Resumen rápido
- Acciones y otros valores de fuente peruana: la ganancia suele ser renta de segunda categoría. Se deduce el 20% de la renta bruta y se aplica el 6,25% sobre la renta neta, lo que equivale al 5% de la ganancia bruta en un caso simple.
- Acciones y ETFs extranjeros negociados fuera de los supuestos especiales del artículo 51: la ganancia es renta de fuente extranjera y, en general, se suma a la renta neta del trabajo. Se aplica la escala progresiva del 8%, 14%, 17%, 20% y 30%.
- Valores extranjeros que sí cumplen el artículo 51: pueden sumarse a la renta neta de segunda categoría. SUNAT contempla, entre otros, determinados valores negociados mediante mecanismos integrados con Chile, Colombia y México.
- CFDs y otros instrumentos financieros derivados: para una persona domiciliada, la Ley del Impuesto a la Renta contiene una regla específica que considera sus resultados renta de fuente peruana y las ganancias por IFD, renta de segunda categoría. No pasan a ser renta extranjera solo porque el broker esté fuera de Perú.
- Dividendos de empresas peruanas: la tasa general para personas naturales domiciliadas es del 5%, normalmente mediante retención del pagador.
- Dividendos del extranjero: se tratan como renta de fuente extranjera y pueden generar además una retención en el país de origen.
- La retirada de dinero no es el hecho decisivo: una ganancia puede estar fiscalmente realizada o percibida aunque el saldo siga dentro del broker.
- No restes automáticamente 7 UIT a tus ganancias del extranjero: esa deducción está vinculada a rentas de cuarta y quinta categoría y tiene su propio límite.
Qué determina los impuestos que pagas por invertir o hacer trading en Perú
Antes de calcular ningún porcentaje, responde tres preguntas.
1. ¿Eres domiciliado fiscal en Perú? Para las personas domiciliadas, Perú puede gravar tanto rentas de fuente peruana como determinadas rentas de fuente extranjera. SUNAT considera, entre otros supuestos, domiciliado al peruano con domicilio en el país y al extranjero que haya permanecido más de 183 días dentro de un periodo de doce meses. Un no domiciliado tributa en Perú, con carácter general, por sus rentas de fuente peruana.
2. ¿Qué producto has operado? Comprar una acción real no es lo mismo que operar un CFD. En un CFD no adquieres la acción, el ETF, el índice o la divisa subyacente: tienes un contrato derivado. Esta diferencia cambia el análisis tributario.
3. ¿La renta es peruana o extranjera? Para valores mobiliarios importa especialmente dónde está domiciliada la entidad emisora y si la operación cumple los supuestos del artículo 51. Para instrumentos financieros derivados existe una regla específica: los resultados obtenidos por sujetos domiciliados se consideran renta de fuente peruana.
Si vas a invertir en títulos reales, nuestras guías sobre cómo comprar acciones desde Perú y cómo invertir en ETFs desde Perú explican la operativa. Aquí nos centramos en lo que ocurre después: cómo clasificar y declarar la renta.
Tabla rápida: cómo tributan las principales inversiones y operaciones
| Operación de una persona natural domiciliada | Tratamiento general | Tipo o escala orientativa | Cómo suele cumplirse |
|---|---|---|---|
| Venta con ganancia de acciones o valores de fuente peruana | Segunda categoría | 6,25% sobre renta neta tras deducción del 20%; equivalente al 5% de la ganancia bruta en un caso simple | Determinación anual; CAVALI puede practicar una retención del 5% sobre la ganancia en operaciones que liquide |
| Valores extranjeros fuera de los supuestos del art. 51 | Renta de fuente extranjera, sumada a renta neta del trabajo | 8%-30%, escala progresiva por tramos de UIT | Declaración anual |
| Valores extranjeros que cumplen el art. 51 | Se suman a la renta neta de segunda categoría | 6,25% sobre la renta neta imponible correspondiente | Regularización anual |
| Dividendos de fuente peruana | Segunda categoría | 5% sobre el dividendo | Retención al ponerse a disposición |
| Dividendos extranjeros | Renta de fuente extranjera | Se integra, en general, con renta neta del trabajo y fuente extranjera | Declaración anual; puede existir crédito por impuesto pagado fuera |
| CFD u otro IFD de una persona domiciliada | Fuente peruana y segunda categoría, en el supuesto general de persona natural sin negocio | 6,25% sobre renta neta; efecto del 5% sobre renta bruta en un caso simple | Las rentas de segunda categoría distintas de la venta de valores siguen, con carácter general, un esquema de pago mensual si no hubo retención |
SUNAT explica tanto el cálculo de la renta de segunda categoría como el tratamiento de las rentas de fuente extranjera. La tabla anterior sirve para orientarte, pero no sustituye el análisis de tu caso, sobre todo si tienes derivados, pérdidas, actividad empresarial o varias jurisdicciones.
Cómo tributan las acciones, ETFs y otros valores de fuente peruana
Cuando una persona natural domiciliada obtiene una ganancia de capital por la venta de valores mobiliarios de fuente peruana, la renta se considera de segunda categoría.
El cálculo básico funciona así:
- Restas al ingreso neto de venta el coste computable.
- Obtienes la renta bruta.
- Aplicas la deducción legal del 20%.
- Sobre la renta neta resultante aplicas el 6,25%.
En un caso sin otros ajustes, el resultado equivale al 5% de la ganancia bruta. Si la operación se liquida por CAVALI, SUNAT indica que la institución practica una retención del 5% sobre la diferencia entre el ingreso de la venta y el coste computable registrado; esa retención se tiene en cuenta en la regularización correspondiente.
Ejemplo ilustrativo. Compras acciones por S/ 10.000 y más adelante las vendes por S/ 13.000. Si el coste computable es S/ 10.000 y no hay otros ajustes, la renta bruta es S/ 3.000. La deducción del 20% deja una renta neta de S/ 2.400. El 6,25% de S/ 2.400 son S/ 150, justo el 5% de la ganancia bruta.
Esto no significa que todas las operaciones bursátiles hechas desde Perú tributen al 5%. Ese es uno de los errores más importantes al trasladar las reglas de una inversión local a una inversión internacional.
También conviene desconfiar de guías antiguas que presentan como regla general una exoneración de hasta 100 UIT para determinadas ganancias bursátiles. SUNAT identifica esa exoneración de la Ley 30341 como una medida temporal cuya vigencia terminó, por lo que no debes aplicarla a una operación nueva sin comprobar primero la norma que corresponda.
Qué cambia cuando compras acciones o ETFs del extranjero
Si compras acciones de Apple, Microsoft o cualquier otra empresa extranjera en una bolsa exterior, no debes asumir el tratamiento de una acción peruana.
SUNAT establece como regla general que la renta procedente de la venta de valores emitidos por entidades no domiciliadas es de fuente extranjera. Si no se cumplen los supuestos especiales del artículo 51, esa renta no se suma a segunda categoría: se añade a la renta neta del trabajo y de fuente extranjera.
La escala progresiva es:
| Renta neta imponible del trabajo + fuente extranjera | Tasa marginal |
|---|---|
| Hasta 5 UIT | 8% |
| Más de 5 y hasta 20 UIT | 14% |
| Más de 20 y hasta 35 UIT | 17% |
| Más de 35 y hasta 45 UIT | 20% |
| Más de 45 UIT | 30% |
Son tramos progresivos, no una tasa única sobre toda la renta. Estar en el tramo del 30% no significa pagar el 30% sobre el primer sol de renta imponible.
Si tu objetivo es acceder a empresas estadounidenses, nuestra guía de inversión en Wall Street desde Perú te ayuda con la parte operativa. Fiscalmente, lo importante es guardar el coste de adquisición, las ventas, comisiones, moneda y documentación de cada operación.
La excepción del artículo 51: no todo valor extranjero va a la escala del 8%-30%
La propia SUNAT recoge una excepción para determinadas ganancias de valores extranjeros. Pueden sumarse a la renta neta de segunda categoría cuando se cumplen las condiciones del artículo 51, entre ellas determinados valores registrados fuera y vendidos en un mecanismo de negociación extranjero con convenio de integración.
SUNAT identifica dentro de este marco los mecanismos integrados con Chile, Colombia y México. Si el valor extranjero no entra en esos supuestos, la regla general vuelve a ser su suma a rentas del trabajo y fuente extranjera.
Consejo práctico: no clasifiques una operación solo por la nacionalidad del broker. Dos usuarios del mismo broker pueden tener tratamientos distintos si uno compra una acción estadounidense en una bolsa de Estados Unidos y otro negocia un valor mediante un mecanismo que cumple el artículo 51.
El error de las 7 UIT en las inversiones extranjeras
Una confusión habitual consiste en calcular una ganancia con acciones extranjeras, restarle directamente 7 UIT y concluir que no hay impuesto.
No funciona así.
La ayuda oficial del Formulario Virtual 709 indica que la deducción fija de 7 UIT se efectúa hasta el límite de las rentas netas de cuarta y quinta categoría. Después, a la renta neta del trabajo resultante se le añade, cuando corresponde, la renta neta de fuente extranjera.
Por tanto, si una persona no tiene rentas de cuarta ni quinta categoría y obtiene únicamente una ganancia de fuente extranjera por valores que no cumplen el artículo 51, no debería restar mecánicamente 7 UIT a esa ganancia.
Este matiz puede cambiar mucho el cálculo y es una de las razones por las que merece la pena separar en tu hoja fiscal las rentas de trabajo de las inversiones internacionales.
Cómo tributan los dividendos en Perú
Los dividendos también cambian según su origen.
Dividendos de empresas peruanas
Para una persona natural domiciliada, la tasa aplicable a dividendos y otras distribuciones de utilidades de fuente peruana es del 5% y corresponde al pagador efectuar la retención cuando el dividendo se entrega o se pone a disposición.
Si inviertes buscando cobros periódicos, en nuestra guía sobre acciones que pagan dividendos desde Perú explicamos la parte de selección y operativa sin mezclarla con esta guía fiscal.
Dividendos del extranjero
Los dividendos procedentes de una empresa no domiciliada son renta de fuente extranjera. El Formulario 709 incluye expresamente los dividendos entre los tipos de renta extranjera que se registran en esa sección.
Además, puede haber una retención en el país de origen. En Estados Unidos, por ejemplo, el IRS señala que los dividendos de fuente estadounidense pagados a una persona extranjera están sujetos, con carácter general, a una retención del 30% salvo que resulte aplicable una reducción por tratado. El listado oficial de tratados de Estados Unidos no incluye a Perú, por lo que un residente peruano no dispone de una reducción general por convenio bilateral de renta con Estados Unidos. El formulario W-8BEN sirve para acreditar la condición de beneficiario extranjero y, cuando exista, solicitar un beneficio de tratado; no crea por sí solo una reducción que el tratado no contemple.
Puedes consultar las instrucciones oficiales del W-8BEN del IRS.
Matiz fiscal importante: el impuesto soportado en el extranjero no siempre se pierde. La legislación peruana permite, bajo determinadas condiciones, usar como crédito el impuesto sobre la renta pagado fuera de Perú, pero con límites: no puede superar ni el impuesto efectivamente pagado ni el máximo calculado con la tasa media aplicable.
Impuestos sobre CFDs, Forex y otros derivados: el broker extranjero no cambia la fuente por sí solo
Aquí está una de las diferencias más importantes frente a las acciones extranjeras.
La Ley del Impuesto a la Renta considera de segunda categoría cualquier ganancia o ingreso procedente de operaciones con instrumentos financieros derivados. Además, contiene una regla específica que califica como renta de fuente peruana los resultados de IFD obtenidos por sujetos domiciliados en el país.
Por eso, un CFD operado con un broker internacional no debe declararse automáticamente como renta de fuente extranjera solo porque la empresa esté en Bahamas, Australia, Reino Unido u otra jurisdicción.
En un caso sencillo de persona natural domiciliada, sin actividad empresarial y con una ganancia bruta gravada de S/ 4.000 en un CFD, la deducción del 20% dejaría S/ 3.200 de renta neta y el 6,25% daría un impuesto de S/ 200.
El problema real aparece cuando hay decenas de posiciones, pérdidas, swaps, comisiones y cierres parciales: no conviene tomar sin más el “beneficio neto anual” que aparece en la plataforma.
Para no duplicar una cuestión que merece su propio tratamiento, tienes el paso a paso específico en cómo declarar ante SUNAT las ganancias por trading de CFD. Si operas divisas, revisa también cómo operar Forex desde Perú, porque debes comprobar si lo que tienes es un CFD u otro derivado y no una simple compraventa de moneda.
Error común: aplicar la escala del 8%-30% a todo lo operado con un broker extranjero. Esa escala sí es clave para muchas rentas de fuente extranjera, como acciones extranjeras fuera del artículo 51, pero un IFD tiene una regla de fuente específica para sujetos domiciliados.
Cuándo se declara: vender, cobrar o retirar dinero no son lo mismo
El movimiento de dinero hacia tu banco no determina por sí solo cuándo nace la renta.
Para las rentas de fuente extranjera, SUNAT parte del criterio de que se consideran a efectos del impuesto cuando se han percibido. En derivados también hay que distinguir entre una posición abierta con una ganancia latente y un contrato ya liquidado cuyo resultado ha quedado a disposición del contribuyente.
En la práctica:
- Depositar S/ 10.000 en un broker no genera una renta de S/ 10.000.
- Retirar S/ 12.000 tampoco prueba por sí solo que hayas ganado S/ 2.000. Puede haber aportaciones, posiciones abiertas, dividendos, costes o resultados de otros periodos.
- Si vendes una acción con ganancia o cierras un derivado y el resultado queda a tu disposición, no deberías esperar a retirar el dinero al banco para analizar su tributación.
Si necesitas ordenar la operativa desde cero, nuestra guía sobre cómo hacer trading desde Perú cubre la parte de proceso y gestión del riesgo.
Cómo declarar tus inversiones y operaciones ante SUNAT sin mezclar conceptos
La forma más segura de preparar la declaración no es empezar por “¿qué porcentaje pago?”, sino por construir un mapa de tus operaciones.
1. Separa valores reales y derivados
Crea dos bloques: acciones, ETFs, bonos u otros valores por un lado; CFDs, futuros, opciones u otros derivados por otro.
Esta separación evita tratar un CFD sobre Tesla como si hubieras comprado acciones de Tesla.
2. Separa fuente peruana y fuente extranjera
Dentro de los valores reales, distingue:
- Emisores domiciliados en Perú.
- Emisores extranjeros.
- Valores extranjeros que puedan cumplir el artículo 51.
- Dividendos peruanos.
- Dividendos extranjeros.
En los IFD de un domiciliado, recuerda la regla específica de fuente peruana.
3. Calcula en soles y conserva el tipo de cambio
SUNAT indica para la renta extranjera derivada de la venta de acciones emitidas por entidades del exterior que el importe en moneda extranjera se convierte a moneda nacional utilizando el tipo de cambio compra correspondiente al cierre del día de percepción.
No conviertas todo el año a un único cambio elegido por comodidad si las operaciones se percibieron en fechas distintas.
4. No compenses pérdidas “a ojo”
Existen reglas concretas de compensación. Por ejemplo, SUNAT permite compensar entre sí determinadas rentas y pérdidas de valores extranjeros del artículo 51, pero excluye las pérdidas procedentes de países o territorios de baja o nula imposición. La compensación de derivados tiene sus propios matices.
Consejo experto: si tu broker muestra “ganancia neta anual” después de sumar beneficios, pérdidas, swaps y comisiones, no des por hecho que esa cifra es idéntica a la base fiscal peruana.
5. Utiliza el formulario y la periodicidad correctos
El Formulario Virtual 709 sirve para la declaración anual de personas naturales, incluidas las rentas de segunda categoría que correspondan a regularización y las rentas del trabajo y/o de fuente extranjera.
Para rentas de segunda categoría distintas de la venta de acciones y otros valores mobiliarios, SUNAT establece con carácter general pagos definitivos mensuales mediante retención o, si no existe retenedor peruano, pago directo a través del Formulario Virtual 1665. Este punto resulta especialmente relevante para derivados y merece validar el caso si tu operativa es compleja.
Qué documentación deberías guardar de tu broker
Un broker extranjero puede darte buenos informes de trading y, aun así, no prepararte una declaración adaptada a SUNAT. La responsabilidad de reconstruir la renta suele recaer en el inversor.
Guarda como mínimo:
- Extractos mensuales y anuales.
- Confirmaciones de compra, venta, apertura y cierre.
- Coste de adquisición de cada valor.
- Comisiones y gastos identificados.
- Dividendos brutos y retenciones practicadas.
- Swaps o financiación de posiciones apalancadas.
- Moneda de cada operación.
- Tipo de cambio utilizado para convertir a soles.
- Justificantes de depósitos y retiradas.
- Impuestos pagados o retenidos en el extranjero.
- Constancias de retenciones de CAVALI, si procede.
- Copias de formularios y pagos presentados a SUNAT.
Una hoja de cálculo con fecha, producto, instrumento real o derivado, país del emisor, moneda, ingreso, coste, resultado, tipo de cambio, renta peruana o extranjera y retenciones puede ahorrarte mucho trabajo al cerrar el ejercicio.
¿Qué broker tiene sentido para hacer trading desde Perú?
La fiscalidad no debería hacerte elegir un broker malo, pero sí debería influir en lo que exiges a la plataforma: historial descargable, movimientos detallados, documentación clara y facilidad para reconstruir cada operación.
Si quieres comparar alternativas para inversión y trading, puedes revisar los mejores brokers disponibles en Perú y comprobar antes la regulación de brokers en Perú. La SMV ha advertido expresamente sobre el ofrecimiento público de Forex y CFDs y recuerda que estas ofertas no deben confundirse con entidades autorizadas o supervisadas localmente.
Para trading activo de Forex y CFDs, nuestra primera opción para un trader peruano con experiencia que cumpla las condiciones de alta es Pepperstone. Nos parece especialmente fuerte por la variedad de plataformas —MetaTrader 4, MetaTrader 5, cTrader, TradingView y plataforma propia— y por su especialización en productos derivados. Eso no lo convierte en una buena elección para todo el mundo: los CFDs son productos apalancados de alto riesgo y no compras el activo subyacente. La entidad y la regulación aplicables a una cuenta concreta deben revisarse durante el alta, porque Pepperstone indica que su documentación y condiciones varían según la entidad con la que se registre cada cliente.
Antes de decidir, revisa nuestras opiniones de Pepperstone en Perú y comprueba que entiendes el apalancamiento, los costes de financiación y cómo descargar el historial de operaciones. Para comprar acciones o ETFs reales a largo plazo buscaríamos una plataforma orientada a inversión al contado, no un broker elegido principalmente por su oferta de CFDs.
Finantres puede recibir una compensación si contratas a través de algunos de nuestros enlaces, sin coste adicional para ti. Esto no cambia nuestro criterio: primero debe encajar la plataforma con lo que quieres hacer y con el riesgo que puedes asumir.
Errores fiscales frecuentes que conviene evitar
Pensar que “broker extranjero” significa siempre renta extranjera. Es cierto para muchas inversiones en valores extranjeros, pero no para todos los productos. Los IFD de una persona domiciliada tienen una regla específica de fuente peruana.
Aplicar el 5% a cualquier inversión. El 5% efectivo es relevante en varios supuestos de segunda categoría, pero una ganancia por acciones extranjeras fuera del artículo 51 puede acabar en la escala progresiva del 8%-30%.
Restar 7 UIT de una ganancia extranjera sin tener rentas de trabajo. La mecánica del Formulario 709 limita esa deducción a las rentas netas de cuarta y quinta categoría.
Esperar a retirar el dinero. Una venta o una liquidación puede ser fiscalmente relevante antes de que transfieras el saldo a una cuenta bancaria peruana.
Mezclar dividendos y plusvalías. Un dividendo y una ganancia por vender una acción son rentas distintas y pueden tener retenciones y créditos diferentes.
Restar todas las pérdidas y comisiones sin revisar la norma. Las reglas de compensación no son iguales para valores locales, valores extranjeros e instrumentos derivados.
Confiar en que el broker hará la declaración peruana por ti. Descarga tus reportes y conserva el cálculo que explique cómo llegaste a cada importe declarado.
Conclusión
Los impuestos sobre trading e inversiones en Perú se entienden mejor con una regla sencilla: primero identifica el producto; después la fuente de la renta; y solo entonces aplica la tasa y el formulario correspondientes.
Para acciones y valores de fuente peruana, el tratamiento general de segunda categoría conduce a un 5% efectivo sobre la ganancia bruta en un caso simple. Las acciones extranjeras negociadas fuera de los supuestos del artículo 51 suelen pasar a renta de fuente extranjera y a la escala progresiva del 8%-30%. Los CFDs y otros instrumentos financieros derivados son el gran matiz: para una persona domiciliada, la ley contiene una regla específica de fuente peruana y segunda categoría.
Si tu operativa se limita a unas pocas compras y ventas, ordenar costes, fechas y tipos de cambio puede ser suficiente para preparar bien la declaración. Si haces trading frecuente, operas derivados, tienes muchas pérdidas y ganancias o cobras dividendos de varios países, merece la pena validar el cálculo con un asesor tributario peruano antes de presentar o pagar. Corregir una clasificación equivocada después suele ser más incómodo que revisar el criterio antes.






















