Resumen rápido
- Si tu cartera en DEGIRO supera 50.000 € a 31 de diciembre, puedes tener obligación de presentar el modelo 720 por el bloque de valores.
- Si además mantienes efectivo no invertido en la cuenta de efectivo de DEGIRO y ese bloque supera 50.000 €, puede nacer también obligación por el bloque de cuentas.
- Los bloques son independientes: no se suman valores, efectivo e inmuebles entre sí.
- Si ya presentaste el 720 antes, solo suele tocar repetirlo si el bloque aumenta en más de 20.000 € o si dejas de tener los bienes declarados.
- A 6 de mayo de 2026, el plazo para declarar el ejercicio 2025 ya terminó el 31 de marzo de 2026. La próxima campaña irá del 1 de enero al 31 de marzo de 2027 para la foto patrimonial de 31 de diciembre de 2026, según la AEAT.
La respuesta corta: ¿DEGIRO obliga a presentar el modelo 720?
No, no automáticamente.
Lo correcto es decir esto: si eres residente fiscal en España y tienes bienes situados en el extranjero por encima del umbral en alguno de los bloques del modelo 720, sí tendrás que presentarlo aunque uses DEGIRO. Si no superas ese límite, no.
Si todavía estás comparando plataformas antes de decidir, puede ayudarte revisar primero la guía general de brókers online y, ya sobre este intermediario en concreto, la review completa de DEGIRO opiniones.
Cuándo sí te afecta con DEGIRO
La Agencia Tributaria divide el modelo 720 en tres bloques independientes. Para un inversor de DEGIRO, los dos que más importan son estos:
- Cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero.
- Valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero.
En la práctica, lo habitual es que tus acciones, ETFs, fondos o bonos entren por el bloque de valores. La AEAT deja claro que la obligación aparece cuando el valor de un bloque supera 50.000 €.
Ejemplo simple:
- Tienes 52.000 € en ETFs y acciones en DEGIRO a 31 de diciembre.
- Tienes 3.000 € en efectivo sin invertir.
- No tienes inmuebles fuera.
Aquí la obligación nacería por el bloque de valores, no por el de cuentas.
Otro ejemplo:
- Tienes 42.000 € invertidos.
- Tienes 12.000 € en efectivo.
- Ningún otro bien en el extranjero.
Aquí no tendrías que presentar el 720, porque ningún bloque supera por sí solo los 50.000 €.
Qué bloque suele afectarte más en DEGIRO
Para la mayoría de inversores particulares, el punto crítico es el bloque de valores. Ahí entran las posiciones que conservas a 31 de diciembre: acciones, ETFs, fondos o bonos depositados fuera de España.
Esto tiene una consecuencia importante: aunque compres acciones españolas, si están custodiadas a través de una entidad extranjera, el foco del 720 está en dónde está depositado el activo, no en la nacionalidad de la empresa cotizada. Esa misma lógica explica por qué también surgen dudas parecidas con Interactive Brokers y el modelo 720, eToro y el modelo 720 o Trade Republic y el modelo 720.
Si estás valorando alternativas con una estructura más o menos parecida, conviene comparar antes los mejores brokers internacionales y no fijarte solo en la comisión por operación.
Ojo con el efectivo no invertido en DEGIRO
Aquí está uno de los matices que más se pasan por alto.
DEGIRO explica hoy en su centro de ayuda que, al abrir la cuenta de inversión, también abres una cuenta bancaria a tu nombre en flatexDEGIRO Bank, con IBAN personal, para mantener el dinero no invertido. Puedes verlo en su página sobre cómo se mantiene tu dinero en DEGIRO.
Eso significa que, además del bloque de valores, puede existir un bloque de cuentas si dejas efectivo suficiente sin invertir. Para cuentas, la AEAT no solo mira el saldo a 31 de diciembre, sino también el saldo medio del último trimestre. Si uno de esos importes supera 50.000 €, puede haber obligación por ese bloque.
Ejemplo práctico:
- 30.000 € en acciones y ETFs.
- 55.000 € de efectivo sin invertir en la cuenta asociada.
No presentarías el 720 por valores, pero sí podrías tener obligación por cuentas.
Este punto merece revisarse con calma porque el documento informativo de DEGIRO para el modelo 720 menciona datos de la entidad de inversión y aclara que DEGIRO B.V. no actúa como banco en ese apartado. Aun así, la estructura actual de cuenta de efectivo en flatexDEGIRO Bank obliga a no simplificar demasiado y a mirar la documentación vigente de tu cuenta a cierre de ejercicio. DEGIRO mantiene un PDF específico sobre el tema aquí: información para el modelo 720.
Cuándo se vuelve a presentar si ya lo hiciste una vez
No se presenta todos los años por defecto.
La propia AEAT recuerda que, una vez presentado, normalmente solo toca volver a hacerlo si ocurre una de estas situaciones:
- El valor del bloque declarado aumenta en más de 20.000 € respecto de la última declaración.
- Dejas de ser titular de los bienes declarados.
- Cambia un dato relevante que obligue a actualizar la información.
Ejemplo claro:
- Año 1: declaras 58.000 € en valores en DEGIRO.
- Año 2: tu cartera pasa a 68.000 €.
- No repetirías por ese motivo, porque el aumento es de 10.000 €.
- Año 3: tu cartera sube a 81.000 €.
- Ahí sí vuelve a aparecer obligación, porque el incremento frente a la última declaración supera 20.000 €.
Si además quieres ordenar bien toda la parte fiscal general del bróker, te conviene enlazar esta duda con la guía de DEGIRO y Hacienda, porque el 720 es solo una parte de la película.
Qué valor cuenta realmente en tus inversiones
Otro error clásico es pensar que cuenta lo que ingresaste en DEGIRO o lo que fuiste comprando durante el año. No es así.
Para el bloque de valores, lo que importa es el valor de esos activos en la fecha que exige Hacienda. Para el bloque de cuentas, importa el saldo a 31 de diciembre y, además, el saldo medio del último trimestre. La AEAT también recuerda que, si hay divisas distintas del euro, debes aplicar el tipo de cambio vigente a 31 de diciembre.
Eso afecta mucho si tienes acciones de EE. UU. o ETFs en dólares. Una cartera de 48.000 € en euros puede parecer por debajo del límite en noviembre y acabar superándolo tras un movimiento del mercado o del tipo de cambio a cierre de año.
Qué datos suele necesitar un inversor de DEGIRO
Si te toca presentar el modelo 720, normalmente tendrás que reunir:
- Identificación de la entidad.
- País y dirección.
- Fecha de apertura.
- Tipo de bien declarado.
- Valor a 31 de diciembre.
- En su caso, ISIN de los valores.
- Si declaras cuentas, los datos bancarios de la cuenta de efectivo y los saldos exigidos.
Por eso tiene sentido revisar en paralelo guías muy cercanas como Protección FOGAIN en DEGIRO o Modelo D6 y DEGIRO, porque mucha gente mezcla obligaciones distintas y acaba preparando mal la documentación.
Errores muy frecuentes con DEGIRO y el modelo 720
El primero es sumar bloques entre sí. No funciona así. Puedes tener 40.000 € en valores y 40.000 € en efectivo y no tener obligación, porque ningún bloque supera 50.000 € por separado.
El segundo es creer que basta con mirar cuánto dinero has enviado al bróker. Hacienda no te pide eso, sino la situación del patrimonio en la fecha relevante.
El tercero es olvidar el efectivo no invertido. En algunos perfiles apenas hay saldo en caja y no cambia nada. En otros, sobre todo si vendiste a final de año y dejaste liquidez aparcada, puede ser justo lo que active el bloque de cuentas.
El cuarto es pensar que por operar con un bróker europeo ya no aplica. Sí puede aplicar. Que DEGIRO opere dentro de la UE no elimina la obligación si tus bienes están fuera de España.
Y el quinto es confundir el 720 con otras obligaciones fiscales del bróker. Si lo que estás buscando de verdad es una cuenta sencilla para comprar acciones sin complicarte de más, quizá te interese comparar también los mejores brokers para comprar acciones o revisar casos equivalentes como XTB y el modelo 720.
Conclusión
DEGIRO no te obliga a presentar el modelo 720 por el simple hecho de usarlo. La clave está en si, siendo residente fiscal en España, superas los 50.000 € en el bloque de valores o en el bloque de cuentas a cierre de año.
La forma más sensata de enfocarlo es esta: revisa tu cartera a 31 de diciembre, separa inversiones y efectivo no invertido, y no mezcles el 720 con otras obligaciones fiscales del bróker. Si estás cerca del umbral o has cambiado mucho de posición al final del año, ahí ya merece la pena revisar la documentación con más detalle antes de presentar nada.
