Si un autónomo tiene ingresos bajos —es decir, unos rendimientos netos por debajo del Salario Mínimo Interprofesional, que en 2025 se sitúa en 1.184 € al mes—, tiene derecho a pagar una cuota reducida a la Seguridad Social. Durante los primeros 12 meses de alta podrá beneficiarse de la conocida tarifa plana, pagando una cuota mensual de 80 € aproximadamente (que en la práctica asciende algo más si se suma el recargo del Mecanismo de Equidad Intergeneracional, situándose alrededor de 87 € al mes).
Además, si al finalizar ese primer año los ingresos siguen siendo inferiores al SMI —es decir, menos de 1.184 € mensuales—, se puede solicitar una prórroga para continuar pagando esa misma cuota reducida durante otros 12 meses. Es imprescindible tramitar la ampliación antes de que termine el primer periodo de bonificación, a través del portal Import@ss de la Seguridad Social, declarando que los rendimientos anuales previstos no superarán el SMI.
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Transcurridos esos 24 meses o si en algún momento los ingresos superan el SMI, el autónomo pasará automáticamente al nuevo sistema de cotización según ingresos reales. En este caso, su cuota mensual dependerá del tramo de rendimientos netos en que se encuentre. Para ingresos netos bajos —por ejemplo entre 670 € y 1.166 € mensuales— la cuota mínima en 2025 oscila entre 205 € y 295 € al mes, siendo incluso más baja que en años anteriores gracias a bonificaciones específicas para los tramos más bajos.
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En resumen, si un autónomo tiene ingresos reducidos, puede pagar una cuota mensual muy baja, de unos 80 € durante el primer año y potencialmente otros 12 meses si sigue por debajo del SMI. Una vez finalice esa etapa bonificada, entra en vigor el modelo progresivo por tramos donde las cuotas oscilan entre 200 € y 295 € mensuales para los ingresos más bajos. A partir de ahí, según aumenten sus rendimientos, la cuota también se incrementará progresivamente.