¿Se puede cobrar comisión por pagar con tarjeta?

Si un comercio te dice que el precio es 20 € en efectivo y 20,50 € si pagas con tarjeta, la respuesta general es no: no puede añadirte ese importe solo por utilizar la tarjeta. La comisión que el negocio pague a su proveedor de pagos forma parte de sus costes, pero no puede trasladártela como un recargo específico por ese medio de pago.

La clave es no confundir ese recargo con otras situaciones, como que un establecimiento fije un importe mínimo para aceptar tarjeta o que tu propia entidad te cobre por un servicio distinto. Son casos diferentes y tienen reglas distintas.

¿Se puede cobrar comisión por pagar con tarjeta?
¿Se puede cobrar comisión por pagar con tarjeta?

Resumen rápido

  • No pueden cobrarte un suplemento solo por pagar con tarjeta en una compra ordinaria en España.
  • Si un producto cuesta 30 €, no deberían convertirlo en 30,50 € únicamente porque eliges pagar con tarjeta.
  • Un importe mínimo para pagar con tarjeta no es lo mismo que un recargo y no está expresamente prohibido, aunque debe informarse de forma visible.
  • Si te han cobrado ese extra, pide que lo retiren o devuelvan y conserva el tique por si necesitas reclamar.

No. El artículo 35 del Real Decreto-ley 19/2018 impide que el beneficiario de una operación de pago exija al pagador gastos o cuotas adicionales por utilizar un instrumento de pago. En la práctica, un comercio no puede sumar una «comisión de tarjeta», un «suplemento por tarjeta» o un porcentaje extra solo porque pagas de esa forma.

La información oficial de Consumo de la Comunidad de Madrid lo resume en el mismo sentido: el establecimiento no puede cobrar al consumidor un suplemento adicional por pagar con tarjeta. Los costes de procesamiento existen —puedes entenderlos mejor en nuestra guía de comisiones TPV—, pero no deben convertirse en un recargo específico para el cliente.

Ejemplo práctico: si el precio anunciado es 50 € y en caja te dicen que con tarjeta son 51 €, ese euro adicional es precisamente el tipo de recargo que no debería aplicarse. Distinto sería que el precio final fuera 51 € para todos los clientes, con independencia de cómo paguen, siempre que esté correctamente informado.

¿Puede un comercio exigir un importe mínimo para pagar con tarjeta?

Esto es diferente. El Banco de España explica que la normativa no regula expresamente un importe mínimo para pagar con tarjeta y, por tanto, esa práctica no está prohibida por esa vía. Desde el punto de vista del consumidor, el establecimiento debe informar de esa condición de forma visible.

Por ejemplo, un cartel que indique «pago mínimo con tarjeta: 5 €» no equivale a cobrar 0,50 € adicionales por utilizarla. Si quieres ampliar esta cuestión, en Finantres explicamos también si es obligatorio tener datáfono en España.

También existe otra diferencia importante: la normativa permite ofrecer una reducción de precio o una ventaja por utilizar un método de pago concreto. Bonificar un método de pago no es lo mismo que penalizar la tarjeta añadiendo un recargo al precio.

¿Y si lo llaman «gastos de gestión» o «coste del servicio»?

El nombre no cambia el fondo. Si ese importe aparece únicamente cuando eliges pagar con tarjeta, hay motivos para considerarlo un recargo asociado al medio de pago.

En cambio, un gasto que forme parte realmente del precio del servicio y se cobre independientemente de si pagas en efectivo, por transferencia o con tarjeta es otra cuestión. En ese caso, lo importante es que el precio total y las condiciones se informen correctamente antes de comprar.

Qué hacer si te cobran un recargo por pagar con tarjeta

Primero, pide al comercio que retire o devuelva el recargo. Si ya has pagado, guarda el tique, la factura o cualquier prueba en la que aparezca el importe adicional. Si había un cartel anunciando la comisión, una fotografía también puede ayudarte a documentar lo ocurrido.

Si el establecimiento no lo corrige, puedes solicitar una hoja de reclamaciones y acudir a los servicios de consumo de tu comunidad autónoma o a una Oficina Municipal de Información al Consumidor. La reclamación debe dejar claro que el importe adicional se cobró por utilizar la tarjeta.

Si eres el comercio, la solución no es pasar la comisión al cliente

Si gestionas un negocio y te preocupa lo que pagas por aceptar tarjetas, el enfoque más útil es revisar el coste de tu sistema de cobro, no añadir un suplemento al cliente. En nuestro espacio para autónomos puedes encontrar más recursos para comparar soluciones y controlar mejor estos gastos.

Antes de contratar, conviene entender si realmente existe un TPV sin comisiones, cuánto puede costar un TPV barato y qué alternativas aparecen entre los mejores datáfonos del mercado. Para un establecimiento físico también merece la pena comparar los mejores TPV para comercios y conocer los diferentes tipos de TPV antes de elegir.

Dentro de esas opciones, Teya es nuestra opción recomendada para comparar si buscas una solución para aceptar pagos con tarjeta en tu negocio. Antes de contratar, revisa siempre sus condiciones y compáralas con tu volumen de cobros: reducir y controlar el coste del TPV tiene mucho más sentido que intentar repercutírselo al cliente.

Conclusión

En España, un comercio no debería cobrarte más solo porque pagas con tarjeta. La comisión del TPV es un coste asociado al sistema de cobro del negocio y no un suplemento que deba aparecer en caja por elegir ese medio de pago.

Si te aplican un recargo específico, pide que lo retiren y reclama si es necesario. Y si eres el comercio, compara proveedores y costes: optimizar el TPV es una solución mucho más sólida que trasladar esa comisión al cliente.

Selección Finantres

Tres cuentas para gestionar mejor tu negocio

Si eres autónomo o tienes una empresa, separar tus finanzas personales de las del negocio te ahorra tiempo, líos y errores. Estas cuentas te ayudan a controlar gastos, tarjetas, facturas y pagos desde una sola app.

Preguntas frecuentes

¿Puede un bar cobrar 50 céntimos por pagar con tarjeta?

No debería hacerlo si esos 0,50 € se añaden únicamente por elegir la tarjeta como medio de pago. El precio anunciado no puede incrementarse con un suplemento específico por utilizarla. Si te lo cobran, pide que retiren el recargo y conserva el tique.

¿Es legal poner un mínimo de 5 € para pagar con tarjeta?

No es lo mismo que cobrar una comisión. El Banco de España señala que la normativa no prohíbe expresamente fijar un importe mínimo, aunque el establecimiento debe informarlo claramente. Además, su contrato con la red o el proveedor de pagos puede establecer condiciones adicionales.

¿Qué hago si ya he pagado una comisión por usar la tarjeta?

Pide primero al establecimiento la devolución del importe y guarda el justificante de compra. Si no lo resuelve, solicita una hoja de reclamaciones y presenta el caso ante los servicios de consumo correspondientes. Cuanto mejor documentado esté el recargo, más fácil será explicar la reclamación.

Este artículo ha sido elaborado por Alejandro Valencia

↑ Volver arriba

Más artículos relacionados