Guía completa de Revolut y el modelo 720

Revolut y el modelo 720 no tienen una respuesta única para todo el mundo. Depende mucho de qué producto de Revolut tienes, con qué entidad estás operando y si tu cuenta sigue vinculada a Lituania o ya está en la sucursal española.

Esa es la clave. Mucha gente oye “Revolut es extranjero” y da por hecho que siempre hay que presentar el modelo 720. Y no es así. Pero el error contrario también existe: pensar que como Revolut opera en España, nunca hay que declararlo. Tampoco sería prudente decirlo así.

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revolut modelo 720
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Tabla de contenidos

Resumen rápido

  • No siempre hay que presentar el modelo 720 por tener Revolut.
  • La Agencia Tributaria distingue entre cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero y ciertos supuestos exonerados.
  • Si tu cuenta corresponde a una entidad domiciliada en España y esa entidad ya informa a Hacienda, puede existir exoneración para el bloque de cuentas.
  • Revolut explica que hoy presta servicios en España a través de Revolut Bank UAB, Sucursal en España, y muchos clientes ya tienen IBAN español.
  • Aun así, Revolut también reconoce que hay clientes que todavía mantienen IBAN de Lituania en algunos casos.
  • El modelo 720 se presenta, si hay obligación, del 1 de enero al 31 de marzo de 2026 para la campaña actual.
  • El umbral general sigue siendo más de 50.000 € por bloque, y después solo se vuelve a presentar si hay ciertos cambios o un aumento superior a 20.000 €.
  • Nuestra opinión: si usas Revolut en España con cuenta ya plenamente migrada a la sucursal española, muchas veces no habrá 720 por la cuenta corriente; pero si conservas estructura extranjera, valores o productos fuera de ese perímetro, hay que revisarlo con bastante cuidado.

Nuestra opinión sobre Revolut y el modelo 720

Este es uno de esos temas donde conviene huir de respuestas tajantes. Revolut ya no es, para muchos usuarios en España, la misma situación que hace unos años. Ahora opera aquí a través de Revolut Bank UAB, Sucursal en España, y además ha ido desplegando IBAN español para clientes personales.

Eso cambia bastante la foto. Pero no borra todas las dudas, porque Revolut sigue teniendo base jurídica en Lituania y aún puede haber productos, cuentas o estructuras que no encajen igual.

Consejo experto: con el modelo 720 no te conviene preguntar solo “¿tengo Revolut?”. La pregunta útil es: “¿qué tengo exactamente en Revolut, bajo qué entidad y con qué país queda encuadrado?”

Qué es el modelo 720 y qué bloques revisa

La Agencia Tributaria recuerda en sus preguntas frecuentes del modelo 720 que el modelo se articula en tres bloques de información distintos:

  • cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero
  • valores, derechos, seguros y rentas situados o gestionados en el extranjero
  • inmuebles y derechos sobre inmuebles situados en el extranjero

Esto importa mucho con Revolut, porque no es lo mismo tener una cuenta corriente que tener inversiones o productos distintos dentro del ecosistema.

Si lo que quieres es contexto fiscal más amplio, te interesa cruzarlo con Revolut y Hacienda y también con Revolut y el W-8BEN si además inviertes en acciones de EE. UU.

El punto clave: Revolut ya opera en España con sucursal española

Revolut explica en su aviso legal de España y en su documentación de traslado de cuentas que los servicios bancarios y de pago se prestan mediante Revolut Bank UAB, Sucursal en España, registrada en el Banco de España con el código 1583.

Además, Revolut ha publicado información específica sobre el IBAN español de Revolut, y en su propia web general de España indica que los servicios bancarios y de pago se prestan por la sucursal en España.

Esto cambia la conversación porque ya no hablamos siempre de una cuenta “claramente extranjera” a ojos prácticos del usuario español.

Cuándo Revolut puede no obligarte al modelo 720 por la cuenta

La Agencia Tributaria recoge una excepción importante en su apartado de otras causas de exoneración.

Ahí explica que, si una persona física residente tiene una cuenta abierta en un establecimiento en el extranjero de una entidad domiciliada en España, no estará obligada a informar en el modelo 720 siempre que esa entidad domiciliada en España haya debido presentar su propia declaración informativa sobre la cuenta.

Traducido a terreno Revolut:

Si tu Revolut ya está plenamente en la sucursal española

En ese caso, la obligación del 720 por la cuenta bancaria puede no existir para ese bloque de cuentas, porque ya estaríamos dentro de un perímetro de información que llega a Hacienda por otra vía.

Si además tienes IBAN español

Eso refuerza bastante la idea de que no estás ante el caso clásico de “cuenta en el extranjero pura” que mucha gente asocia al modelo 720.

Advertencia importante: esto no significa que cualquier producto de Revolut quede automáticamente fuera del 720. Significa que la cuenta bancaria personal estándar en la sucursal española puede quedar exonerada en muchos casos.

Cuándo sí debes revisar el modelo 720 con más cuidado

Aquí es donde se complica de verdad.

Si tu cuenta sigue fuera del perímetro español

Revolut reconoce en su documentación de traslado de cuentas que hay clientes que todavía cuentan con IBAN de Lituania en algunos casos. Lo dice expresamente para clientes business, pero nos sirve para entender que no toda la base de clientes está en la misma situación operativa.

Si tu operativa sigue vinculada a una estructura extranjera real y superas umbrales, ya no conviene descartar el 720 de entrada.

Si tienes valores o derechos en el extranjero

Aquí mucha gente se confunde. Aunque la cuenta principal pueda quedar fuera en ciertos casos, los valores o derechos son otro bloque distinto.

La AEAT trata cada bloque por separado. Así que si tienes inversiones, acciones o productos de valores asociados a Revolut, la revisión no puede quedarse solo en el apartado de “cuenta”.

Si además operas con bolsa desde la app, te puede interesar leer Invertir en el S&P 500 con Revolut para entender mejor qué estás usando realmente dentro de la plataforma.

Si superas los límites del modelo 720

El umbral general sigue siendo más de 50.000 € por cada bloque. Y esto no se mira mezclándolo todo, sino separando:

  • cuentas
  • valores/derechos
  • inmuebles

Ejemplo práctico: puedes no tener obligación por cuentas, pero sí por valores. O al revés.

Cuál es el umbral que activa la obligación

La lógica básica del 720 sigue igual:

Primera presentación

Si en uno de los bloques superas 50.000 €, puede nacer la obligación de presentar ese bloque.

Presentaciones posteriores

La AEAT explica en su apartado de frecuencia en la presentación que, una vez presentado el modelo, solo debes volver a presentarlo cuando el valor conjunto de un bloque aumente en más de 20.000 € respecto a la última declaración, o cuando haya otras causas como transmisión o cancelación.

Ejemplo práctico: si declaraste en su día un bloque de cuentas por 60.000 € y después ese bloque pasa a 72.000 €, no basta con mirar que siga por encima de 50.000 €. Lo que importa es si el incremento respecto a la última declaración supera o no 20.000 €.

Cuándo se presenta el modelo 720

La Agencia Tributaria indica en su página oficial de plazos de presentación que el plazo actual va del 1 de enero al 31 de marzo de 2026.

Esto conviene decirlo con fecha exacta porque aquí mucha gente se despista con el “ya lo presentaré luego”. No: si te toca, ese es el marco de la campaña actual.

Qué pasa con las sanciones hoy

Aquí también hay bastante mito viejo. La propia AEAT explica en su sección de sanciones y efectos que el régimen sancionador del modelo 720 fue modificado por la Ley 5/2022, de 9 de marzo, tras la sentencia del TJUE de 27 de enero de 2022.

Hoy la AEAT indica que se aplica el régimen general de los artículos 198 y 199 de la Ley General Tributaria, y que las sanciones se aplican de forma independiente para cada bloque de información.

Consejo práctico: no conviene seguir citando el viejo régimen sancionador como si nada hubiera cambiado. Tampoco conviene relajarse: si te toca presentarlo, no es un modelo para dejar olvidado.

Casos típicos con Revolut

Caso 1: solo tienes una cuenta personal de Revolut en la sucursal española

Si tu cuenta ya está en Revolut Bank UAB, Sucursal en España, con operativa local y encaje de entidad reportante en España, muchas veces no habrá obligación por el bloque de cuentas.

Además, si usas Revolut como cuenta diaria, con Revolut cuenta nómina, Bizum en Revolut o una cuenta remunerada Revolut, lo lógico es revisar primero bajo qué entidad exacta están esos productos antes de asumir nada.

Caso 2: mantienes una cuenta o estructura con IBAN lituano

Aquí ya hay más motivos para analizarlo con detalle. Si la cuenta sigue claramente fuera del perímetro español y superas límites, sí puede haber obligación.

Caso 3: además de la cuenta, tienes inversiones o derechos en el extranjero

Este es el típico caso donde alguien se centra solo en la cuenta y se olvida del resto. El 720 no es solo “la cuenta extranjera”. También puede afectar a valores y otros derechos si encajan en el bloque correspondiente.

Qué haría yo antes de decidir si presentarlo o no

Revisar qué entidad te presta el servicio

Mira si estás bajo la sucursal española o no. Ese es el primer filtro real.

Revisar el tipo de producto

No es lo mismo:

  • cuenta personal
  • cuenta remunerada
  • inversión
  • producto conjunto
  • estructura business

Separar por bloques

No mezcles cuenta, valores y otros derechos como si fueran lo mismo.

Comprobar umbral y antecedentes

Si ya presentaste antes, revisa la regla del incremento de 20.000 €. Si nunca presentaste, mira primero el umbral de 50.000 € por bloque.

No fiarte de respuestas viejas

Revolut ha cambiado mucho. Y la práctica del 720 también ha evolucionado con los cambios normativos y el nuevo encaje de Revolut en España.

Otros artículos de la web que te conviene enlazar desde aquí

Este tema no vive solo. Para que el lector siga avanzando dentro del cluster, aquí encajan muy bien:

Así el artículo no se queda solo en “¿me toca o no me toca?”, sino que ayuda al lector a ordenar de verdad su situación con Revolut.

Conclusión

Revolut no obliga siempre al modelo 720. Esa es la idea más importante. Para muchos usuarios que ya operan con la sucursal española y con IBAN español, la cuenta corriente puede quedar fuera de la obligación del bloque de cuentas porque ya existe un circuito de información en España.

Pero eso no autoriza a responder “nunca”. Si mantienes estructura extranjera, si sigues con IBAN lituano o si además tienes valores y otros derechos fuera del perímetro español, el análisis cambia. Mi resumen sería este: con Revolut, el modelo 720 ya no se decide por la marca, sino por la entidad concreta, el producto concreto y el bloque concreto.

Preguntas frecuentes

¿Hay que presentar el modelo 720 por tener Revolut?

No siempre. Depende de si tu cuenta está bajo la sucursal española de Revolut, del tipo de producto que tengas y de si superas los umbrales del modelo 720 en alguno de sus bloques.

¿Si tengo IBAN español de Revolut tengo que presentar el 720?

No necesariamente. Si la cuenta está dentro del perímetro de la sucursal española y ya entra en los circuitos de información a Hacienda, puede existir exoneración para el bloque de cuentas. Aun así, conviene revisar si tienes otros productos o valores distintos.

¿Cuándo se presenta el modelo 720 en la campaña actual?

Según la Agencia Tributaria, el plazo actual va del 1 de enero al 31 de marzo de 2026.

Este artículo ha sido elaborado por Xavier Tarrasó

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