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DEGIRO y el modelo D6

Si inviertes con DEGIRO y no sabes qué es el Modelo D6, este artículo te va a ahorrar más de un susto. Muchos inversores desconocen que, al tener valores depositados fuera de España, deben presentar esta declaración informativa ante el Ministerio de Industria. Pero tranquilo, porque aquí te explico qué es el Modelo D6, cuándo estás obligado a presentarlo, cómo rellenarlo correctamente y qué sanciones puedes evitar si haces las cosas bien. Todo explicado de forma clara, sencilla y sin tecnicismos, para que tengas tu fiscalidad en orden sin complicaciones.

5 puntos clave de DEGIRO y el D6

  • 📌 El Modelo D6 es obligatorio si tienes valores en el extranjero al 31 de diciembre o has hecho operaciones durante el año.

  • 📊 DEGIRO custodia tus activos fuera de España, por lo que puede implicar la obligación de presentar el D6.

  • 📝 Rellenar el Modelo D6 requiere datos como el ISIN, número de títulos y valor en euros, que puedes obtener desde tu cuenta de DEGIRO.

  • 🖥️ La presentación es telemática y se realiza en la web del Ministerio de Industria antes del 31 de enero.

  • ⚠️ No presentarlo a tiempo puede conllevar sanciones desde 150 € hasta 6.000 €, aunque muchas veces no se aplican si lo regularizas voluntariamente.

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¿Qué es el Modelo D6 y para qué sirve?

El Modelo D6 es una declaración informativa que deben presentar ante Hacienda los residentes fiscales en España que tienen valores depositados en el extranjero. Es decir, si utilizas un bróker online como DEGIRO, que guarda tus acciones fuera de España (habitualmente en Holanda), puede que estés obligado a presentar este modelo. Su principal objetivo es controlar las inversiones en el extranjero, asegurándose de que están correctamente informadas y, en caso de inspección, poder justificar su procedencia y naturaleza.

Este modelo no implica pagar impuestos, pero su presentación es obligatoria si se cumplen ciertos requisitos, como tener valores en el extranjero a 31 de diciembre o haber hecho operaciones durante el año. No hacerlo dentro del plazo puede conllevar sanciones, aunque en la práctica muchas veces no se aplican. Aun así, es clave cumplir con esta obligación para evitar problemas futuros con Hacienda y mantener nuestras inversiones en regla.

¿Cómo afecta el Modelo D6 a los usuarios de DEGIRO?

Ahora que ya sabes qué es el Modelo D6, vamos a ver cómo te afecta si operas con un bróker como DEGIRO. Este bróker tiene su sede en Países Bajos y tus valores no se custodian en España, por lo que Hacienda lo considera una inversión en el extranjero. Esto significa que si cumples ciertas condiciones, estarás obligado a presentar el Modelo D6 cada año.

En concreto, si al 31 de diciembre tienes acciones, ETFs u otros valores en DEGIRO, o si has hecho operaciones durante el año (compras o ventas), es muy probable que debas informar de ello a través del Modelo D6. Es importante revisar bien cada caso, ya que no todo el mundo está obligado, pero si se da alguna de esas situaciones, es recomendable cumplir con esta declaración para evitar sanciones innecesarias. Además, hacerlo demuestra que tienes todo en regla y que gestionas tus inversiones de forma transparente.

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Cómo rellenar y presentar el Modelo D6 con DEGIRO

Una vez sabes que estás obligado a presentar el Modelo D6 por tener valores en DEGIRO, es momento de ver cómo puedes completarlo y entregarlo paso a paso. Aunque al principio pueda parecer complejo, con una buena guía todo es mucho más sencillo. Aquí te explico cómo hacerlo de forma práctica y sin líos.

Paso 1: Descarga del modelo

Lo primero que necesitas es descargar el formulario oficial desde la web del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (no se presenta ante Hacienda directamente). Busca el apartado de “Declaración de inversiones exteriores” y descarga el modelo D6 en formato Excel. Este archivo incluye macros, así que asegúrate de tenerlas habilitadas.

Paso 2: Rellenar tus datos personales

En la primera hoja, introduce tus datos personales y fiscales, como nombre, NIF, domicilio y país de residencia. Estos campos deben coincidir con los que aparecen en tu declaración de la renta.

Paso 3: Información sobre tus valores en DEGIRO

Aquí viene lo más importante. DEGIRO no ofrece un documento específico para el Modelo D6, pero puedes usar el informe de posiciones a 31 de diciembre y el historial de operaciones del año para extraer los datos necesarios. Necesitarás:

  • ISIN de cada valor.
  • Nombre del activo.
  • Número de títulos.
  • Valor de adquisición o de mercado.
  • Fecha de la operación (si aplicas por movimientos).

Asegúrate de que todos los datos estén en euros (€) y bien convertidos si el valor cotiza en otra divisa.

Paso 4: Tipo de declaración

Debes indicar si es una declaración de depósitos (si tienes valores al 31 de diciembre) o una declaración de operaciones (si has hecho movimientos durante el año). Puedes presentar una o ambas, según tu caso.

Paso 5: Presentación del modelo

Desde 2021, la presentación es telemática obligatoria. Para ello necesitas tener certificado digital o Cl@ve PIN. Una vez rellenado el archivo Excel, lo exportas en formato XML y lo subes a través de la plataforma electrónica del Ministerio de Industria. Guarda siempre el justificante de presentación.

Con estos pasos, ya habrás cumplido con la obligación del Modelo D6 si operas con DEGIRO. Si te resulta complejo, también puedes contar con un asesor fiscal que te lo gestione, sobre todo si tienes una cartera amplia. Lo importante es no dejarlo para el último día y tener la documentación preparada con tiempo.

Plazos y sanciones por no presentar el Modelo D6

Ahora que ya sabes cómo rellenar y presentar el Modelo D6 con DEGIRO, es fundamental que tengas muy claro cuándo hay que presentarlo y qué pasa si no lo haces a tiempo. Aunque es una declaración informativa, Hacienda y el Ministerio de Industria pueden aplicar sanciones si no cumples con los plazos establecidos.

Para que lo tengas todo claro y de un vistazo, aquí tienes la mejor tabla resumen con los plazos y posibles sanciones asociadas a la presentación del Modelo D6:

ConceptoDetalle
Plazo de presentaciónHasta el 31 de enero del año siguiente al que se refieren los datos.
Obligación anualSí, si se mantienen valores a 31 de diciembre o se han realizado operaciones.
Dónde se presentaTelemáticamente en la web del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Sanción por no presentarDesde 150 € hasta 6.000 €, dependiendo de la gravedad y reincidencia.
Sanción por errores u omisionesEntre 300 € y 6.000 € si se considera una infracción grave.
¿Se aplica siempre la sanción?No siempre. En la práctica, si presentas voluntariamente fuera de plazo, puede que no haya multa. Pero no es garantía.
Prescripción de la infracción4 años desde el momento en que debió presentarse el modelo.

Mi consejo es que no apures al último día. Aunque muchas veces las sanciones no se aplican, lo mejor es tener todo en regla y dentro del plazo legal. Presentarlo a tiempo no te lleva más de una tarde y te ahorra muchos dolores de cabeza.

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