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Fiscalidad de los ETFs: Aprende hacer la declaración de la renta

¿Tienes ETFs y no sabes cómo declararlos en la renta? Tranquilo, estás en el lugar adecuado. En esta guía te explico todo lo que necesitas saber para hacer la declaración de la renta con ETFs sin líos, sin sustos y, sobre todo, sin pagar de más. Te cuento desde cómo tributan hasta dónde colocar cada dato en el borrador, con ejemplos, consejos y errores que debes evitar.

En Finantres, siempre mantenemos nuestra independencia editorial. Nos regimos por altos estándares de integridad en todo lo que publicamos, pero este artículo puede incluir menciones a productos de nuestros socios. A continuación, te explicamos cómo obtenemos ingresos. Nuestra promesa en Finantres es asegurarnos de que todo lo que compartimos sea imparcial, preciso y confiable.

📝 Claves rápidas para declarar ETFs en la renta

  • Los ETFs tributan en la base del ahorro, tanto por plusvalías al vender como por dividendos cobrados.
  • Los ETFs UCITS permiten traspasos sin tributar, pero los no UCITS (como los de EE.UU.) no tienen ese beneficio.
  • Las ganancias y dividendos deben declararse en casillas distintas del Modelo 100 (G2 y F1, respectivamente).
  • Puedes compensar pérdidas con ganancias para reducir el impuesto a pagar, incluso en ejercicios futuros.
  • Evita errores comunes como duplicar dividendos o no aplicar convenios fiscales, y apóyate en informes de tu broker y herramientas como Renta Web.

¿Cómo tributan los ETFs en España?

Si inviertes en ETFs, tienes que saber que su fiscalidad en España es muy similar a la de las acciones, pero con algunos matices importantes. Entender cómo tributan te puede ahorrar más de un disgusto cuando llegue el momento de hacer la declaración de la renta.

📌 ¿Qué impuestos afectan a los ETFs?

Los ETFs tributan dentro del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Concretamente, lo hacen dentro de la base del ahorro, que es donde se incluyen las ganancias patrimoniales y los rendimientos del capital mobiliario.

Esto significa que tributarás cuando:

  • Vendas un ETF con ganancias (plusvalías).
  • Cobres dividendos si el ETF los reparte.

Las pérdidas también cuentan, y son muy útiles: puedes compensarlas con otras ganancias o rendimientos para pagar menos impuestos.

🧠 Tributación por ganancia patrimonial

Cuando vendes un ETF, se genera una ganancia o una pérdida patrimonial. Para calcularlo:

Precio de venta – Precio de compra – Gastos asociados = Ganancia o pérdida

Esa ganancia se suma al resto de rendimientos de la base del ahorro y tributa según estos tramos actuales:

  • Hasta 6.000 € → 19 %
  • De 6.000 € a 50.000 € → 21 %
  • De 50.000 € a 200.000 € → 23 %
  • De 200.000 € a 300.000 € → 27 %
  • Más de 300.000 € → 28 %

💰 ¿Y si el ETF reparte dividendos?

En ese caso, lo que recibes se considera rendimiento del capital mobiliario, y también se integra en la base del ahorro.

Es decir, tributa exactamente igual que una ganancia patrimonial. Pero atención: si el ETF invierte en acciones extranjeras, puede haber una retención en el país de origen. Aquí es clave saber aplicar los convenios para evitar la doble imposición.

¿En qué casilla se declara un ETF?

Ahora que ya sabes cómo tributan los ETFs en España, vamos al paso práctico: ¿dónde tienes que reflejar esos datos en la declaración de la renta? Aquí es donde muchos se lían, especialmente si usan brokers extranjeros. Pero tranquilo, vamos a explicarlo paso a paso para que no tengas dudas.

🧾 Declarar ganancias o pérdidas por la venta de ETFs

Cuando vendes un ETF, si has obtenido una ganancia o una pérdida, eso se declara como ganancia o pérdida patrimonial derivada de la transmisión de elementos patrimoniales.

Esa información se refleja en el apartado G2 del Modelo 100, que es el que utilizamos para presentar la renta. En concreto:

  • Casilla 1624 y siguientes (puede cambiar levemente de un año a otro): Aquí es donde tendrás que declarar las operaciones de venta, indicando la fecha de compra, la de venta, los importes y los gastos asociados.

Si usas la Renta Web de Hacienda, verás que puedes añadir cada operación por separado, lo que facilita mucho el proceso si tienes varios movimientos con diferentes ETFs.

💸 Declarar dividendos cobrados de ETFs

En caso de que tu ETF reparta dividendos, estos se consideran rendimientos del capital mobiliario. Se declaran en el:

  • Apartado F1 del Modelo 100.
  • Casillas 0029 y siguientes, donde se recogen los dividendos percibidos y la retención que se te haya practicado en origen, si procede.

Aquí es importante comprobar si ha habido retención en el extranjero (por ejemplo, en EE.UU.), ya que podrías tener derecho a aplicar el convenio para evitar la doble imposición.

🧠 ¿Y si usas un broker extranjero?

Si operas con brokers como Degiro, Interactive Brokers o Trading 212, Hacienda no recibe tus datos automáticamente, así que tendrás que introducirlos tú manualmente.

Es fundamental conservar todos los justificantes de compra, venta y cobro de dividendos, porque Hacienda puede solicitarlos. Algunos brokers ofrecen informes fiscales adaptados al IRPF español, lo cual facilita muchísimo esta tarea.

Cómo tributan los dividendos de un ETF

Ya hemos visto que los ETFs pueden generar ganancias cuando los vendes, pero también pueden darte rentas mientras los mantienes en cartera. Esto ocurre cuando el ETF reparte dividendos, y aquí entramos en otro apartado clave de la declaración: los rendimientos del capital mobiliario.

💡 ¿Qué son exactamente los dividendos de un ETF?

Un ETF puede estar formado por acciones que reparten dividendos. Cuando esas empresas pagan dividendos, el ETF los recibe y, si está estructurado como un fondo de reparto, los distribuye entre los inversores.

Por tanto, si tú tienes participaciones en ese ETF, recibirás un ingreso periódico (normalmente trimestral o semestral), que tiene implicaciones fiscales directas.

🧾 Fiscalidad de los dividendos de ETFs

Estos dividendos tributan como rendimientos del capital mobiliario en tu declaración de la renta, independientemente de si el ETF es español o extranjero.

  • Se integran en la base del ahorro.
  • Tributan según los mismos tramos que las plusvalías (19 %, 21 %, 23 %, 27 % y 28 %).
  • Se declaran en el apartado F1 del Modelo 100, como vimos antes.

Si operas con un broker nacional, la retención del 19 % se aplica automáticamente, por lo que ya habrás pagado parte del impuesto al recibir el dividendo.

🌍 ¿Y si el ETF está domiciliado en el extranjero?

Aquí entramos en terreno delicado. Muchos ETFs, especialmente los cotizados en EE.UU., están sujetos a una doble imposición: primero, el país de origen retiene una parte del dividendo (por ejemplo, EE.UU. retiene un 15 % con convenio o un 30 % sin él), y luego tributas en España.

Para evitar pagar dos veces por el mismo ingreso, puedes aplicar el convenio de doble imposición. En el caso de EE.UU. y España, puedes deducir esa retención extranjera hasta el límite de lo que pagarías aquí.

Esto implica que:

  • Debes conocer cuánto te han retenido fuera.
  • Tienes que declararlo correctamente en la casilla de deducción por doble imposición internacional.

🧠 ETFs de acumulación: ¿tributan por dividendos?

No, y esto es importante. Si eliges un ETF de acumulación (en lugar de uno de distribución), los dividendos se reinvierten automáticamente dentro del fondo, por lo que no recibes nada en efectivo y no tributas por ellos hasta que vendas.

Esto permite una mejor eficiencia fiscal, especialmente si tu estrategia es de largo plazo.

Errores comunes al declarar ETFs y cómo evitarlos

Después de revisar cómo se tributa por dividendos y plusvalías, es momento de hablar de algo igual de importante: los errores más frecuentes que cometen los inversores al declarar ETFs. Estos fallos pueden derivar en inspecciones, sanciones o, directamente, pagar más impuestos de los necesarios. Pero no te preocupes, porque vamos a ver cómo evitarlos uno por uno.

Para que lo tengas claro y accesible, aquí tienes la mejor tabla comparativa sobre errores comunes y cómo solucionarlos, pensada especialmente para inversores que usan brokers online o gestionan carteras diversificadas.

❌ Error común⚠️ Qué implica✅ Cómo evitarlo
No declarar dividendos de ETFs extranjerosOmisión de ingresos y posible inspecciónRevisa los extractos del broker y declara todos los ingresos, incluso si no hay retención nacional.
No aplicar el convenio de doble imposiciónPagas impuestos dos veces por el mismo dividendoComprueba la retención en origen y dedúcela correctamente en el IRPF (casilla de doble imposición).
No guardar justificantes de operacionesSi Hacienda los solicita, podrías tener problemasArchiva siempre tus extractos, informes de compra/venta y cobros de dividendos.
Duplicar el importe de dividendos en la declaraciónTributación por duplicado, pagas más de lo que tocaNo introduzcas dividendos manualmente si ya aparecen cargados en el borrador de Hacienda.
No incluir gastos de compra/venta en el cálculo de plusvalíaSe inflan los beneficios, pagas más impuestosResta todas las comisiones del broker al calcular tus ganancias. Guarda justificantes.
No declarar las operaciones al usar brokers extranjerosHacienda no tiene los datos, te expones a sancionesIntroduce manualmente todas las operaciones. Utiliza informes fiscales del broker si los ofrece.
Olvidar compensar pérdidas con gananciasPierdes la oportunidad de pagar menos IRPFDeclara todas las minusvalías y utilízalas para reducir impuestos en el mismo año o en los 4 siguientes.
Declarar en la casilla equivocadaRiesgo de error de cálculo en Hacienda o revisión posteriorUsa correctamente el apartado G2 (ganancias) y F1 (dividendos). Evita errores por automatismos.
Ignorar los ETFs de acumulaciónDeclaras dividendos que no has recibidoSolo tributas cuando vendas. No incluyas dividendos si el ETF es de acumulación.

Preguntas frecuentes

Sí, si no has vendido ni has cobrado dividendos de un ETF durante el año fiscal, no tienes que declararlo en la renta, ya que no ha generado rendimientos ni plusvalías. Pero cuidado: si operas con brokers extranjeros y tus posiciones superan ciertos umbrales, podrías estar obligado a presentar modelos informativos como el 720 o el 721, aunque no hayas tenido movimientos. Conviene estar al tanto de tus saldos y del tipo de ETF que tienes.
No. Los ETFs no pueden formar parte de productos fiscalmente incentivados como los planes de pensiones o los PIAS, ya que son instrumentos financieros independientes que cotizan en bolsa. Estos planes suelen estar gestionados por aseguradoras o gestoras con productos propios adaptados a su régimen fiscal. Si buscas invertir en ETFs con una ventaja fiscal, tu mejor baza es la optimización mediante traspasos (si son UCITS) y la planificación de las ventas para compensar pérdidas y ganancias.
Cuando inviertes en una cuenta conjunta, los rendimientos de los ETFs se imputan proporcionalmente según el porcentaje de titularidad de cada persona, salvo que se demuestre otra distribución. En la práctica, si sois dos titulares al 50 %, cada uno deberá declarar la mitad de los dividendos, plusvalías o pérdidas generadas. Es muy importante reflejar bien esta proporción en la renta de cada uno y conservar toda la documentación, especialmente si hay movimientos cruzados de fondos.

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Daniela Casas / Diseñadora UX

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