Resumen rápido
- Hacienda no impone con carácter general que tengas un TPV, pero si lo utilizas debes registrar y declarar correctamente las ventas cobradas por ese medio.
- Las entidades que gestionan cobros con tarjeta o pagos asociados a un número de móvil presentan información mensual mediante el modelo 170.
- No existe un importe mínimo a partir del cual se informe: deben declararse esos cobros cualquiera que sea su importe.
- El modelo 170 lo presenta la entidad de pago, no el comercio o autónomo por el mero hecho de utilizar un datáfono.
- El justificante del TPV no sustituye a la factura. Venta, cobro, factura y registros fiscales deben poder cuadrarse.
Qué exige Hacienda cuando cobras por TPV
Para un comercio o para quien trabaja como autónomo, el medio de pago no cambia la naturaleza de la operación. Si haces una venta por 80 €, sigue siendo una venta por 80 € tanto si el cliente paga con tarjeta como por otro medio.
En materia de facturación, los empresarios y profesionales deben expedir factura y conservar copia en los supuestos previstos por la normativa, aunque existen excepciones según la operación y el régimen fiscal. La propia Agencia Tributaria explica la obligación de facturar y cuándo puede utilizarse una factura simplificada.
Error común: guardar únicamente el resguardo del datáfono. Ese documento prueba que hubo un pago, pero no sustituye por sí solo a la factura o factura simplificada que documenta la operación.
¿Puede Hacienda saber cuánto cobras por TPV?
Sí. La normativa obliga a bancos, entidades de pago, entidades de dinero electrónico y otros proveedores que gestionan cobros o facilitan terminales de venta a informar a la Agencia Tributaria mediante el modelo 170. Esto también afecta a determinados proveedores que no son un banco tradicional, algo relevante si estás valorando un TPV sin banco.
La información es mensual e incluye, entre otros datos, la identificación del empresario o profesional, el número de comercio, los terminales de venta, el importe mensual cobrado con tarjeta o mediante pagos asociados a un número de teléfono móvil y la cuenta o destino de los cobros. La Agencia Tributaria confirma en sus FAQ del modelo 170 que no existe un umbral mínimo: se informa cualquiera que sea el importe.
| Punto clave | Qué significa para tu negocio |
|---|---|
| Quién presenta el modelo 170 | La entidad que gestiona los cobros, no el comercio por usar TPV |
| Periodicidad | Mensual |
| Umbral mínimo | No existe |
| Información principal | Comercio, terminales, importes mensuales y cuenta o destino del cobro |
La Orden HAC/747/2025 publicada en el BOE concreta el contenido del modelo. Si has leído que solo se informa cuando los cobros superan 3.000 € al año, esa referencia ha quedado desfasada: el cambio normativo eliminó ese umbral para esta obligación informativa.
Qué debe hacer un comercio o autónomo para estar en regla
La parte que sí depende de ti es que los datos del negocio tengan sentido entre sí. No necesitas presentar el modelo 170 por usar TPV, pero sí debes poder justificar tus ventas y su registro fiscal.
En la práctica, conviene que hagas cuatro cosas:
- Registrar todas las ventas, no solo el dinero que finalmente llega a tu cuenta.
- Emitir la factura o factura simplificada que corresponda.
- Conciliar los cobros del TPV con la facturación, las devoluciones y las anulaciones.
- Guardar informes y justificantes suficientes para explicar cualquier diferencia.
Aquí hay un matiz importante con las comisiones del TPV: el importe neto ingresado por el proveedor puede ser menor que el importe bruto cobrado si se descuentan comisiones antes de la liquidación.
Ejemplo ilustrativo: imagina que un comercio cobra 9.000 € por TPV durante un mes y el proveedor descuenta 90 € en comisiones antes de transferir el dinero. El abono recibido sería de 8.910 €, pero no debes confundir ese importe neto con el cobro bruto de 9.000 €. Para conciliar bien, separa ambos conceptos y conserva la documentación correspondiente.
TPV para cobrar y TPV para facturar no son lo mismo
Un datáfono puede limitarse a procesar el pago, mientras que otros sistemas también gestionan caja, tickets, facturas, inventario o cierres. Si quieres distinguirlos, nuestra guía de tipos de TPV resume las opciones habituales.
Este matiz importa porque las obligaciones de los sistemas informáticos de facturación afectan al software que soporta la facturación, no al simple hecho de aceptar una tarjeta. Si tu solución también emite facturas o facturas simplificadas, pide al proveedor que te confirme cómo cumple la normativa aplicable a ese sistema.
¿Es obligatorio tener TPV en un comercio?
Con carácter general, no existe una obligación fiscal de Hacienda que fuerce a un comercio o autónomo a disponer de datáfono. Esa cuestión es distinta de la obligación de declarar correctamente los ingresos. Si quieres resolver solo esa duda, la explicamos con más detalle en si es obligatorio tener datáfono en España.
Tener o no tener TPV no cambia tu obligación de registrar y declarar correctamente la actividad.
Qué mirar en un TPV para facilitar el control fiscal
Si vas a contratar o cambiar de proveedor, no te fijes únicamente en el coste. Para llevar una operativa ordenada, merece la pena comprobar que puedas consultar el historial de operaciones, identificar devoluciones, descargar informes y entender con claridad qué se ha cobrado y qué comisión se ha descontado.
Puedes empezar comparando los mejores TPV para comercios, revisar nuestra selección de mejores datáfonos del mercado y comprobar cuánto cuesta un TPV antes de decidir.
Entre las soluciones que valoraríamos para un pequeño comercio o autónomo, Teya es nuestra opción recomendada si buscas una solución de cobro sencilla para tu negocio. Antes de contratar, revisa sus tarifas y condiciones y comprueba que encaja con tu volumen de cobros y con tu sistema de facturación. Finantres puede recibir una compensación si contratas a través de este enlace; eso no cambia nuestro criterio editorial.
Conclusión
La normativa de Hacienda sobre el uso del TPV se resume en una idea: el cobro con tarjeta debe poder cuadrarse con la venta que has registrado y declarado. La entidad que gestiona el terminal informa de los cobros mediante el modelo 170, sin un umbral mínimo, mientras que tu responsabilidad como negocio es facturar cuando corresponda, registrar los ingresos y conservar una trazabilidad clara.
Si vas a elegir un TPV, prioriza un proveedor que te permita consultar operaciones con facilidad, entender sus costes y conciliar los cobros sin complicaciones. Teya es una de las opciones que recomendamos comparar si encaja con las necesidades de tu comercio.








