante. Es recomendable realizar este tipo de operaciones con asesoramiento fiscal para optimizar tanto la tributación de la donación como la de los futuros ingresos.

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Óscar López/Formiux.com

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