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Fiscalidad del crowdlending: Aprende hacer la declaración de la renta

¿Has invertido en crowdlending y no sabes cómo declararlo en la renta? Tranquilo, en esta guía te explico paso a paso cómo hacer la declaración de la renta con crowdlending sin cometer errores y aprovechando al máximo cada deducción posible. Aquí tienes todo lo que necesitas saber para cumplir con Hacienda y no pagar de más.

En Finantres, siempre mantenemos nuestra independencia editorial. Nos regimos por altos estándares de integridad en todo lo que publicamos, pero este artículo puede incluir menciones a productos de nuestros socios. A continuación, te explicamos cómo obtenemos ingresos. Nuestra promesa en Finantres es asegurarnos de que todo lo que compartimos sea imparcial, preciso y confiable.

Claves rápidas para hacer la declaración de la renta con crowdlending

  • Tributan como rendimientos del capital mobiliario y se incluyen en la base del ahorro.
  • Pagas entre el 19 % y el 28 % según el total de beneficios que hayas obtenido.
  • Debes declarar los intereses cobrados, aunque no los hayas retirado de la plataforma.
  • Puedes compensar pérdidas por impagos, siempre que se demuestre que son definitivas.
  • Necesitas certificados fiscales y resúmenes de movimientos para declarar correctamente.

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¿Cómo tributan las inversiones en crowdlending en España?

Si has invertido en crowdlending o estás pensando en hacerlo, uno de los aspectos más importantes que necesitas conocer es cómo tributan estos rendimientos ante Hacienda. Aunque pueda parecer complicado, en realidad se trata de aplicar correctamente unas normas muy concretas del IRPF.

Rendimientos del capital mobiliario

Los intereses que recibes por prestar tu dinero a través de plataformas de crowdlending tributan como rendimientos del capital mobiliario. Esto significa que se consideran ingresos generados por poner tu dinero a trabajar, al igual que ocurriría con un depósito bancario o unos bonos.

Estos rendimientos se integran en la base del ahorro de tu declaración de la renta, y se les aplica la siguiente escala de tributación vigente en España:

  • Hasta 6.000 €: tributan al 19 %
  • De 6.000 € a 50.000 €: tributan al 21 %
  • De 50.000 € a 200.000 €: tributan al 23 %
  • Más de 200.000 €: tributan al 27 %

Por tanto, si has obtenido, por ejemplo, 1.000 € en intereses de crowdlending, pagarás un 19 % sobre esa cantidad en tu declaración de la renta.

Ejemplo práctico:

Supongamos que has ganado 7.500 € en intereses de crowdlending:

  • Los primeros 6.000 € tributan al 19 % → pagarías 1.140 €
  • Los 1.500 € restantes tributan al 21 % → pagarías 315 €

Total a pagar en IRPF: 1.455 €

¿Y si pierdo dinero?

En crowdlending no todo es ganar. Puede que algún proyecto impague y pierdas parte del dinero invertido. En ese caso, si se cumplen ciertos requisitos legales (como que se haya producido un impago definitivo), esa pérdida puede compensarse con otros rendimientos positivos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales, lo cual te puede reducir la factura fiscal.

Diferencias entre plataformas

Es importante saber que no todas las plataformas operan igual: algunas ya aplican retenciones en origen (sobre todo si son españolas), mientras que otras, especialmente las extranjeras, no retienen nada y tú tendrás que declarar todos los intereses brutos por tu cuenta.

Consejo clave: conserva todos los certificados fiscales que te proporcionen las plataformas. Son fundamentales para rellenar bien tu declaración y justificar los importes.

¿Cómo declarar los ingresos de crowdlending en la renta?

Una vez que tienes claro cuánto tributan los intereses que has ganado con crowdlending, el siguiente paso es igual de importante: saber cómo incluirlos correctamente en tu declaración de la renta.

Esto no es complicado, pero hay que hacerlo bien para evitar errores, sanciones o perder oportunidades de deducción.

¿Dónde se declaran los intereses de crowdlending?

Los intereses que has obtenido se consideran rendimientos del capital mobiliario y deben incluirse en la Base del Ahorro de tu declaración. Concretamente, se declaran en las casillas correspondientes a rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios.

Para la Renta 2024 (a presentar en 2025), estos ingresos se declaran en la casilla 30 y siguientes del modelo oficial de la AEAT.

En estas casillas deberás reflejar:

  • Importe total bruto de los intereses cobrados durante el año (es decir, antes de cualquier comisión o retención).
  • Retenciones practicadas, si las hubo (por ejemplo, en plataformas nacionales que retienen el 19 %).

Cómo hacerlo paso a paso

  1. Accede a tu borrador de la renta desde Renta WEB.
  2. Dirígete al apartado de “Rendimientos del capital mobiliario”.
  3. Añade los datos de cada plataforma en la que hayas invertido:
    • Nombre de la plataforma
    • Importe bruto de intereses
    • Retención practicada, si la hubo
  4. Si tienes inversiones en plataformas extranjeras, deberás declarar todo el importe sin retención previa.
  5. Guarda los cambios y revisa cómo impacta en tu resultado final.

¿Debo declarar si no he retirado el dinero?

Sí. Hacienda considera que el rendimiento se genera en el momento en que los intereses se abonan en tu cuenta de la plataforma, no cuando los retiras a tu cuenta bancaria. Por tanto, si has cobrado intereses, aunque no los hayas movido, debes declararlos igualmente.

Ten en cuenta las comisiones

Si la plataforma te ha cobrado comisiones por gestión o servicio, estas no se restan automáticamente del rendimiento. Tendrás que declarar el total bruto de intereses. Las comisiones no son deducibles directamente en el IRPF en la mayoría de los casos, salvo situaciones específicas (por ejemplo, si se considerara una actividad económica, que no es lo habitual en crowdlending pasivo).

¿Cómo compensar pérdidas por impagos o préstamos en mora?

Ya sabes cómo tributan los intereses y cómo declararlos, pero ahora toca abordar una de las partes más delicadas del crowdlending: qué hacer cuando los préstamos en los que has invertido entran en mora o directamente no se pagan. Aquí es donde muchos inversores se pierden, pero tranquilo, te lo explico paso a paso.

¿Se pueden compensar las pérdidas?

Sí. Las cantidades que no recuperes de un préstamo pueden considerarse una pérdida patrimonial, siempre que se cumplan ciertos requisitos legales. Esto te permite compensarlas con otros rendimientos o ganancias y así pagar menos impuestos.

Pero hay una condición importante: la pérdida debe ser definitiva o razonablemente definitiva.

¿Cuándo se considera que una pérdida es definitiva?

No basta con que un préstamo esté impagado desde hace unos meses. Hacienda te pedirá que haya pruebas de que la deuda no se va a recuperar. Esto puede suceder cuando:

  • La plataforma declara el préstamo como incobrable.
  • Hay un procedimiento judicial o extrajudicial de reclamación fallido.
  • El deudor entra en concurso de acreedores o es insolvente.
  • Han pasado más de cuatro años sin recuperación (y sin movimientos de cobro).

¿Dónde se compensan las pérdidas?

Estas pérdidas se declaran como pérdidas patrimoniales en la base del ahorro y pueden compensarse:

  1. Primero, contra ganancias patrimoniales del mismo año (por ejemplo, venta de acciones, criptomonedas, fondos, etc.).
  2. Si aún queda parte sin compensar, puedes usar hasta un 25 % de los rendimientos del capital mobiliario.
  3. Lo que no puedas compensar este año, puedes arrastrarlo hasta 4 ejercicios siguientes.

Ejemplo real

Imagina que invertiste 1.000 € en un préstamo y, tras varios años de impagos y gestiones fallidas, la plataforma lo declara como incobrable. Puedes declarar esos 1.000 € como pérdida patrimonial y restarlos, por ejemplo, a una ganancia que hayas obtenido vendiendo acciones.

¿Y si el préstamo se recupera después?

En ese caso, si ya has declarado la pérdida y posteriormente recuperas parte del dinero, ese importe deberá incluirse como ganancia patrimonial en el año de la recuperación.

¿Qué documentos necesito para declarar correctamente?

Después de ver cómo tributan los intereses y cómo puedes compensar posibles pérdidas, es momento de preparar la parte más práctica: los documentos que necesitas tener a mano para hacer la declaración correctamente. Y créeme, tenerlo todo bien organizado te puede ahorrar muchos dolores de cabeza (y también evitar errores frente a Hacienda).

DocumentoQué esPara qué sirve
Certificado fiscal anualDocumento que resume todos los intereses obtenidos y retenciones aplicadas.Para declarar correctamente los ingresos y justificar las retenciones.
Resumen de movimientos o extractosListado detallado de cada préstamo, pagos recibidos, comisiones, etc.Para verificar los intereses cobrados y justificar pérdidas o impagos.
Informe de préstamos en moraDetalle de préstamos que han dejado de pagar o están en impago.Para justificar posibles pérdidas patrimoniales.
Comunicaciones de impago o cancelaciónEmails o notificaciones donde la plataforma informa del estado incobrable.Sirven como prueba ante Hacienda para declarar la pérdida.
Contratos de préstamoDocumento que firmaste (automáticamente) con cada proyecto financiado.Acredita la inversión inicial y condiciones del préstamo.
Certificado de titularidad de cuentaDocumento bancario que justifica la cuenta en la que se reciben los fondos.Hacienda puede requerirlo si hay movimientos desde el extranjero.
Modelo 720 (si aplica)Declaración de bienes en el extranjero.Obligatorio si superas los 50.000 € en plataformas fuera de España.

¿Cómo los consigo?

  • Plataformas nacionales suelen ofrecer el certificado fiscal automáticamente cada enero o febrero, accesible desde tu perfil de usuario.
  • Plataformas extranjeras pueden tardar más o requerir que lo solicites manualmente. Asegúrate de hacerlo con tiempo.

Consejo: crea una carpeta por año fiscal y guarda todos estos documentos, tanto en papel como digitalmente. Así, cuando llegue el momento de hacer la renta, tendrás todo listo y claro.

Preguntas frecuentes

Sí, es obligatorio. Cualquier rendimiento del capital mobiliario debe incluirse en la declaración, independientemente de la cantidad. Aunque hayas obtenido solo unos pocos euros en intereses, Hacienda exige que lo declares, ya que forma parte de tus ingresos como inversor. Omitirlo puede parecer inofensivo, pero es un error fiscal que podría darte problemas si Hacienda cruza datos con las plataformas.
En ese caso, el tratamiento fiscal es completamente diferente. Las inversiones realizadas a través de una sociedad tributan en el Impuesto sobre Sociedades, y los intereses se contabilizan como ingresos financieros. Además, los criterios de deducibilidad de comisiones y la gestión de impagos también cambian. Es fundamental llevar una contabilidad clara y contar con asesoría fiscal especializada para evitar errores contables.
Por norma general, las comisiones que te cobra la plataforma de crowdlending no son deducibles en el IRPF si inviertes como particular. Hacienda exige declarar el rendimiento bruto (antes de comisiones) como ingreso íntegro. Solo en casos donde se pueda demostrar que la actividad tiene carácter profesional o empresarial (algo muy poco común en el crowdlending minorista), cabría estudiar una posible deducción. Por eso, lo más prudente es no deducirlas y guardar todos los justificantes.

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Daniela Casas / Diseñadora UX

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