Para que un gasto médico sea deducible como autónomo, tiene que estar directamente relacionado con tu actividad profesional. Esto significa que, si contratas un seguro médico privado que cubre tu salud como trabajador por cuenta propia, podrías deducirlo en la declaración del IRPF. La deducción está limitada a 500 euros anuales por persona, y puedes incluir también a tu cónyuge y a tus hijos menores de 25 años si conviven contigo. Esta deducción solo se aplica si estás en régimen de estimación directa, que es el más habitual entre los autónomos.
Ahora bien, si trabajas desde casa y tienes contratado un seguro del hogar que cubre tu despacho o parte de tu vivienda destinada a la actividad, también puedes deducir un porcentaje de ese gasto. El cálculo se hace en función del espacio que usas para trabajar respecto al total de la vivienda. Eso sí, es importante que tengas todos estos pagos correctamente facturados a tu nombre y con método de pago trazable, como transferencia o tarjeta, para que no tengas problemas si Hacienda revisa tu contabilidad.
Lo que no se puede deducir como gasto profesional son las consultas médicas o medicamentos que no estén directamente vinculados con tu actividad. Por ejemplo, una cita con el dentista o unas gafas nuevas no son deducibles si no puedes justificar que forman parte de tu desempeño laboral. Aunque en algunas comunidades autónomas sí existen deducciones personales por este tipo de gastos en la renta, esto no tiene nada que ver con los gastos deducibles de un autónomo en su actividad.
Para asegurarte de no cometer errores, conviene revisar muy bien cada gasto médico que quieras incluir. Si no estás seguro de si puedes deducirlo o no, es preferible consultar con un asesor o usar herramientas que te permitan llevar una contabilidad clara. También hay cuentas y bancos que facilitan este tipo de gestiones y te permiten categorizar tus pagos por tipo de gasto, lo cual es muy útil.
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