IRPF · España · normativa 2026
Calculadora de desgravación del plan de pensiones
Estima cuánto de tus aportaciones puede reducir la base imponible y el ahorro fiscal aproximado según tu tipo marginal.
Alcance y casos especiales
La herramienta aplica el límite general, el límite del 30 % y los incrementos ordinarios por sistemas de empleo y determinados sistemas de autónomos.
No calcula regímenes especiales por discapacidad, aportaciones al plan del cónyuge, seguros colectivos de dependencia ni la posible insuficiencia de base imponible general.
Las cantidades que no puedan reducirse por el límite porcentual pueden, si se cumplen los requisitos, solicitarse para los cinco ejercicios siguientes. Las aportaciones que excedan los límites financieros no reciben ese tratamiento.
Resumen rápido
- En un plan individual, el límite general que puede dar derecho a reducción es de 1.500 € anuales.
- Ese límite puede incrementarse con determinadas contribuciones empresariales y aportaciones del trabajador a sistemas de empleo, y con ciertas aportaciones de autónomos.
- En todo caso, la reducción queda limitada también por el 30 % de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.
- El ahorro fiscal se estima como reducción de base × tipo marginal introducido. No es una cuota exacta de IRPF ni una devolución garantizada.
- Si quieres entender primero cómo funciona el producto, consulta nuestra guía sobre planes de pensiones. Para profundizar en los impuestos, la pieza más útil es nuestra guía sobre fiscalidad de los planes de pensiones.
Cómo usar la calculadora de desgravación del plan de pensiones
Para obtener una estimación útil, lo importante es introducir los datos correctos.
| Dato | Qué debes introducir |
|---|---|
| Aportación a plan individual | Lo aportado o lo que prevés aportar a tu plan individual durante el ejercicio. |
| Rendimientos netos del trabajo y actividades económicas | La suma de ambos rendimientos netos. De aquí sale el límite del 30 %. |
| Tipo marginal de IRPF estimado | El tipo marginal que quieras utilizar para aproximar el ahorro fiscal. |
| Contribuciones de la empresa | Lo que tu empresa aporta a tu plan de empleo. |
| Aportaciones propias al mismo plan | Lo que tú aportas al mismo instrumento de empleo cuando existen contribuciones empresariales. |
| Más de 60.000 € procedentes de esa empresa | Debe responderse atendiendo a los rendimientos íntegros del trabajo procedentes de la empresa que realiza la contribución, no a todos tus ingresos. |
| Aportaciones como autónomo | Solo las realizadas a sistemas que encajen en los supuestos que permiten el incremento específico para trabajadores por cuenta propia. |
Error común: confundir salario bruto con rendimientos netos del trabajo. Para calcular el límite del 30 %, la norma utiliza rendimientos netos. Si estás preparando tu declaración y necesitas ubicar mejor estos conceptos, nuestra guía del Modelo 100 del IRPF puede ayudarte.
También conviene distinguir otro dato: el umbral de 60.000 € del plan de empleo sí se refiere a rendimientos íntegros del trabajo procedentes del empleador que hace la contribución. Son dos conceptos diferentes y mezclarlos puede alterar el resultado.
Cómo calcula la reducción fiscal de un plan de pensiones
La calculadora cruza dos límites: cuánto de las aportaciones entra dentro de los límites anuales aplicables y cuánto permite reducir el límite del 30 % de tus rendimientos netos.
Como regla general, la Ley del IRPF establece la menor de estas dos cantidades: el 30 % de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas o 1.500 €, con los incrementos que correspondan para determinados sistemas de empleo y autónomos.
Puedes comprobar también los límites oficiales de aportaciones y reducción publicados por la Agencia Tributaria.
Límite general de 1.500 €
Si únicamente haces aportaciones a un plan individual, el límite general es de 1.500 € anuales, siempre sujeto además al límite del 30 %.
Por tanto, no debes confundir cuánto has aportado con cuánto puedes reducir en la base imponible. La calculadora muestra ambas cantidades precisamente para que puedas ver la diferencia.
Incremento por plan de empleo: hasta 8.500 € adicionales
El límite general puede incrementarse en hasta 8.500 € cuando el incremento procede de contribuciones empresariales o de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social dentro de las condiciones establecidas.
Esto no significa que cualquier aportación personal a un plan de empleo permita automáticamente llegar a 10.000 €. La cantidad de la aportación propia del trabajador que puede acogerse al incremento depende, entre otras cosas, de cuánto aporta la empresa.
Cuando los rendimientos íntegros procedentes de la empresa que contribuye no superan 60.000 €, la referencia para las aportaciones propias del trabajador es esta:
| Contribución anual de la empresa | Aportación máxima del trabajador que puede computar para el incremento |
| Hasta 500 € | 2,5 × contribución empresarial |
| De 500,01 € a 1.500 € | 1.250 € + 0,25 × (contribución empresarial − 500 €) |
| Más de 1.500 € | Igual a la contribución empresarial |
Si los rendimientos íntegros del trabajo procedentes de esa empresa superan 60.000 €, se aplica un multiplicador 1: a estos efectos, la aportación propia vinculada al incremento no puede superar la contribución empresarial.
Consejo práctico: si tienes más de un empleador, no mires tu salario total para responder a esta pregunta. El umbral se analiza respecto a la empresa que realiza la contribución.
Incremento para determinados sistemas de autónomos: hasta 4.250 €
Los trabajadores por cuenta propia pueden tener un incremento de hasta 4.250 € cuando sus aportaciones se realizan a los sistemas expresamente admitidos por la normativa, como determinados planes de pensiones de empleo simplificados o sectoriales para autónomos y otros sistemas previstos legalmente.
Por tanto, ser autónomo no convierte cualquier producto de ahorro o cualquier plan en apto para ese incremento. Debe tratarse de un sistema que cumpla los requisitos fiscales correspondientes.
Si solo combinas el límite general con el incremento específico de autónomos, el máximo teórico sería 1.500 € + 4.250 € = 5.750 €, antes de aplicar el límite del 30 %.
Si además concurren incrementos por sistemas de empleo, la suma de los incrementos adicionales de empleo y autónomos no puede superar 8.500 €.
El límite del 30 % puede reducir la cantidad finalmente utilizable
Aunque todas tus aportaciones estén dentro de los límites anteriores, todavía hay que aplicar el 30 % de la suma de tus rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.
Imagina que esos rendimientos netos suman 4.000 €. Tu límite porcentual sería:
4.000 € × 30 % = 1.200 €
Si hubieras aportado 1.500 € a un plan individual, la reducción estimada de ese ejercicio quedaría limitada a 1.200 €. Los 300 € restantes requieren un tratamiento distinto al de una aportación que directamente exceda los límites financieros, como veremos más adelante.
Qué significa cada resultado de la calculadora
La herramienta muestra varias cifras porque aportación, reducción de base y ahorro fiscal son cosas diferentes.
Ahorro fiscal estimado. Es la reducción de base calculada multiplicada por el tipo marginal que has introducido. Si la reducción estimada es de 1.500 € y utilizas un marginal del 37 %, la calculadora mostrará un ahorro orientativo de 555 €.
Reducción de base estimada. Es la parte de tus aportaciones que, según los datos introducidos y los límites contemplados por la herramienta, podría reducir la base imponible general.
Límite del 30 %. Es el 30 % de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas introducidos.
Límite financiero aplicable. Indica el máximo que puede entrar en el cálculo según tu combinación de plan individual, contribuciones empresariales, aportaciones propias al plan de empleo y sistemas elegibles para autónomos.
Aportaciones totales introducidas. Es la suma de todos los importes informados. Puede ser superior a la reducción finalmente aplicable.
Desglose avanzado. Permite ver qué incremento procede del plan de empleo, qué incremento corresponde a aportaciones elegibles como autónomo, qué cantidad queda limitada por el 30 % y qué parte está por encima de los límites financieros contemplados.
Ejemplos prácticos de desgravación de planes de pensiones
Los siguientes son ejemplos hipotéticos para entender cómo funciona la calculadora. No representan una declaración real ni asesoramiento fiscal personalizado.
| Caso | Datos | Reducción estimada | Ahorro orientativo |
| Plan individual | Aportación 1.500 €, rendimientos netos 40.000 €, marginal 37 % | 1.500 € | 555 € |
| El 30 % limita la reducción | Aportación 1.500 €, rendimientos netos 4.000 €, marginal 19 % | 1.200 € | 228 € |
| Plan individual + empleo | Individual 1.500 €, empresa 1.000 €, trabajador 1.000 € al mismo plan, rendimientos netos 35.000 €, marginal 30 % y sin superar 60.000 € procedentes de esa empresa | 3.500 € | 1.050 € |
| Autónomo con sistema elegible | Individual 1.500 €, sistema elegible 4.250 €, rendimientos netos 30.000 €, marginal 30 % | 5.750 € | 1.725 € |
En el tercer ejemplo, la aportación del trabajador de 1.000 € está por debajo del máximo permitido para una contribución empresarial de 1.000 €. En el cuarto, el límite del 30 % sería 9.000 €, por lo que no reduciría los 5.750 € del ejemplo.
Si además quieres poner en perspectiva el efecto de mantener un ahorro invertido durante años, puedes probar nuestra calculadora de interés compuesto y comparar distintos horizontes. Para un ejemplo centrado específicamente en jubilación, también explicamos cómo funciona el interés compuesto en un plan de pensiones.
El ahorro fiscal estimado no es la devolución de la renta
Este es probablemente el matiz más importante de toda la calculadora: reducir la base imponible no equivale a recibir ese mismo importe de Hacienda.
La aproximación utilizada es:
Ahorro fiscal estimado = reducción de base estimada × tipo marginal introducido
Es una forma sencilla de hacerse una idea, pero el IRPF es progresivo. Si la reducción de base atraviesa diferentes tramos, no toda la cantidad tiene por qué generar ahorro al mismo tipo marginal.
También influyen la escala autonómica aplicable, el resto de tus rentas, mínimos personales y familiares, otras reducciones y el conjunto de circunstancias de tu declaración.
Por eso, si la calculadora muestra un ahorro de 800 €, no significa que tu declaración vaya a devolverte 800 € más. Significa que, utilizando el marginal que has introducido como aproximación, la reducción calculada tendría un efecto fiscal estimado de esa magnitud.
Qué pasa con la parte que no puedes reducir este año
Aquí conviene distinguir dos situaciones porque no tienen el mismo tratamiento fiscal.
Si una aportación está dentro de los límites admitidos pero no puede reducirse por insuficiencia de base o porque entra en juego el límite del 30 %, la normativa permite solicitar que la cantidad pendiente se reduzca en los cinco ejercicios siguientes, respetando los límites correspondientes.
En cambio, esta posibilidad no se aplica a aportaciones y contribuciones que excedan los límites máximos financieros. La propia Ley del IRPF diferencia expresamente ambos casos.
Por eso el desglose avanzado de la calculadora separa:
- cantidades potencialmente pendientes por el límite del 30 %;
- excesos sobre el límite financiero aplicable.
No conviene sumar ambas cifras y tratarlas como si pudieran trasladarse de la misma manera.
Puedes ampliar esta parte en la guía oficial de la Agencia Tributaria sobre límites y excesos de aportaciones y consultar directamente el artículo 52 de la Ley del IRPF en el BOE.
Qué no contempla esta calculadora
La herramienta está diseñada para resolver bien el caso general, no para reproducir toda una declaración de IRPF. No deberías considerar el resultado un cálculo fiscal definitivo en situaciones especiales.
Entre otras limitaciones, no contempla los regímenes específicos de aportaciones a favor de personas con discapacidad, aportaciones a sistemas de previsión social del cónyuge, seguros colectivos de dependencia ni otros supuestos fiscales especiales.
Tampoco incorpora los excesos pendientes de reducción de ejercicios anteriores. Esto puede ser relevante porque las cantidades pendientes de años previos pueden tener prioridad frente a las aportaciones del ejercicio al calcular la reducción real.
Además, como no introduces tu base imponible general completa, la herramienta no puede comprobar todos los casos en los que esa base suponga un límite adicional a la reducción.
Otra limitación importante: los límites explicados aquí corresponden al régimen general del IRPF. La normativa estatal se aplica sin perjuicio de los regímenes forales del País Vasco y Navarra, por lo que estos cálculos no deben trasladarse automáticamente a contribuyentes sujetos a normativa foral.
Por último, la calculadora no puede comprobar por sí misma que un producto concreto contratado por un autónomo cumple todos los requisitos para aplicar el incremento de 4.250 €. Si tienes dudas sobre el sistema que utilizas, revisa su documentación fiscal o consulta con un profesional.
¿Compensa aportar a un plan de pensiones solo para pagar menos IRPF?
No debería ser el único motivo para hacerlo. El ahorro fiscal puede ser interesante, pero un plan de pensiones sigue siendo un producto de inversión y previsión a largo plazo. Antes de aportar más, deberías mirar costes, política de inversión, riesgo, liquidez y si realmente encaja con tu situación.
También debes mirar la otra cara de la fiscalidad. Las prestaciones cobradas de un plan de pensiones tributan, con carácter general, como rendimientos del trabajo. Por tanto, el beneficio de aportar no es “dinero gratis”: parte de la lógica fiscal consiste en desplazar tributación al momento en el que recuperes el dinero, y el resultado dependerá de tu situación en ese momento.
Antes de inmovilizar más ahorro solo por conseguir una reducción fiscal, revisa tu liquidez. Si todavía no sabes cuánto colchón deberías mantener disponible, puedes estimarlo con nuestra calculadora de fondo de emergencia.
También puede ayudarte separar primero gastos, ahorro e inversión. Nuestra calculadora de ahorro 50/30/20 permite hacer ese ejercicio antes de decidir cuánto destinar a productos de largo plazo.
Y compara alternativas según lo que realmente necesites. Si valoras especialmente la posibilidad de realizar traspasos entre fondos y una estructura de inversión diferente, revisa nuestra comparativa de fondos de inversión vs planes de pensiones.
Si estás planteando una cartera de inversión más flexible y negociada en mercado, también te interesa entender las diferencias entre ETFs y planes de pensiones.
Y si estás comparando soluciones de ahorro a largo plazo con un funcionamiento fiscal y asegurador distinto, puedes revisar PIAS vs planes de pensiones.
Si después de hacer estos números decides que un plan encaja contigo, el siguiente paso no debería ser elegir simplemente el primero que ofrezca una ventaja fiscal. Compara costes, política de inversión y condiciones entre las mejores plataformas para planes de pensiones antes de decidir.
Conclusión
La calculadora de desgravación de plan de pensiones sirve para responder una pregunta muy concreta: cuánto de tus aportaciones puede reducir la base imponible y qué ahorro fiscal aproximado podría representar.
No te quedes únicamente con la cifra del ahorro estimado. Mira también el límite del 30 %, el límite financiero aplicable, el origen de cada aportación y las cantidades que puedan quedar fuera.
Y, sobre todo, no hagas una aportación únicamente porque “desgrava”. Si tienes un plan de empleo, aportaciones como autónomo, cantidades pendientes de otros ejercicios o una situación fiscal especial, utiliza la calculadora como punto de partida y contrasta el resultado antes de tomar una decisión.











