XTB y el modelo 720: cuándo tienes que presentarlo

Tener una cuenta en XTB no te obliga por sí solo a presentar el modelo 720. La obligación aparece cuando eres residente fiscal en España, tienes determinados bienes o derechos situados en el extranjero y superas los límites establecidos para cada bloque de información.

Con XTB hay un matiz importante: aunque XTB S.A. opera en España mediante una sucursal registrada en la CNMV, el propio bróker explica que utiliza custodios locales para los valores y que el capital no invertido se deposita en Alemania. Por eso, determinadas posiciones sí pueden entrar en el modelo 720.

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XTB y el modelo 720
XTB y el modelo 720

Resumen rápido

  • Puedes tener que presentar el modelo 720 si usas XTB, pero depende de lo que tengas y de dónde esté depositado.
  • Los valores españoles que XTB custodia en España no se tratan igual que acciones o ETFs custodiados fuera de España.
  • XTB indica que el efectivo no invertido se encuentra depositado en Alemania, por lo que puede computar dentro del bloque de cuentas en el extranjero.
  • El límite general de 50.000 € se analiza por bloques independientes. No debes sumar sin más el efectivo extranjero con las acciones y ETFs extranjeros.
  • En las cuentas, revisa tanto el saldo conjunto a 31 de diciembre como el saldo medio conjunto del último trimestre: basta con que uno supere los 50.000 €.
  • Si ya presentaste el 720 anteriormente, no significa que tengas que repetirlo todos los años: existen reglas específicas por aumentos superiores a 20.000 € y por pérdida de titularidad de bienes ya declarados.
  • El modelo 720 es informativo: presentarlo no supone pagar un impuesto adicional.

¿Hay que presentar el modelo 720 si inviertes con XTB?

Sí, si cumples los requisitos; abrir la cuenta no basta para generar la obligación.

Un error bastante habitual es pensar que, como existe XTB S.A., Sucursal en España, todo lo que tienes en el bróker está situado en España. No funciona así. Si quieres comprobar el encaje regulatorio de la entidad, tienes más detalle en nuestra guía sobre XTB y la CNMV.

Para el modelo 720 importa especialmente dónde se encuentran los bienes o derechos. Según la guía oficial de XTB sobre el modelo 720, el bróker utiliza custodios locales: los valores españoles se custodian en España, los franceses en Francia, los estadounidenses en Estados Unidos, etc. Además, XTB señala que el efectivo no invertido se deposita en Alemania.

Esto significa que una cartera con acciones estadounidenses, acciones francesas o determinados ETFs puede contener valores situados fuera de España aunque operes desde la plataforma española de XTB. La sede fiscal de XTB o su registro en la CNMV no resuelven por sí solos esta cuestión: comprueba la información de depósito de tus posiciones.

Si antes de entrar en la parte fiscal quieres conocer mejor la plataforma, puedes revisar nuestro análisis completo de XTB y sus opiniones.

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Qué dinero y valores de XTB cuentan para el límite de 50.000 €

Lo más importante es no tratar todo tu patrimonio extranjero como una única bolsa. El modelo 720 contiene tres obligaciones de información independientes: cuentas en entidades financieras, valores/derechos/seguros/rentas y bienes inmuebles.

En el caso de XTB, las dos primeras son las que normalmente debes revisar:

Lo que tienesCómo revisarlo para el modelo 720
Valores españoles custodiados en EspañaSegún la estructura explicada por XTB, no entrarían como valores situados en el extranjero
Acciones o ETFs custodiados fuera de EspañaPueden computar dentro del bloque de valores en el extranjero
Efectivo no invertido en XTBXTB indica que está depositado en Alemania, por lo que debe revisarse dentro del bloque de cuentas en el extranjero
CFDs, derechos fraccionados u otros productosConfirma su tratamiento concreto: no debes asumir que todos funcionan igual que una acción completa o un ETF

Para las cuentas en el extranjero, el límite se comprueba de forma conjunta teniendo en cuenta las cuentas sujetas a esta obligación. Debes calcular dos totales: los saldos a 31 de diciembre y los saldos medios del último trimestre. Si cualquiera supera los 50.000 €, puede surgir la obligación de declarar ese bloque. Superar esa cantidad en otro momento del año, por sí solo, no basta. sede.agenciatributaria.gob.es

Para las acciones y ETFs, revisa el valor conjunto del bloque correspondiente a 31 de diciembre, siguiendo las reglas de valoración aplicables. El umbral se refiere al valor de los bienes, no al beneficio obtenido ni solamente al dinero que ingresaste.

El modelo 720 para acciones y el modelo 720 para ETFs comparten bloque de información: sus importes se suman con los demás valores sujetos a declaración, aunque cada posición deba identificarse por separado. No deduzcas el país de depósito únicamente del nombre del activo, su divisa o el prefijo de su ISIN; utiliza la documentación de XTB. sede.agenciatributaria.gob.es

El punto clave: no sumes 40.000 € de efectivo extranjero y 40.000 € de acciones extranjeras para concluir automáticamente que tienes 80.000 € y debes presentar el 720. Son bloques distintos. Además, el umbral inicial exige superar los 50.000 €; alcanzar exactamente esa cifra no lo supera.

Cómo saber si tienes que declarar XTB: tres ejemplos prácticos

Estos ejemplos parten de una primera presentación, sin exenciones aplicables ni obligaciones pendientes de ejercicios anteriores.

Ejemplo 1: efectivo en XTB y otra cuenta extranjera

Imagina que a 31 de diciembre tienes 35.000 € sin invertir en XTB y otros 20.000 € en otra cuenta situada en el extranjero.

Si ambos importes están sujetos a esta obligación, suman 55.000 € en cuentas extranjeras. En ese caso tendrías que presentar el bloque de cuentas del modelo 720.

También puede ocurrir que cierres el año por debajo del límite y tengas que declarar. Por ejemplo, si el saldo conjunto a 31 de diciembre es de 45.000 €, pero el saldo medio conjunto de octubre a diciembre alcanza 55.000 €, el saldo medio supera el umbral.

Ejemplo 2: acciones de XTB y valores en otro bróker

Tienes 40.000 € en acciones estadounidenses custodiadas fuera de España a través de XTB y otros 15.000 € en valores extranjeros mantenidos mediante otro intermediario.

El bloque de valores alcanzaría 55.000 €, por lo que no puedes mirar solamente el saldo que aparece en XTB. Para comprobar el límite debes considerar conjuntamente los bienes sujetos a declaración del mismo bloque.

Por ejemplo, unas posiciones en Apple y Microsoft en XTB se sumarían a un ETF custodiado en el extranjero mediante otro bróker, tomando las valoraciones correspondientes.

Ejemplo 3: 45.000 € en efectivo y 45.000 € en valores

Supongamos que tienes 45.000 € de efectivo extranjero y 45.000 € en valores extranjeros, sin otros bienes dentro de esos dos bloques y sin superar tampoco los 50.000 € de saldo medio conjunto en las cuentas.

No tendrías que presentar esos bloques por superar el umbral inicial, porque cuentas y valores son obligaciones de información independientes. Los importes no se convierten en una única cifra de 90.000 €.

Si ya habías presentado el modelo en otro ejercicio, debes revisar también las reglas de nueva presentación y las posibles ventas o cancelaciones.

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Cómo presentar el modelo 720 con la documentación de XTB

XTB facilita documentación específica para ayudarte a identificar las posiciones que pueden ser relevantes para el modelo 720. Sus documentos incluyen datos sobre acciones y ETFs depositados fuera de España —como ISIN, país de depósito, divisa y valoración— y sobre el capital no invertido.

Puedes localizar el documento «Estado Cartera 31 diciembre [año]» en Rincón del Cliente → Mi Perfil → Documentos. Descarga el correspondiente al ejercicio que vas a declarar. Según su centro de ayuda, XTB publica los documentos vinculados al modelo 720 como máximo a principios de febrero; el Resumen Anual de Operaciones para la Renta llega más tarde, a finales de marzo o principios de abril. No esperes al informe de la Renta para preparar el 720. es.xtb.com

Para declarar XTB en el modelo 720, sigue este orden:

  1. Descarga la documentación de XTB y, si ya declaraste anteriormente, recupera también la última declaración y sus informes.
  2. Separa el efectivo extranjero de los valores extranjeros.
  3. Añade las cuentas y valores que tengas en otras entidades extranjeras. El límite no se calcula únicamente sobre XTB.
  4. Comprueba cada bloque por separado y utiliza las valoraciones expresadas en euros. En las cuentas, revisa tanto el saldo a 31 de diciembre como el saldo medio del último trimestre.
  5. Si debes declarar, accede al trámite del modelo 720 en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, cumplimenta los registros correspondientes, valida la declaración y guarda el justificante.
  6. Si presentaste el modelo en ejercicios anteriores, revisa también las preguntas frecuentes de la Agencia Tributaria sobre la frecuencia de presentación.

El plazo ordinario va del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente al ejercicio declarado. Por ejemplo, la información correspondiente a 2026 se presenta durante ese periodo de 2027.

Si ya presentaste el modelo 720: aumentos, ventas y cancelaciones

La AEAT establece que, tras una declaración anterior, puede volver a surgir la obligación cuando el valor conjunto del bloque aumenta en más de 20.000 € respecto al que motivó la última presentación. La comparación no se hace necesariamente con el año anterior.

Por ejemplo, si declaraste 60.000 € en valores y después pasan a valer 75.000 €, el aumento de 15.000 € no obliga por sí solo a repetir ese bloque. Si más adelante alcanzan 82.000 €, el incremento respecto a los 60.000 € declarados es de 22.000 € y sí supera el límite. sede.agenciatributaria.gob.es

También existen supuestos en los que hay que informar de transmisiones o cancelaciones de bienes previamente declarados, aunque no se supere ese incremento. En los valores hay un matiz: cuando el importe de la venta se reinvierte íntegramente en otros valores o derechos que sean objeto de declaración, la AEAT contempla informar únicamente de los saldos a 31 de diciembre. No trates todas las ventas como si fueran el mismo caso. sede.agenciatributaria.gob.es

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Errores habituales con XTB y el modelo 720

El primero es pensar que tener menos de 50.000 € dentro de XTB te libra automáticamente. Puede que tengas 35.000 € en XTB y otros 25.000 € del mismo tipo de bienes en otra entidad extranjera. Lo que importa es el conjunto del bloque correspondiente.

El segundo es confundir el modelo 720 con la declaración de la renta. Son obligaciones distintas. Que XTB informe a Hacienda no sustituye tu obligación de presentar el 720 cuando corresponda. Para las dudas sobre XTB y Hacienda, los informes fiscales y la declaración de la Renta, puedes consultar nuestra guía sobre XTB y la declaración de la Renta.

Si tienes acciones o ETFs, también conviene separar esta obligación informativa de cómo tributan realmente las ganancias, pérdidas y rendimientos. Para eso tienes nuestras guías sobre la fiscalidad de las acciones y la fiscalidad de los ETFs.

Otro error es utilizar solamente el saldo que ves hoy en la aplicación. Para preparar el modelo necesitas los datos del ejercicio declarado, incluidas las valoraciones a cierre de año y el saldo medio del último trimestre de las cuentas.

Consejo Finantres: guarda cada año los informes que te facilite XTB y las declaraciones anteriores. Si estás cerca de los límites, has vendido posiciones que declaraste en otro ejercicio o tienes patrimonio repartido entre varios intermediarios extranjeros, revisa el caso completo antes de presentar.

Si buscas brókers que no necesitan modelo 720, comprueba la custodia y las obligaciones de información de cada entidad. Cambiar de plataforma no garantiza eliminar el trámite: la AEAT contempla exenciones para determinados valores depositados en entidades establecidas en España que cumplen las obligaciones de información correspondientes. Nuestra selección de mejores brókers españoles puede servirte para comparar alternativas, pero confirma su tratamiento fiscal antes de trasladar la cartera. sede.agenciatributaria.gob.es

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Conclusión

Sí, invertir con XTB puede generar la obligación de presentar el modelo 720, pero la clave no es simplemente tener una cuenta en este bróker.

Debes revisar qué valores están custodiados fuera de España, cuánto efectivo tienes depositado en el extranjero y si, sumando el resto de tus bienes del mismo bloque, superas los límites aplicables. Además, si ya presentaste el modelo anteriormente, hay que comprobar los incrementos y las posibles transmisiones o cancelaciones.

Empieza por descargar el estado de cartera del ejercicio correspondiente. Separa cuentas y valores, incorpora los importes de otras entidades y compara cada bloque con sus límites. Así podrás comprobar tu situación con los datos que realmente exige la declaración.

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Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar el modelo 720 si tengo menos de 50.000 € en XTB?

Puedes tener que presentarlo si, al sumar los bienes del mismo bloque en otras entidades extranjeras, superas los 50.000 €. En las cuentas también debes comprobar el saldo medio conjunto del último trimestre. Si ya declaraste anteriormente, las ventas o cancelaciones pueden generar obligaciones aunque ahora tengas menos de esa cantidad.

¿Las acciones españolas compradas en XTB cuentan para el modelo 720?

XTB explica que utiliza custodios locales y que los valores españoles se custodian en España. Por tanto, según esa estructura, no entrarían como valores situados en el extranjero. En cambio, los valores custodiados fuera de España sí deben revisarse para comprobar si alcanzas el límite.

¿Tengo que presentar el modelo 720 si solo tengo efectivo en XTB?

Sí, si ese efectivo y las demás cuentas extranjeras sujetas a declaración superan conjuntamente los 50.000 € a 31 de diciembre o de saldo medio del último trimestre, sin que exista una exención aplicable. No necesitas haber comprado acciones: XTB indica que el capital no invertido está depositado en Alemania.

Este artículo ha sido elaborado por Alejandro Borja

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