Scalable Capital y el modelo 720: cuándo te toca presentarlo y cuándo no

Con Scalable Capital, la duda no es rara: inviertes desde España, tu cuenta de custodia está fuera y quieres saber si Hacienda te obliga a presentar el modelo 720. La respuesta corta es sí, puede tocarte, pero no por usar Scalable sin más, sino por superar ciertos límites y por el tipo de activos que tengas allí.

Aquí lo importante es no mezclar conceptos. El modelo 720 es una declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero; no sirve para pagar un impuesto adicional. Y con Scalable eso puede afectar tanto a tu cartera como al efectivo no invertido, según cómo esté mantenido y cómo deba computarse.

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Scalable Capital y el modelo 720
Scalable Capital y el modelo 720

Resumen rápido

  • Si eres residente fiscal en España, Scalable Capital puede obligarte a presentar el modelo 720.
  • El umbral general es de 50.000 € por bloque de información, no 50.000 € sumando indiscriminadamente todo tu patrimonio extranjero.
  • Los valores como acciones, ETFs o fondos se analizan dentro de su bloque. La AEAT confirma expresamente que los ETFs situados en el extranjero están sujetos a esta obligación cuando se cumplen los requisitos.
  • Para las cuentas financieras no basta siempre con mirar el saldo del 31 de diciembre: también puede ser relevante el saldo medio del último trimestre.
  • Si ya presentaste el 720, no se repite automáticamente cada año: normalmente vuelve a exigirse cuando un bloque aumenta en más de 20.000 € respecto de la última declaración, aunque también hay determinados supuestos de extinción o pérdida de titularidad que deben revisarse.
  • Scalable confirma que la cuenta de custodia de sus clientes españoles se mantiene en Alemania y que prepara información específica para facilitar la presentación del modelo 720.

Si necesitas entender primero la obligación de forma general, puedes consultar nuestra guía del modelo 720.

Sí, con Scalable Capital puedes tener que presentar el modelo 720

Si operas con Scalable Capital desde España, no debes asumir que Hacienda recibe automáticamente toda la información necesaria para sustituir tus obligaciones informativas.

Scalable señala expresamente que la cuenta de custodia se mantiene en Alemania. Por tanto, si eres residente fiscal en España y alcanzas los límites establecidos para bienes o derechos situados en el extranjero, el modelo 720 puede entrar en juego.

Eso no significa que todo cliente de Scalable tenga que presentarlo. Si tienes 8.000 €, 20.000 € o 35.000 € y no posees otros bienes del mismo bloque en el extranjero que hagan superar el límite, por regla general no estarías obligado solo por utilizar esta plataforma.

El punto importante no es cuánto tienes únicamente en Scalable, sino cuánto suman los bienes que pertenecen al mismo bloque informativo.

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Cuándo estás obligado de verdad

La Agencia Tributaria separa el modelo 720 en tres obligaciones de información:

  • cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero;
  • valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero;
  • inmuebles y derechos sobre inmuebles situados en el extranjero.

Para un usuario de Scalable, los dos primeros son los que normalmente requieren más atención.

Lo que tienesQué debes revisarLímite relevante
Acciones, ETFs, fondos y otros valoresBloque de valores y derechos en el extranjeroMás de 50.000 € en el conjunto del bloque
Efectivo mantenido en cuentas extranjerasBloque de cuentasMás de 50.000 € considerando las reglas aplicables al saldo a 31 de diciembre y al saldo medio del último trimestre
Efectivo asignado a otros vehículos, como fondos monetariosDepende de la estructura concretaNo conviene clasificarlo automáticamente como una cuenta bancaria
Inmuebles en el extranjeroBloque independienteMás de 50.000 € en ese bloque

La AEAT deja claro que cada bloque se analiza por separado. También conviene recordar que el cálculo no se hace broker por broker. Si tienes inversiones en varias entidades extranjeras, debes tener en cuenta conjuntamente los activos que pertenezcan al mismo bloque.

Por ejemplo, si tienes 30.000 € en valores con Scalable y otros 25.000 € en valores con Interactive Brokers, no puedes decir que estás por debajo de 50.000 € en ambos brokers y olvidarte del 720. En conjunto serían 55.000 € dentro del mismo bloque.

Si precisamente utilizas ese otro intermediario, hemos separado la cuestión en nuestra guía sobre el modelo 720 de Interactive Brokers para no mezclar las obligaciones de ambos brokers.

Modelo 720 y acciones, ETFs y fondos en Scalable: qué entra

Si en Scalable tienes principalmente una cartera de acciones o ETFs, el foco suele estar en el bloque de valores.

Imagina que al cierre del ejercicio tienes:

  • 32.000 € en ETFs;
  • 14.000 € en acciones;
  • 9.000 € en fondos.

El conjunto suma 55.000 €. Al superar los 50.000 €, tendrías que revisar la obligación de presentar el modelo 720 por ese bloque.

La AEAT confirma específicamente que los ETFs deben informarse cuando se cumplen los requisitos del modelo y establece reglas de valoración para los distintos tipos de valores, incluyendo la posibilidad de utilizar la cotización a 31 de diciembre en determinados valores negociados en mercados organizados extranjeros.

Este matiz es importante para búsquedas sobre modelo 720 acciones: el límite no se analiza necesariamente acción por acción. Lo que importa para determinar la obligación inicial es el valor conjunto de los bienes incluidos en ese bloque.

Si utilizas Scalable sobre todo para inversión periódica, también te puede interesar nuestra guía sobre ETFs en Scalable Capital y el análisis de las comisiones de Scalable Capital.

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El efectivo de Scalable merece una revisión aparte

Aquí es donde el caso de Scalable se ha vuelto más importante de revisar con detalle.

La plataforma explica que el saldo puede distribuirse entre Scalable Capital Bank, bancos asociados y, dependiendo del producto o plan, fondos del mercado monetario habilitados. Además, esa asignación puede cambiar y el cliente puede consultar su distribución en la aplicación, en la web y en sus extractos.

Esto significa que no deberías mirar simplemente una cifra llamada “efectivo” y asumir que todo pertenece al mismo bloque del 720.

Un ejemplo ayuda a verlo:

Supón que tienes 40.000 € en ETFs y otros 20.000 € que visualmente aparecen como saldo disponible. No puedes concluir automáticamente que tienes 40.000 € en valores y 20.000 € en una cuenta bancaria.

Si parte de ese saldo se encuentra materializada en un fondo monetario, la naturaleza del activo cambia y debes atender a la asignación concreta y a la documentación fiscal de Scalable. Si, por el contrario, figura depositado en una cuenta extranjera, entran en juego las reglas correspondientes al bloque de cuentas.

Por eso, cuando estés cerca del límite, revisa la asignación del saldo en lugar de hacer el cálculo solo con la pantalla principal de la app.

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Ojo: en las cuentas también cuenta el saldo medio del último trimestre

Este es un detalle fácil de pasar por alto.

Para determinar la obligación relativa a cuentas financieras en el extranjero, Hacienda no mira exclusivamente cuánto dinero había el 31 de diciembre. Las reglas también contemplan el saldo medio correspondiente al último trimestre.

Por ejemplo, podrías terminar el año con 48.000 € en determinadas cuentas extranjeras y pensar que estás por debajo del límite. Pero si el saldo medio conjunto del cuarto trimestre supera 50.000 €, la conclusión puede ser distinta.

En cambio, para acciones, ETFs, fondos y otros valores existen sus propias reglas de valoración. No conviene utilizar para todos los activos el mismo cálculo.

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Cuándo no te toca presentarlo

No te toca presentar el 720 simplemente por abrir una cuenta en Scalable ni por utilizar un broker alemán.

En términos generales, no existiría obligación por este motivo si:

  • no estás dentro de los contribuyentes sujetos a esta obligación en España;
  • nunca has estado obligado a presentar el modelo y el conjunto del bloque correspondiente no supera 50.000 €;
  • estás acogido a un régimen fiscal con reglas específicas que excluyan esta obligación;
  • ya presentaste el modelo anteriormente y no se ha producido un incremento superior a 20.000 € en ese bloque ni ninguna otra circunstancia que obligue a informar de nuevo.

Este último punto evita bastante trabajo repetido. Si declaraste en su día 54.000 € en valores y en el siguiente ejercicio el bloque pasa a 67.000 €, el incremento es de 13.000 €. Si después alcanza 76.000 €, la diferencia frente al importe que determinó tu última presentación ya sería superior a 20.000 € y tendrías que revisar nuevamente la obligación.

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Si ya lo presentaste una vez, no se repite por rutina

Aquí mucha gente se confunde. El modelo 720 no funciona como una declaración anual que debas presentar obligatoriamente cada ejercicio.

La AEAT establece que, una vez declarado un determinado bloque, debe volver a informarse cuando su valor conjunto experimenta un incremento superior a 20.000 € respecto del que determinó la última presentación.

Pero no te quedes únicamente con esa cifra. También existen situaciones como la pérdida de titularidad o extinción de bienes previamente declarados que pueden generar obligación informativa aunque no se haya producido ese incremento general.

Por eso, antes de repetir el formulario por inercia —o de decidir que no tienes que presentarlo— conviene recuperar la última declaración y compararla con lo ocurrido después.

Qué documentación te da Scalable Capital

Scalable no ofrece asesoramiento fiscal personalizado, pero sí proporciona documentación útil para residentes en España.

Por un lado, ofrece un informe fiscal gratuito elaborado por KPMG para ayudar con la declaración de la renta. Por otro, mantiene información específica sobre el modelo 720 y señala que la documentación correspondiente se incorpora al buzón del cliente para poder realizar la presentación.

Información de Scalable sobre el Modelo 720

No confundas ambos documentos. El informe para la renta sirve para cuestiones como ganancias, pérdidas o retenciones, mientras que el modelo 720 responde a una obligación informativa distinta.

Si quieres ver esa parte con más detalle, la tratamos por separado en Scalable Capital y Hacienda.

El plazo que debes vigilar en España

El modelo 720 se presenta, con carácter general, entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al ejercicio al que corresponde la información.

Modelo 720 en la Agencia Tributaria

Con Scalable, lo sensato es no esperar a los últimos días. Si estás cerca del umbral, revisa la posición de cierre, el saldo medio cuando corresponda y la asignación del efectivo, y descarga la documentación específica en cuanto aparezca en tu buzón.

Error típico con Scalable: pensar que “como es Europa” no hay que informar

Ese es uno de los errores más habituales. Que Scalable sea una entidad alemana y opere dentro de la UE no elimina por sí mismo una obligación informativa española.

Para el modelo 720 importa la naturaleza y localización de los bienes o derechos y que se alcancen los límites establecidos, no que el intermediario esté dentro o fuera de la Unión Europea.

Otro error es pensar que los 50.000 € se calculan por broker. No es así.

Si tienes, por ejemplo:

  • 28.000 € en valores en Scalable;
  • 24.000 € en valores en otro broker extranjero;

el conjunto alcanza 52.000 €. Separarlos entre dos plataformas no evita el análisis del modelo 720.

Por la misma razón, si tu búsqueda es Interactive Brokers modelo 720 o necesitas saber cómo funciona el modelo 720 en XTB, es mejor revisar la guía específica de cada broker y después sumar correctamente los activos que pertenezcan al mismo bloque.

¿Y qué pasa con las criptomonedas en Scalable?

Aquí hay un matiz importante que conviene no simplificar.

La Agencia Tributaria indica que las monedas virtuales no se informan en el modelo 720; existe una declaración específica, el modelo 721, para las monedas virtuales situadas en el extranjero cuando se cumplen sus requisitos.

Pero Scalable Crypto no funciona como un exchange en el que compras Bitcoin o Ethereum y los mantienes directamente en un monedero. Scalable explica que ofrece exposición a criptomonedas mediante ETPs cotizados, que se mantienen en la cuenta de valores del cliente.

Por tanto, no conviene aplicar automáticamente la regla de “cripto = modelo 721” a una posición de Scalable Crypto. Primero debes comprobar qué instrumento financiero tienes realmente y cómo aparece recogido en la documentación facilitada para el 720.

Es una diferencia pequeña sobre el papel, pero fiscalmente puede cambiar por completo qué información tienes que revisar.

¿Sigue compensando Scalable si existe esta obligación?

El modelo 720 supone una carga administrativa adicional, pero por sí solo no debería ser el único criterio para elegir o descartar un broker.

Lo útil es comparar el conjunto: comisiones, productos disponibles, facilidad para invertir, documentación fiscal y cuánto trabajo adicional tendrás que asumir por utilizar una entidad extranjera.

Para una cartera pequeña que no alcanza los límites, el 720 puede no llegar a activarse. Para alguien con una cartera grande distribuida entre varios brokers internacionales, la parte administrativa pesa bastante más.

Lo importante es saberlo antes de acumular patrimonio en varias plataformas y no descubrir la obligación cuando llegue marzo.

Conclusión

Scalable Capital sí puede obligarte a presentar el modelo 720 si estás sujeto a esta declaración en España y superas los límites correspondientes en alguno de sus bloques. La cuenta de custodia se mantiene en Alemania y, además, la forma en la que Scalable distribuye el efectivo hace especialmente importante revisar la documentación real de tu cuenta.

La forma más segura de abordarlo es sencilla: suma todos tus bienes extranjeros del mismo bloque, distingue valores de cuentas, revisa el saldo medio del último trimestre cuando corresponda y comprueba cómo estaba asignado el efectivo.

Después, utiliza la información del 720 que facilita Scalable. Si estás justo alrededor del límite, has presentado el modelo anteriormente o tienes posiciones repartidas entre varios brokers y vehículos, merece la pena confirmar el cálculo con un asesor fiscal.

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Preguntas frecuentes

¿Con 49.000 € en ETFs en Scalable tengo que presentar el modelo 720?

No necesariamente. Si esos 49.000 € son todo lo que tienes dentro de ese bloque en el extranjero y nunca has estado obligado anteriormente, estarías por debajo del umbral general de 50.000 €. Pero si tienes otros valores en otro broker extranjero, debes sumarlos antes de llegar a esa conclusión.

¿Si ya presenté el 720 por Scalable el año pasado, tengo que repetirlo este año?

No automáticamente. La regla general exige volver a presentarlo cuando el valor del bloque aumenta en más de 20.000 € respecto al que determinó la última declaración. También debes revisar posibles ventas, cancelaciones o pérdidas de titularidad de bienes que ya hubieras declarado.

¿El dinero sin invertir en Scalable entra siempre como cuenta extranjera en el 720?

No deberías darlo por hecho. Scalable puede distribuir determinados saldos entre su propio banco, bancos asociados y fondos del mercado monetario habilitados. Revisa la asignación concreta y la documentación del modelo 720 antes de decidir en qué bloque debe analizarse cada importe.

Este artículo ha sido elaborado por Alejandro Borja

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